Solicitud de baja de uno o varios recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles por no ser notificados debidamente, para su correcta notificación o devolución.
Negociado del Impuesto de Bienes Inmuebles
Personas físicas y jurídicas
El interesado tiene que dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol solicitando CITA PREVIA para ser atendido:
Debe presentar la instancia correspondiente cumplimentada y firmada en la ventanilla del Impuesto de Bienes Inmuebles. Dicha instancia puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.
Solicitud cumplimentada.
A voluntad del interesado.
Ley 58/03 de 17 de diciembre, General Tributaria
Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles
Presencial
Instancia General de IBI
Solicitud de baja de uno o varios recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles, siendo el primer año de entrada en Tributos, por no ser notificados debidamente.
Negociado del Impuesto de Bienes Inmuebles
Personas físicas y jurídicas.
En la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol.
Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC
Ha de presentar la correspondiente instancia cumplimentada y firmada en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC.
La instancia que debe cumplimentar puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.
Solicitud cumplimentada.
A voluntad del interesado.
Ley 58/03 de 17 de diciembre, General Tributaria
Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles
Presencial
Solicitud de Baja de recibos de IBI del primer año
La baja en el padrón municipal de habitantes de Burgos por defunción, se realiza de oficio por el Ayuntamiento una vez que recibe comunicación de la misma desde el Registro Civil.
Negociado de Estadística
Se puede solicitar la baja del padrón municipal por parte de los familiares del fallecido.
Presencial:
Dirección: Plaza Mayor, s/n. 09071 Burgos Sección de Estadística.
Horario de atención al público: de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes
Teléfono y FAX
947 288800
Correo electrónico: estadistica@aytoburgos.es
Presentar instancia debidamente cumplimentada en:
Si se le plantea alguna duda al respecto de este trámite puede:
Presencial
Instancia imprimible
Instancia rellenable
Petición de la bonificación de la Tasa por Recogida Domiciliaria de Basuras por los titulares de las viviendas o los inquilinos que residan en las mismas.
Trámite de bonificación de Tasa de Basuras
Negociado de Tasa de Basuras
REQUISITO OBLIGATORIO EN TODOS LOS CASOS:
La concesión de bonificaciones requerirá que el sujeto pasivo se encuentre al corriente, a fecha 31 de diciembre de 2018, en el cumplimiento de sus obligaciones, tanto de derecho público como privado, con la Hacienda Municipal.
1º.- Las personas físicas, que reúnan los siguientes requisitos:
Importe de la subvención
El equivalente al 52 por 100 (cincuenta y dos por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.
A los efectos de este apartado, se entiende por unidad económica de convivencia todos los casos de convivencia de un beneficiario con otras personas, unidas o no con aquel por lazos de parentesco.
Para que los inquilinos puedan beneficiarse de la Bonificación, el valor catastral de todos los inmuebles de los que sean propietarios, unido al valor catastral de su vivienda habitual, no puede superar los 126.499,79.
2º.- Las familias numerosas de categoría general, con los siguientes requisitos:
Importe de la subvención
El equivalente al 65 por 100 (sesenta y cinco por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.
3º.- Las familias numerosas de categoría especial, con los siguientes requisitos:
* IPREM MENSUAL para el año 2019: 537,84 (BOE 28/06/17)
Importe de la subvención
El equivalente al 80 por 100 (ochenta por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.
El interesado tiene que dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol, solicitando CITA PREVIA para ser atendido:
1. Para personas físicas de reducidos ingresos o Jubilados, pensionistas (y personas empadronadas con ellos mayores de 18 años):
2. Para familias numerosas:
3. Para inquilinos:
Durante los meses de enero y febrero de 2019 (hasta el 28 de febrero).
Las bonificaciones de las familias numerosas se solicitarán únicamente por primera vez y, si los interesados cumplen todos los requisitos, se concederán por el tiempo que tenga vigor el Título de Familia Numerosa debiéndose renovar dicha bonificación a la vez que se renueve el mencionado Título. (Y adjuntando el resto de la documentación - ver apartado Documentación-)
Las bonificaciones de las personas físicas que sean pensionistas se solicitarán únicamente por primera vez y si los interesados cumplen todos los requisitos de la Ordenanza Vigente en cada momento, se concederán de manera indefinida mientras no cambien las condiciones personales, familiares o económicas del interesado, el cual estaría obligado a comunicarlo a la Administración.
Para el resto de beneficiarios la solicitud de la bonificación deberá renovarse anualmente en los plazos indicados.
Todas aquellas bonificaciones que se soliciten fuera de los meses de enero y febrero serán inadmitidas por extemporáneas al considerarse presentadas fuera de plazo.
Ordenanza Fiscal Número 209 reguladora de la Tasa por recogida y tratamiento de residuos (BOP nº 234, de 11/12/13)
Presencial
Autorización al Ayuntamiento para solicitar datos fiscales a Hacienda
Solicitud de bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles para empresas constructoras siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras.
Negociado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota íntegra del Impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las Empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren en los bienes de su inmovilizado.
Se entenderá a estos efectos como obras de rehabilitación, las de adecuación, mejora de condiciones de habitabilidad o redistribución del espacio interior, manteniendo en todo caso las características estructurales del edificio.
El usuario interesado ha de dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol y presentar la solicitud habilitada a tal efecto.
Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC:
PRESENCIALMENTE
El usuario ha de presentar la instancia cumplimentada junto a la documentación en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC.
Dicha instancia puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.
1.- La solicitud cumplimentada.
2.- Una vez que las obras hayan comenzado debe aportar:
3.- Para determinar los periodos impositivos a los que será de aplicación este beneficio fiscal:
Siempre antes del inicio de las obras.
El Ayuntamiento denegará automáticamente la concesión de esta bonificación cuando, a través de cualquier medio de prueba, tenga constancia de que las obras de urbanización o construcción efectiva sobre los inmuebles en los que recae este beneficio fiscal se han iniciado antes de la fecha de solicitud del mismo por los interesados.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles
Presencial
Solicitud de Bonificación en el IBI para empresas constructoras
Comunicación de cambio del número de cuenta al que está domiciliado el recibo del agua.
Cambio de cuenta bancaria del recibo del agua
Aguas de Burgos
Cualquier cliente - abonado.
Para solictar un cambio de Cuenta Bancaria , siempre que no exista ninguna deuda pendiente en el contrato de suministro a modificar, se realiza de cualquier de las siguientes formas:
A voluntad del interesado
Normas generales para la concesión del carnet de socio de Centros Cívicos.
Trámite de Solicitud de carnet de Centros Cívicos
Servicio de Información de los Centros Cívicos.
Aquellos usuarios que quieran acceder a la oferta social, cultural, educativa y deportiva de Centros Cívicos.
- Centro Cívico Huelgas El Pilar
El ciudadano interesado en hacerse socio del Centro Cívico ha de cumplimentar la solicitud de carnet y adjuntar dos fotografías tamaño carnet.
En el caso de que se solicite carnet de socio para un menor, se ha de solicitar carnet de socio para el padre/madre o tutor también.
La solicitud junto con las dos fotografías se entregará en las instalaciones de los Centros Cívicos .
El ciudadano interesado en hacerse socio de Centros Cívicos ha de cumplimentar la solicitud de carnet y adjuntar dos fotografías tamaño carnet.
La solicitud junto con las dos fotografías se entregará en las instalaciones de los Centros Cívicos, en los diferentes Servicios de Información.
Plazos: No existen plazos de solicitud.
Horario de los Servicios de Información de los Centros Cívicos
- Centro Cívico Capiscol
- Centro Cívico Gamonal Norte
- Centro Cívico Huelgas El Pilar
- Centro Cívico Río Vena
- Centro Cívico San Agustín
- Centro Cívico San Juan
- Centro Cívico Vista Alegre
Presencial
Solicitud de carnet para Centros Cívicos
Enterramiento de cadáver, ceniza o restos.
Servicio de Sanidad - Cementerio
La petición de la inhumación deberá realizarse por el titular de la concesión, y en su caso, a través de las empresas funerarias, al Servicio del Cementerio, quien determinará el momento del enterramiento dentro del horario establecido. (Art.15 del Reglamento Municipal del Cementerio, fecha 30 de marzo de 2000).
En el Cementerio Municipal de San José
Presencialmente: el interesado deberá acudir al Cementerio Municipal con la documentación citada a continuación.
Telefónicamente: el interesado deberá llamar al Cementerio Municipal aportando los datos del fallecido (nombre, apellidos, DNI, edad, fecha y hora en que se produjo la defunción), del solicitante (nombre, apellidos, DNI, dirección y teléfono) y datos de la inhumación (ubicación de la sepultura, fecha y hora de la inhumación, autorización del titular de la concesión de sepultura, reducciones, características del ataúd así como señalar si son cenizas o féretro). Posteriormente y con anterioridad a la inhumación deberá personarse por las oficinas de Cementerio Municipal para aportar la documentación citada a continuación.
Correo electrónico: La documentación (citada a continuación en este trámite) deberá remitirse firmada al correo electrónico cementerio@aytoburgos.es
Fax: La documentación (citada a continuación en este trámite) deberá remitirse firmada al fax número 947 28 88 63.
- Instancia habilitada al efecto (Ver ficheros adjuntos)
- Fotocopia del DNI del fallecido y de la persona titular y solicitante.
- Fotocopia del título de concesión, en su caso.
Las solicitudes de enterramiento se formularán con la suficiente antelación para efectuar las operaciones de apertura de sepultura, reducción de restos, etc. (Art. 16 del Reglamento Municipal del Cementerio, fecha de 30 de marzo de 2000).
La inhumación de un cadáver o cenizas no podrá realizarse con carácter general antes de las 24 horas.
Se notificarán las tasas por los gastos de inhumación la primera quincena del mes siguiente a la inhumación, al solicitante de la prestación del servicio y, en su caso los titulares de la autorización concedida según la Ordenanza fiscal nº 208 reguladora de la Tasa por la prestación de servicios en el Cementerio Municipal de San José, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local, publicada en el BOP nº 234 de 11 de Diciembre de 2013.
Tarifas a aplicar a partir del día 12 de Diciembre de 2013
Art. 7.4º y 5º: Licencia para inhumaciones de cadáveres y restos
Cadáveres
Restos y Cenizas
Si se entierra en Cripta / sepultura americana es obligado solicitar la concesión en un plazo de 6 meses. En caso de no hacerlo, la Administración podrá hacerlo de oficio pasándole la liquidación al solicitante del entierro.
Se notificarán las tasas por los gastos de enterramiento al solicitante de la prestación del servicio y, en su caso, los titulares de la autorización concedida.
Presencial
Telefónica
Online
Solicitud de enterramientos en el Cementerio Municipal
Entrevista personal con el Excmo. Sr. Alcalde, con el objeto de abordar temática de carácter municipal.
Trámite de entrevista con el Alcalde
Secretaría de Alcaldía
En el Registro Municipal a través de la solicitud habilitada para tal efecto.
Se debe presentar el Modelo de Solicitud en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando la siguiente información:
Presencial
Solicitud rellenable de Entrevista con el Alcalde
Solicitud de una bonificación del 100% de la cuota del Impuesto para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 30 años, contados a partir de la fecha de fabricación. Si ésta no fuera conocida, se tomará como tal la de su primera matriculación, o en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Negociado sobre el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
- Personas físicas o jurídicas propietarias del vehículo en cuestión o su representante.
- Los vehículos históricos, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 30 años contados a partir de la fecha de su fabricación.
- Vehículos que figuren como registrados en el Registro de Vehículos Históricos de la Junta de Castilla y León.
El interesado tiene que dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol, solicitando CITA PREVIA para ser atendido:
aportando los documentos citados a continuación (original y copia) y presentarla durante el ejercicio económico para que surta efecto al siguiente.
* Todos los documentos deberán presentarse en original junto con una copia.
Se puede presentar durante todo el ejercicio económico para que surta efecto al año siguiente.
Si la fecha de antigüedad no fuera conocida, se tomará como tal la de su primera matriculación, o en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Esta bonificación una vez concedida, se aplicará de forma automática a los sucesivos ejercicios sin necesidad de renovación.
Presencial