Trámite de Declaración responsable de segunda ocupación de locales sin uso específico en suelo urbano

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción:

Tramitación de la declaración responsable de segunda ocupación de locales sin uso específico en suelo urbano siempre que se den las siguientes condiciones:

  • Que en dicho local no se vaya a desarrollar ningún tipo de actividad que precise la obtención de licencia ambiental, declaración responsable o comunicación de actividades inocuas.
  • Que en ningún caso se prevea su uso como vivienda.
  • Que no se vaya a realizar ningún tipo de obra ni modificación de uso, que precisará del título jurídico habilitante que en cada caso proceda.
  • Que cumple con todos los requisitos técnicos y administrativos establecidos en la normativa vigente para el reconocimiento del derecho a la ocupación y alta en los servicios del citado local, y adjunto toda la documentación que así lo acredita indicada al dorso, comprometiéndome a mantener su cumplimiento durante el tiempo inherente a dicho reconocimiento, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas ese Ayuntamiento.

¿Quién puede solicitarlo?:

Cualquier persona física o jurídica, propietaria o arrendataria del local o debidamente autorizado por el mismo.

Plazo de solicitud:

En cualquier momento, siendo un documento necesario para la contratación de los servicios de suministro propios del local, posterior a la ocupación inicial.

Documentación requerida:

  1. Acreditación de la personalidad de la persona solicitante o de la representación que ostente.
  2. Documentación acreditativa de la propiedad o posesión del local, que será la escritura o el contrato correspondiente (arrendamiento, compraventa, derecho real de usufructo, etc.).
  3. Final de obra municipal o licencia de ocupación anterior (aportar por la persona interesada o por comprobación municipal).
  4. Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI), del período inmediatamente anterior a la fecha de solicitud. Si no se dispone del mismo, se expedirá por la OMAC en el momento de la presentación del impreso.
  5. Justificante acreditativo del ingreso de la tasa correspondiente.

Pasos a seguir:

El procedimiento mediante declaración responsable, se iniciará con la presentación de la declaración responsable, conforme al modelo normalizado, debidamente cumplimentado, acompañado de la documentación correspondiente.

Cuando sea necesaria la subsanación de deficiencias o la aclaración de la documentación presentada, procederá el oportuno requerimiento al interesado para que proceda a subsanar o aclarar la documentación aportada, interrumpiéndose el cómputo del plazo hasta que se subsanen las deficiencias.

Los servicios de inspección municipales podrán ejercer en cualquier momento sus facultades de control e inspección para comprobar la veracidad de los datos aportados.

Lugar de presentación:

Cualquier OMAC

Importe:

Por cada local: 32,85 €

Tiempo de resolución:

1 día

Normativa legal:

  • Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
  • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).
  • Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias y otros medios de intervención en la actividad urbanística del Ayuntamiento de Elche.

Tipos de recurso posibles:

  • Recurso de reposición. Plazo de interposición: un mes
  • Recurso contencioso-administrativo. Plazo de interposición: 2 meses

Sanciones:

Es aplicable el régimen de protección de la legalidad urbanística previsto en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).

Silencio administrativo:

Según lo dispuesto en el artículo 214, 222 y concordantes de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).

Documentos adjuntos:

Declaración responsable de segunda ocupación de locales sin uso específico en suelo urbano (A258)

Observaciones a la ciudadanía:

La Declaración Responsable sólo se tendrá por efectuada desde la fecha que se diligencie como “documentación completa”, a partir de la cual tendrá una vigencia de 10 años.

La declaración responsable no faculta en ningún caso para ejercer actuaciones o usos contrarios a la legislación urbanística y demás normativa vigente.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, o la no presentación ante la Administración competente de ésta, determinará la imposibilidad de realizar los actos correspondientes desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.

El Ayuntamiento podrá ejercer en cualquier momento sus facultades de control e inspección para comprobar la veracidad de los documentos y datos aportados, los requisitos habilitantes para el ejercicio de este derecho y la adecuación del local al contenido de esta declaración.


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