Solicitud de alta en el Registro Municipal de Parejas de Hecho

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Dónde dirigirse

OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado

- Las personas físicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Documentación a aportar

Solicitud de alta en el Registro Municipal de Parejas de Hecho:
- Certificado de convivencia de los dos últimos años (si procede)
- Certificado de defunción (si procede)
- Libro de familia
- Document identificativo de la persona interesada
- Convenio regulador de las relaciones personales y patrimoniales (si procede)
- Acreditación oficial del estado civil de las dos personas (si procede)
Especificaciones de documentos a aportar:
- Libro de familia, en caso de tener un hijo/a en común
- Certificado de empadronamiento que acredite la convivencia durante los dos últimos años, en caso de no estar empadronados los dos últimos años en la ciudad de Girona.

Observaciones

El Registro Municipal de Parejas de Hecho tiene carácter administrativo y se destina a las inscripciones voluntarias de uniones estables heterosexuales y homosexuales. La inscripciones se llevará a cabo en la forma y con los requisitos que se establecen en las presentes normas de orgnanización y funcionamiento. Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas heterosexuales y homosexuales que, por su libre y pleno consentimiento, hayan constituido una unión estable de convivencia no matrimonial.
Si las dos personas cumplen los siguientes requisitos:
- dos años de continuidad ininterrumpida en el padrón de un municipio en el mismo domicilio, de los cuales, como mínimo, los últimos seis meses lo deberán ser en el municipio de Girona. Este requisito no será necesario si la pareja ha tenido un/a hijo/a en común, que se acreditará mediante el correspondiente libro de familia.
- Son mayores de edad o menores emancipados
- No forman pareja estable con otra persona
- Ningún miembro de la pareja está casado/da o mantiene vínculo matrimonial
- No han estado declaradas incapacitadas
- No son parientes por consanguinidad o adopción en linea directa, o por consanguinidad en segundo grado colateral
Las personas podrán acreditar que no tienen vínculo matrimonial mediante documento oficial: libro de familia, certificado de soltería, certificado de nacimiento si especifica el estado civil actual ...
Los dos miembros de la pareja deberán presentarse en la sección de Estadística, en horario de 9 de la mañana a las 2 de la tarde, para firmar el Libro del Registro Municipal de Parejas de Hecho.

Legislación

- Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Girona, de 1 de abril de 2003, por el cual se crea el Registro Municipal de Parejas de Hecho y sus normas de organización y funcionamiento.
- Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Girona, de 18 de noviembre de 2013, por el que se modifican las normas de organización y funcionamiento del Registro Municipal de Parejas de Hecho aprobadas en el Pleno de la Corporación de 1 de abril de 2003.
- Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña.

Trámites relacionados

Solicitud de baja en el Registro Municipal de Parejas de Hecho

Más informaci&oacuten;

Normas de funcionamiento del Registro de Pareja de Hecho

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