Disconformidad con la denuncia
Si se realiza el pago voluntario de la multa en el plazo de 20 días naturales a partir de la notificación se seguirá el procedimiento abreviado con las siguientes consecuencias: Reducción del 50% de la multa, renuncia a formular alegaciones, terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y agotamiento de la vía administrativa.
En el caso de no ser usted el responsable de la infracción o ser una persona jurídica, dispone de un plazo de 20 días naturales para identificar al conductor mediante escrito registrado o bien por email a sancionestrafico@ayto-fuenlabrada.es. Los datos facilitados deben incluir nombre y apellidos, el número del permiso o licencia de conducción que permitan su identificación en el Registro de Conductores e Infractores y el domicilio completo. En caso de que el conductor que usted identifique no figure inscrito, deberá aportar una copia de la autorización administrativa que habilite a esta persona para conducir en España. (art. 11 TRLSV). Si el conductor del vehículo denunciado no procede al pago de la multa, el titular o arrendatario del vehículo será responsable subsidiario del pago de la misma (art. 111 TRLSV), con las salvedades recogidas en el mismo.
Servicios Públicos Municipales
Servicios y Suministros de Utilidad Pública
Trámites y Gestiones Municipales
Impresos y solicitudes
Con la documentación necesaria y la Instancia General cumplimentada.
Por correo postal: Dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada (Pz. Constitución, 1, 28943 Fuenlabrada).
Presencial: En las oficinas de atención ciudadana Pz. Constitución, 1, Junta Municipal de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores Pz. Artes, s/n, Junta Municipal de Distrito Vivero-Hospital-Universidad Avd. Hospital, 2, esq. C/ Galenos o mediante las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Horarios para realizar el trámite
Por correo postal: Dirigido al Registro General del ayuntamiento de Fuenlabrada (pz. Constitución, 1, 28943 Fuenlabrada).
Presencial:
* En las oficinas de atención ciudadana Pz. Constitución, 1, 28943 Fuenlabrada
* Junta Municipal de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores Pz. Artes, s/n, 28942 Fuenlabrada.
* Junta Municipal de Distrito de Vivero-Hospital-Universidad, Avda, del Hospital 2 esq. c/Galenos.
* Mediante las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. También tendrán la calificación de potencialmente peligrosos, los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen, en particular, los pertenecientes a la especie canina, incluidos dentro de una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
Documentación
Marco legal del trámite
1º Artículo 3 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.
2º Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
3º Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4º Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Marco legal del trámite
1º Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2º Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
3º Ordenanza municipal para favorecer la movilidad de las personas con diversidad funcional (BOCM nº 48 de fecha 26 de febrero de 2018).