Sol·licitud d'ocupació de via pública amb bastida

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la ocupación de la vía pública con una estructura tipo bastida para la realización de obras o trabajos.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que necesiten ocupar la vía pública con una bastida.

Requisitos principales

  • Ser persona física o jurídica con capacidad legal para actuar.
  • Menores de edad que puedan ejercer sus derechos e intereses sin asistencia, según la ley.
  • Grupos de afectados, uniones o entidades sin personalidad jurídica, cuando la ley lo permita.

Duración del trámite

Variable, según la complejidad de la solicitud.

Resumen

Este trámite permite solicitar al Ayuntamiento de Girona la autorización para ocupar la vía pública con una bastida. Es necesario para realizar obras o trabajos que requieran la instalación de esta estructura.

Quién puede usar este servicio:

Personas físicas o jurídicas que necesiten ocupar la vía pública con una bastida.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  • Planos firmados por un técnico competente.
  • Hoja de asunción de dirección facultativa visada por el colegio profesional correspondiente.

Costes:

Según las ordenanzas fiscales municipales.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Presentar la solicitud a través de uno de los siguientes canales:
    • Telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
    • Por correo postal.
    • Presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento.
    • En los registros electrónicos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, entidades de la Administración Local y el sector público institucional.
    • En las oficinas de Correos.
    • En representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
    • En cualquier otro lugar establecido por las disposiciones vigentes.

Ayuda

Contacto:

Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) Teléfono: 972 419 010 www.girona.cat/ic

Recursos adicionales:

Legislación:

  • Ordenanza general de convivencia ciudadana y vía pública
  • Ordenanzas fiscales y precios públicos
  • Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el reglamento de obras, actividades y servicios de las entidades locales

Preguntas frecuentes


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