Trámite de bonificación del IBI rústica para parcela con balsas con actividad económica agrícola de su titular

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción:

Bonificación del 95% de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica para parcelas con Balsas de Riego cuyo titular o titulares desarrollen una actividad económica de carácter agrícola. Se concederá durante período máximo de cuatro ejercicios impositivos y será prorrogable por períodos idénticos, previa solicitud del interesado.

¿Quién puede solicitarlo?:

Toda Persona Física o Jurídica titular de una Parcela Rústica con Balsa de Riego Catastrada y ejerciente de una actividad económica de carácter agrícola, bien ella o a través de su representante.

Plazo de solicitud:

Para que surta efectos en el mismo ejercicio, año 2020 primer año de aplicación de la bonificación, la solicitud deberá realizarse antes del 1 de mayo.

Documentación requerida:

- Fotocopia Modelo 036 o 037 de su Alta Censal en el Epígrafe B01 Actividad Agrícola.

Pasos a seguir:

Presentación de la solicitud junto con la documentación requerida para su registro en cualquiera de los sitios y modos que se dicen a continuación.

Lugar de presentación:

Red de Oficinas Municipales de Atención Ciudadana y en los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tiempo de resolución:

Tres meses, con efectos del silencio administrativo negativo.

Órgano de resolución

Excelentísimo Ayuntamiento Pleno.

Normativa legal:

El artículo 74.2 quáter del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por RDL2/2004, de 5 de marzo y Ordenanza Fiscal Municipal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Tipos de recurso posibles (texto):

Recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo

Silencio administrativo:

Negativo.

Documentos adjuntos:

Observaciones a la ciudadanía:

Para tener derecho a esta bonificación será necesario:
a) Que la balsa se encuentre catastrada.

  1. b) Que su titular o alguno de sus titulares desarrolle una actividad económica de carácter agrícola, lo cual se demostrará mediante la Fotocopia del Modelo 036 o 037 de su Alta Censal en el Epígrafe B01 Actividad Agrícola.

Tiene carácter rogado, debe solicitarse a instancia de parte.


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