Comunicación previa para tenencia de animales salvajes y/o alojamiento de animales domésticos

Actualizado el 5 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Comunicación previa al Ayuntamiento de Girona para la tenencia de animales salvajes considerados análogos a domésticos o para el alojamiento de animales domésticos.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar, menores de edad en ciertos casos, y grupos de afectados o entidades sin personalidad jurídica cuando la ley lo permita.

Requisitos principales

  • Ser persona física o jurídica con capacidad de obrar.
  • Menores de edad que puedan ejercer sus derechos sin asistencia, excepto incapacitados.
  • Grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, cuando la ley lo permita.

Plazos

Sin especificar

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Para más información, consulta la <a href="https://seu.girona.cat/export/sites/default/dades/ordenances/_descarrega/ordenanca_animals.pdf">Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales</a> y la página sobre <a href="https://www.girona.cat/animals">Tenencia de animales</a>.

Resumen

Este trámite es una comunicación previa al Ayuntamiento de Girona para informar sobre la tenencia de animales salvajes que se asemejan a los domésticos o el alojamiento de animales domésticos.

Quién puede usar este servicio

  • Personas físicas o jurídicas con capacidad legal.
  • Menores de edad que puedan ejercer sus derechos sin necesidad de un tutor, excepto en casos de incapacitación.
  • Grupos de afectados, uniones o entidades sin personalidad jurídica, siempre que la ley lo permita.

Cómo hacerlo

El trámite se puede realizar de las siguientes maneras:

  • Online: A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
  • Correo Postal: Enviando la documentación por correo.
  • Presencialmente: En el registro electrónico general del Ayuntamiento o en otros registros electrónicos generales (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, etc.).
  • También se puede presentar en oficinas de Correos, representaciones diplomáticas, oficinas consulares o cualquier otro lugar permitido por las disposiciones vigentes.

Documentación a aportar

  • Solicitud de autorización municipal.
  • Plano de localización (UMAT).
  • Informe veterinario (si es necesario).
  • Seguro de responsabilidad civil (si es necesario).
  • Descripción del animal (especie, raza, edad, sexo).
  • Domicilio habitual del animal y condiciones de mantenimiento.
  • Informe veterinario sobre las condiciones higiénico-sanitarias, de seguridad y bienestar del animal.
  • Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil y de la autorización vigente.

Plazo de resolución

El plazo máximo para la resolución de este trámite es de 3 meses.

Legislación aplicable

  • Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales.

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