Comunicado de justificación en relación a la ayuda para la igualdad de oportunidades dirigida a los centros educativos
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración
- OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- - Las personas físicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. - - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Justificación económica
- Acto/acuerdo del Consejo Escolar de aprobación de la justificación de la subvención Igualdad de Oportunidades, o bien resumen de la sesión de trabajo de la comisión de ayuda a la familia en lo referente a la justificación de la subvención Igualdad de Oportunidades. En caso de que la fecha del Consejo Escolar sea posterior a la fecha de presentación de la justificación, hay que adjuntar certificado del secretario/a del centro conforme se tratará en el siguiente Consejo, indicando la fecha prevista de celebración de este Consejo. Posteriormente a la celebración del Consejo hay que enviar vía Sede Electrónica el acto/acuerdo con indicación de que se trata de documentación complementaria a la justificación presentada anteriormente- - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procediemnt administrativo común de las administraciones públicas
- Ley 19/2014, del 29 de diciembre, transparencias, acceso a la información pública y buen govierno
- Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Catalunya