Reclamació per danys
Información Rápida
Objetivo
Permite solicitar una compensación económica si has sufrido daños en tu persona, bienes o derechos debido al funcionamiento, ya sea normal o incorrecto, de los servicios públicos del Ayuntamiento de Girona.
¿Quién puede solicitarlo?
Pueden presentar la reclamación personas físicas o jurídicas con capacidad legal, menores de edad que puedan defender sus derechos sin asistencia (excepto si están incapacitados y la incapacitación afecta a esos derechos), grupos de afectados, uniones o entidades sin personalidad jurídica y patrimonios independientes o autónomos, siempre que la ley lo permita expresamente.
Requisitos principales
- Debe existir un daño real, que se pueda valorar económicamente y que afecte directamente a una persona o grupo de personas.
- El daño debe ser consecuencia del funcionamiento de la administración, ya sea normal o incorrecto.
- Debe haber una relación directa e inmediata entre la actuación de la administración y los daños causados.
- No se puede reclamar en casos de fuerza mayor o cuando la persona tenga la obligación legal de soportar el daño.
Plazos
El plazo para reclamar es de un año desde que ocurrieron los hechos o desde que se manifestaron los daños. En caso de daños físicos o psicológicos, el plazo empieza a contar desde la curación o la determinación de las secuelas.
Duración del trámite
Variable, no especificado.
Información adicional
El plazo para reclamar es de un año desde que ocurrieron los hechos o desde que se manifestaron los daños. En caso de daños físicos o psicológicos, el plazo empieza a contar desde la curación o la determinación de las secuelas.
Resumen
Este trámite permite solicitar una compensación económica al Ayuntamiento de Girona si has sufrido daños en tu persona o en tus bienes como resultado del funcionamiento de sus servicios públicos.
Quién puede usar este servicio:
Personas físicas o jurídicas que hayan sufrido daños.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Justificación de los daños sufridos.
- Valoración económica de los daños.
Requisitos previos:
- Que exista un daño real, evaluable económicamente e individualizado.
- Que el daño sea consecuencia del funcionamiento de la administración.
- Que haya una relación directa entre la administración y los daños.
- No se puede reclamar en casos de fuerza mayor.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación: Reúne la justificación de los daños y su valoración económica.
- Presentar la reclamación: Puedes hacerlo telemáticamente a través de la sede electrónica, por correo postal o presencialmente en el registro general.
Dónde presentar la reclamación:
- Telemáticamente: A través de la Sede Electrónica.
- Correo postal.
- Presencialmente: En el Registro General del Ayuntamiento.
- Otros registros: En los registros electrónicos de otras administraciones públicas, oficinas de Correos, etc.
Después de hacerlo
Plazos:
- El plazo para reclamar es de un año desde que ocurrieron los hechos o se manifestaron los daños. En caso de daños físicos o psicológicos, el plazo comienza desde la curación o determinación de las secuelas.
Ayuda
Contacto:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR Teléfono: 972 419 010 www.girona.cat/ic
Legislación:
- Artículo 106.2 de la Constitución Española
- Llei 39/2015, d'1 d'octubre de 2015, del procediment administratiu comú de les administracions públiques
- Llei 40/2015, d'1 d'octubre de 2015, de règim jurídic del sector públic
- Llei 7/1985, de 3 d'abril, reguladora de les bases del règim local
- Llei 26/2010, de 3 d'agost, de règim jurídic i de procediment de les administracions públiques de Catalunya
- Llei 5/2005, de 2 de maig, de la Comissió Jurídica Assessora