Núcleo de intervención participativa
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración
- OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- - Las personas jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. - - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes - Núcleo de intervención participativa:
- Documento idenficativo de las personas mayores de dieciseis años
- Justificación de la petición (si procede)
- Certificación del acuerdo de la asamblea de aprobación de la solicitud
- Fotocopia del documento identificativo de la persona que firma la solicitud
- Breve memoria descriptiva del proyecto
- Identificación de las personas / entidades interesadas - Se deberán adjuntar los acuerdos de la asamblea y DNI (mayores de 16 años).
El NIP lo formarán un máximo de 25 ciudadanos y ciudadanas escogidos al azar mediante una selección del padrón municipal de la población mayor de 16 años
Después de haber recibido la petición, dentro de un plazo máximo de dos meses desde el día de su recepción, el Pleno del Ayuntamiento deberá pronunciarse sobre la convocatoria del NIP.
En caso de que el Pleno haya adoptado el acuerdo favorable a su celebración, será necesario que la actuación inicial del NIP no pueda superar el plazo máximo de tres meses desde su aprobación plenaria. - - Reglamento regulador de las instituciones de la participación y la gestión de conflictos del Ajuntament de Girona.
- 2 meses
- Positivo
- Derecho de propuesta
- Derecho de petición
- Derecho de debate
- Derecho de iniciativa ciudadana
- Consulta popular
- Asistencia jurídica
- Audiencia pública
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A quien va destinado
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