Comunicado de renuncia de un vehículo a favor del Ayuntamiento

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Dónde dirigirse

OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado

- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Documentación a aportar

- Permiso de circulación
- Ficha técnica del vehículo
- Llaves del vehículo

Observaciones

- La renuncia no exime del pago de las deudas atrasadas correspondientes al vehículo.
- Se hará constar la matrícula, la marca, el modelo y donde se encuentra estacionado el vehículo.
- El Ayuntamiento se hará cargo de los gastos de traslado al depósito de vehículos, de darlo de baja en la Jefatura Provincial de Tráfico y del propio Ayuntamiento y del desguace.
- Se deberá entregar la documentación (permiso de circulación y la ficha técnica) y las llaves del vehículo.

Legislación

- Ordenanza municipal de circulación.
- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
- Decreto 217/1999, de 27 de julio, sobre la gestión de vehículos fuera de uso.

Plazo resolución

3 mesos

Silencio administrativo

-

Obtener instancia

Oficinas de la administración

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Calle De La Claveria 5, 17004, Girona

Tractament de residus i aigües residuals de Girona, SA

Sector Pararge de Campdorà S/N, 17461, Girona

Fundació Museu del Cinema

Calle Sèquia 1, 17001, Girona

Fundació Auditori Palau de Congressos de Girona

Passeig de la Devesa 35, 17001, Girona

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Calle Barcelona 70, 17002, Girona

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