Trámite de Solicitud de Limpieza de Fachadas de Edificios Privados por pintadas o grafitis prestado por el Ayuntamiento directamente o a través de la empresa concesionaria del servicio de limpieza.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Descripción: La realización del servicio de Limpieza de Fachadas de Edificios Privados que resulten afectadas mediante pintadas, grafitis, etc., recayentes a la vía pública, o elementos similares que formen parte de dichos inmuebles, tales como vallas o muros, siempre y cuando sea solicitado a instancia de parte.

¿Quién puede solicitarlo?:

Cualquier persona, natural o jurídica

Plazo de solicitud:

Todo el año

Documentos requeridos:

Solicitud firmada por el Presidente de la Comunidad de Propietarios del edificio en ese momento, debiendo figurar el N.I.F. de la misma así como un teléfono de contacto

Pasos a seguir:

  1. La solicitud se presentará en cualquiera de las oficinas de la OMAC, donde se le liquidará la tarifa mínima por prestación de este servicio.
  2. Remisión de la solicitud junto con el justificacnte de pago al departamento de Limpieza para su posterior trámite.

Importe:

  • La tarifa mínima, con independencia de la duración del servicio, será de 60,98 euros, aplicándose idéntico precio a partir de la primera hora de duración del servicio, prorrateándose por períodos de tiempo de 15 minutos el exceso de la primera hora.
  • La tarifa se aplicará en función del tiempo empleado en la limpieza y podrá comprender indistintamente la utilización del servicio de hidropresor limpiapintadas y/o pintura de la zona objeto de limpieza.
  • Si finalizado el servicio resulta un mayor coste del inicialmente previsto y abonado, mediante su justificación, se procederá a practicar una liquidación complementaria a nombre de la Comunidad de Propietarios, respondiendo los comuneros solidariamente.
  • El Ayuntamiento por motivos de eficiencia de prestación del servicio de limpieza viaria realizado a través de la empresa concesionaria del mismo, podrá denegar la solicitud, en cuyo caso procederá la devolución del importe íntegro del precio público previamente ingresado.
  • No se reconocerá exención ni bonificación alguna distinta a la regulada por Ley y en la Ordenanza Fiscal

Lugar de presentación:

En cualquier OMAC

Normativa legal:

Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Prestación del Servicio de Limpieza de Fachadas de Edificios Privados

Silencio administrativo:

Desestimatorio

Documentos adjuntos:

Familias de procedimientos:

  • Ciudad y Vía Pública

Volver a Trámites


Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.