Comunicación de actos electorales

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Dónde dirigirse

OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado

- Las personas jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica

Observaciones

Hay diferentes formas de tramitarlo dependiendo de cada caso:
-Si el acto es en la vía pública, hay que pedir autorización al Ayuntamiento. Hay que hacer instancia dirigida a la sección de Estadística, que hará el decreto de autorización en su caso.
- Si el acto es en locales municipales cedidos de forma gratuita a disposición de los partidos, hay que dirigirse a la Junta Electoral de Zona.
- En el resto de locales municipales, pueden dirigirse directamente al equipamiento o a la Unidad de Estadística (se derivará al equipamiento porque habrá cobrar tasas.)

Legislación

- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

Obtener instancia

Oficinas de la administración

Consorci Centre D'acolliment i Serveis Socials ''la Sopa''

Calle De La Claveria 5, 17004, Girona

Tractament de residus i aigües residuals de Girona, SA

Sector Pararge de Campdorà S/N, 17461, Girona

Fundació Museu del Cinema

Calle Sèquia 1, 17001, Girona

Fundació Auditori Palau de Congressos de Girona

Passeig de la Devesa 35, 17001, Girona

Escola Municipal de Música

Calle Barcelona 70, 17002, Girona

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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