Comunicat de justificació amb relació a l'ajut per a la igualtat d'oportunitats adreçada als centres educatius
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Justificar la recepción de la ayuda destinada a promover la igualdad de oportunidades en centros educativos.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas jurídicas y, en ciertos casos, grupos de afectados o entidades sin personalidad jurídica.
Requisitos principales
- Ser una persona jurídica con capacidad de obrar según las normas civiles.
- Grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, o patrimonios independientes o autónomos, cuando la ley lo declare expresamente.
Plazos
El plazo para justificar la subvención finaliza el 12 de julio de 2024.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
El plazo para justificar la subvención finaliza el 12 de julio de 2024.
Resumen
Este trámite permite a los centros educativos justificar la ayuda recibida para promover la igualdad de oportunidades. La justificación debe realizarse telemáticamente.
Quién puede usar este servicio:
- Personas jurídicas con capacidad de obrar.
- Grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, en los casos permitidos por la ley.
Cómo hacerlo
El trámite se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Girona.
Ayuda
- Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR): 972 419 010
- Más información: Subvenciones, becas y ayudas de l'Ajuntament de Girona
Legislación
- Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques
- Llei 19/2014, del 29 de desembre, de transparènciaa, accés a la informació pública i bon gobern
- Llei 29/2010, del 3 d'agost, de l'ús dels mitjans electrònics al sector públic de Catalunya