Comunicat de baixa de l'impost de vehicles de tracció mecànica
Información Rápida
Objetivo
Comunicar la baja de un vehículo en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) cuando se retira definitivamente de la circulación.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar según las normas civiles. Menores de edad para la defensa de sus derechos e intereses permitidos por el ordenamiento jurídico sin asistencia de sus tutores, excepto si están incapacitados y la incapacitación afecta a los derechos en cuestión. Grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, y patrimonios independientes o autónomos, cuando la ley lo declare expresamente.
Requisitos principales
- Haber comunicado previamente la baja definitiva o temporal por sustracción o robo del vehículo a Tráfico.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Se realizarán devoluciones parciales del impuesto por trimestres no vencidos, en caso de que ya se haya pagado. A partir del 1 de octubre no se podrá disfrutar de esta devolución. En casos de primera adquisición o baja definitiva, la cuota se prorrateará por trimestres naturales. En otros casos, como cambio de titular o baja temporal, la efectividad será al año siguiente. Si se quiere dar de alta un vehículo que estaba de baja temporal, se debe comunicar al Ayuntamiento adjuntando la ficha técnica del vehículo para generar un recibo del IVTM proporcional al resto del año. Con este documento se debe ir a Tráfico para obtener el permiso de circulación.
Resumen
Este trámite permite comunicar la baja en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) cuando un vehículo se retira definitivamente de la circulación.
Quién puede usar este servicio
- Personas físicas o jurídicas con capacidad legal.
- Menores de edad que puedan defender sus derechos sin asistencia.
- Grupos de afectados, uniones o entidades sin personalidad jurídica.
Cómo hacerlo
Pasos para comunicar la baja
- Comunicar la baja a Tráfico: Antes de solicitar la baja en el IVTM, debes comunicar la baja definitiva o temporal por sustracción o robo del vehículo a Tráfico.
- Presentar la solicitud: Puedes presentar la solicitud de baja de las siguientes maneras:
- Telemáticamente a través de la Sede Electrónica.
- Por correo postal.
- Presencialmente en el Registro Electrónico General.
- En los registros electrónicos generales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, entidades de la Administración local y el sector público institucional.
- En las oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro lugar establecido por las disposiciones vigentes.
Ayuda
Dónde dirigirse
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR 972 419 010 www.girona.cat/ic
Información adicional
- Devoluciones: Si ya has pagado el impuesto y das de baja el vehículo, se te devolverá la parte proporcional correspondiente a los trimestres del año que no han vencido. A partir del 1 de octubre, no se podrá disfrutar de esta devolución.
- Cálculo del impuesto: En casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo, la cuota se calculará proporcionalmente a los trimestres naturales del año. En otros casos, como cambio de titular o baja temporal, la efectividad será al año siguiente.
- Alta posterior: Si quieres volver a dar de alta un vehículo que estaba de baja temporal, debes comunicarlo al Ayuntamiento y adjuntar la ficha técnica del vehículo. Se generará un recibo del IVTM proporcional al resto del año, con el cual deberás ir a Tráfico para obtener el permiso de circulación.
Legislación aplicable
- Obtener instancia
- Reial Decret Legislatiu 2/2004, de 5 de març, pel qual s'aprova el text refós de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals.
- Acceso a la Oficina Virtual Tributaria