Comunicación de actos electorales
Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
- OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- - Las personas jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. - - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Hay diferentes formas de tramitarlo dependiendo de cada caso:
-Si el acto es en la vía pública, hay que pedir autorización al Ayuntamiento. Hay que hacer instancia dirigida a la sección de Estadística, que hará el decreto de autorización en su caso.
- Si el acto es en locales municipales cedidos de forma gratuita a disposición de los partidos, hay que dirigirse a la Junta Electoral de Zona.
- En el resto de locales municipales, pueden dirigirse directamente al equipamiento o a la Unidad de Estadística (se derivará al equipamiento porque habrá cobrar tasas.) - - Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
Dónde dirigirse
A quien va destinado
Cómo hacerlo
Observaciones
Legislación
Oficinas de la administración
Consorci Centre D'acolliment i Serveis Socials ''la Sopa''
Calle De La Claveria 5, 17004, Girona
Tractament de residus i aigües residuals de Girona, SA
Sector Pararge de Campdorà S/N, 17461, Girona
Fundació Museu del Cinema
Calle Sèquia 1, 17001, Girona
Fundació Auditori Palau de Congressos de Girona
Passeig de la Devesa 35, 17001, Girona
Escola Municipal de Música
Calle Barcelona 70, 17002, Girona