Solicitud a la mesa de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales de Cataluña

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Dónde dirigirse

OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado

- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Requisitos previos

Ser propuesto/a, desde los Servicios Sociales municipales, para la valoración por parte de esta Mesa.

Documentación a aportar

- DNI/NIF/NIE de la pesona solicitante y de todas las personas miembros de la unidad de convivencia
- Libro de familia, en su caso
- Sentencia de separación, en su caso
- Declaración responsable y de aceptación de entrada a la mesa de valoración de la persona solicitante
- Informe socioeconómico emitido por los servicios sociales municipales de atención primaria o por los servicios especializados sobre la situación de la unidad de convivencia, en el que consten los datos económicos y sociales de la unidad de convivencia, información complementaria respecto a situaciones multiproblemáticas, motivos de riesgo o de pérdida de la vivienda.
Documentación relativa a los ingresos de la unidad de convivencia:
- Vida laboral para las personas de la unidad de convivencia mayores de 16 años
- Contrato laboral y las 3 últimas nóminas, previas a la solicitud, de la persona solicitante y de todas las personas mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
- Extractos bancarios de los últimos 6 meses de todas las cuentas de que sean titulares cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia
Documentación específica relativa a la pérdida de la vivienda:
- Para procedimientos de ejecución hipotecaria: notificación judicial de ejecución, sentencia judicial u otra documentación relativa al procedimiento. Para las situaciones de dación en pago, acuerdo o entrega de la vivienda.
- Para procedimientos de desahucio por impago de alquiler: documento acreditativo de la fecha de lanzamiento, sentencia judicial u otra documentación relativa al procedimiento judicial.
Documentación específica relativa a colectivos u otros hechos causantes:
- Informes médicos que acrediten la situación de personas reconocidas como pacientes crónicos o afectadas por enfermedades graves, que residen en una vivienda sin condiciones higiénicas o de salubridad adecuadas, lo que provoca que se agrave su estado de salud.
- Informe emitido por los servicios técnicos del Ayuntamiento que detalle las patologías o deficiencias de la vivienda y las afectaciones de condiciones de habitabilidad, seguridad, higiene o salubridad.
- Orden de desalojo por ruina inminente
- En casos de violencia machista, los medios de prueba necesarios, según la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
- Para situaciones de personas amparadas en el Plan de Protección Internacional de Cataluña, la demanda justificada de la Dirección General de Inmigración o el informe social emitido por la mencionada Dirección o por cualquier otra administración competente en la materia.
- Otros informes o certificados oficiales que acrediten cualquiera de los requisitos específicos.

Legislación

- Reglamento de Mesa

Plazo resolución

3 meses

Silencio administrativo

Positivo

Obtener instancia

Oficinas de la administración

Consorci Centre D'acolliment i Serveis Socials ''la Sopa''

Calle De La Claveria 5, 17004, Girona

Tractament de residus i aigües residuals de Girona, SA

Sector Pararge de Campdorà S/N, 17461, Girona

Fundació Museu del Cinema

Calle Sèquia 1, 17001, Girona

Fundació Auditori Palau de Congressos de Girona

Passeig de la Devesa 35, 17001, Girona

Escola Municipal de Música

Calle Barcelona 70, 17002, Girona

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