Comunicación previa para tenencia de animales salvajes y/o alojamiento de animales domésticos
Información Rápida
Objetivo
Comunicación previa al Ayuntamiento de Girona para la tenencia de animales salvajes considerados análogos a domésticos o para el alojamiento de animales domésticos.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar, menores de edad en ciertos casos, y grupos de afectados o entidades sin personalidad jurídica cuando la ley lo permita.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica con capacidad de obrar.
- Menores de edad que puedan ejercer sus derechos sin asistencia, excepto incapacitados.
- Grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, cuando la ley lo permita.
Plazos
Sin especificar
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Para más información, consulta la <a href="https://seu.girona.cat/export/sites/default/dades/ordenances/_descarrega/ordenanca_animals.pdf">Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales</a> y la página sobre <a href="https://www.girona.cat/animals">Tenencia de animales</a>.
Resumen
Este trámite es una comunicación previa al Ayuntamiento de Girona para informar sobre la tenencia de animales salvajes que se asemejan a los domésticos o el alojamiento de animales domésticos.
Quién puede usar este servicio
- Personas físicas o jurídicas con capacidad legal.
- Menores de edad que puedan ejercer sus derechos sin necesidad de un tutor, excepto en casos de incapacitación.
- Grupos de afectados, uniones o entidades sin personalidad jurídica, siempre que la ley lo permita.
Cómo hacerlo
El trámite se puede realizar de las siguientes maneras:
- Online: A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
- Correo Postal: Enviando la documentación por correo.
- Presencialmente: En el registro electrónico general del Ayuntamiento o en otros registros electrónicos generales (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, etc.).
- También se puede presentar en oficinas de Correos, representaciones diplomáticas, oficinas consulares o cualquier otro lugar permitido por las disposiciones vigentes.
Documentación a aportar
- Solicitud de autorización municipal.
- Plano de localización (UMAT).
- Informe veterinario (si es necesario).
- Seguro de responsabilidad civil (si es necesario).
- Descripción del animal (especie, raza, edad, sexo).
- Domicilio habitual del animal y condiciones de mantenimiento.
- Informe veterinario sobre las condiciones higiénico-sanitarias, de seguridad y bienestar del animal.
- Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil y de la autorización vigente.
Plazo de resolución
El plazo máximo para la resolución de este trámite es de 3 meses.
Legislación aplicable
- Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales.