Reclamació per danys

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar una compensación económica si has sufrido daños en tu persona, bienes o derechos debido al funcionamiento, ya sea normal o incorrecto, de los servicios públicos del Ayuntamiento de Girona.

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden presentar la reclamación personas físicas o jurídicas con capacidad legal, menores de edad que puedan defender sus derechos sin asistencia (excepto si están incapacitados y la incapacitación afecta a esos derechos), grupos de afectados, uniones o entidades sin personalidad jurídica y patrimonios independientes o autónomos, siempre que la ley lo permita expresamente.

Requisitos principales

  • Debe existir un daño real, que se pueda valorar económicamente y que afecte directamente a una persona o grupo de personas.
  • El daño debe ser consecuencia del funcionamiento de la administración, ya sea normal o incorrecto.
  • Debe haber una relación directa e inmediata entre la actuación de la administración y los daños causados.
  • No se puede reclamar en casos de fuerza mayor o cuando la persona tenga la obligación legal de soportar el daño.

Plazos

El plazo para reclamar es de un año desde que ocurrieron los hechos o desde que se manifestaron los daños. En caso de daños físicos o psicológicos, el plazo empieza a contar desde la curación o la determinación de las secuelas.

Duración del trámite

Variable, no especificado.

Información adicional

El plazo para reclamar es de un año desde que ocurrieron los hechos o desde que se manifestaron los daños. En caso de daños físicos o psicológicos, el plazo empieza a contar desde la curación o la determinación de las secuelas.

Resumen

Este trámite permite solicitar una compensación económica al Ayuntamiento de Girona si has sufrido daños en tu persona o en tus bienes como resultado del funcionamiento de sus servicios públicos.

Quién puede usar este servicio:

Personas físicas o jurídicas que hayan sufrido daños.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  • Justificación de los daños sufridos.
  • Valoración económica de los daños.

Requisitos previos:

  • Que exista un daño real, evaluable económicamente e individualizado.
  • Que el daño sea consecuencia del funcionamiento de la administración.
  • Que haya una relación directa entre la administración y los daños.
  • No se puede reclamar en casos de fuerza mayor.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación: Reúne la justificación de los daños y su valoración económica.
  2. Presentar la reclamación: Puedes hacerlo telemáticamente a través de la sede electrónica, por correo postal o presencialmente en el registro general.

Dónde presentar la reclamación:

  • Telemáticamente: A través de la Sede Electrónica.
  • Correo postal.
  • Presencialmente: En el Registro General del Ayuntamiento.
  • Otros registros: En los registros electrónicos de otras administraciones públicas, oficinas de Correos, etc.

Después de hacerlo

Plazos:

  • El plazo para reclamar es de un año desde que ocurrieron los hechos o se manifestaron los daños. En caso de daños físicos o psicológicos, el plazo comienza desde la curación o determinación de las secuelas.

Ayuda

Contacto:

OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR Teléfono: 972 419 010 www.girona.cat/ic

Legislación:

  • Artículo 106.2 de la Constitución Española
  • Llei 39/2015, d'1 d'octubre de 2015, del procediment administratiu comú de les administracions públiques
  • Llei 40/2015, d'1 d'octubre de 2015, de règim jurídic del sector públic
  • Llei 7/1985, de 3 d'abril, reguladora de les bases del règim local
  • Llei 26/2010, de 3 d'agost, de règim jurídic i de procediment de les administracions públiques de Catalunya
  • Llei 5/2005, de 2 de maig, de la Comissió Jurídica Assessora

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