Solicitud de autorización y colaboración para realizar una actividad ciudadana

Actualizado el 27 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener autorización y colaboración del Ayuntamiento para realizar actividades ciudadanas en espacios públicos, fomentando la participación ciudadana.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas con capacidad legal, grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, y patrimonios independientes o autónomos.

Requisitos principales

  • Cumplimiento de la normativa vigente sobre hogueras y pirotecnia (si aplica).

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La colaboración del Ayuntamiento puede incluir la cesión de material (tarimas, sonido, luces, etc.), vehículos para transporte de material y difusión de la actividad (programas y carteles). Para hogueras de San Juan y San Pedro, se debe especificar el lugar exacto y cumplir la normativa vigente.

Resumen

Este trámite permite solicitar autorización y colaboración al Ayuntamiento de Girona para realizar actividades ciudadanas en la ciudad.

Quién puede usar este servicio

Personas físicas o jurídicas, grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica.

Cómo hacerlo

El trámite se realiza telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Lo que necesitas

  • Solicitud de autorización y colaboración.
  • Carnet de conducir (si es necesario).

Observaciones

La colaboración del Ayuntamiento puede ser en forma de cesión de material, vehículo o difusión de la actividad. Para las hogueras de San Juan y San Pedro, se debe especificar el lugar exacto y cumplir la normativa vigente.

Legislación aplicable

  • Ordenanza general de convivencia ciudadana y vía pública del Ayuntamiento de Girona
  • Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales
  • Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y actividades recreativas

Plazo de resolución

El plazo máximo de resolución es de 3 meses. El silencio administrativo es positivo.


Preguntas frecuentes


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