Solicitud de Bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles para Familias Numerosas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Documento para la solicitud de la bonificación para familias numerosas, aplicable sobre el impuesto sobre bienes inmuebles.

Unidad responsable

Órgano de Gestión Tributaria y de Tesorería

Quién lo puede solicitar

Los titulares de familias numerosas que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y que cumplan los requisitos del artículo 14 de la Ordenanza nº 507 reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles:

  • Que los titulares de la familia numerosa estén empadronados en la vivienda objeto de la bonificación.

  • Que soliciten este beneficio fiscal en los siguientes periodos de tiempo cumplimentando el modelo normalizado facilitado por el Ayuntamiento de Burgos y acompañando la documentación requerida. Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas por extemporáneas.
  • Las solicitudes de bonificación habrán de realizarse a lo largo del año natural anterior al que han de surtir efecto.
  • Para ser beneficiario de esta bonificación el sujeto pasivo deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de pago de sus obligaciones tributarias por este Impuesto.
  • Que los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos no excedan de:

    • Familias numerosas de carácter general: cinco veces y medio el IPREM (7.519,59 x 5,5= 41.357,75 euros anuales) y con cuatro hijos: seis veces y medio el IPREM (7.519,59 x 6,5= 48.877,34 euros anuales )

    • Familias numerosas de carácter especial o especial con 7 o más hijos: siete veces y medio el IPREM (7.519,59 x 7,5= 56.396,93 euros anuales), incrementando este límite en el equivalente al IPREM por cada hijo a cargo a aprtir del quinto inclusive.

      * IPREM MENSUAL para el año 2018: 537,84 €

  • Que el valor catastral de la vivienda habitual no supere 169.662,01 euros o 171.981,92 euros en los casos de categoría general y especial, respectivamente. Cuando el número de hijos sea siete o superior, el valor catastral de la vivienda habitual no debe ser mayor a 172.564,05 euros.

  • Que soliciten este beneficio fiscal a lo largo del año natural anterior al que ha de surtir efecto.

Dónde se puede solicitar

La solicitud se puede obtener en:

  1. En la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol
  2. En la planta baja del edificio consitorial, en el Servicio de Atención Ciudadana 010


Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC

Cómo se realiza el trámite

Una vez obtenida la solicitud se presenta cumplimentada y con la documentación en su caso, en la planta baja del Ayuntamiento de Burgos, en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC.

Documentación

Obligatorios:

  • Documento en vigor acreditativo de ser familia numerosa.

Accesorios:

  • Declaración de la Renta de las Personas Físicas.
  • Certificado del salario mensual o ingreso devengado por todos los conceptos, y de todos los miembros de la unidad familiar que trabajan
  • Certificado actual de haberes o pensiones
  • En el caso de que la vivienda sea en alquiler habrá de presentar el contrato de arrendamiento.

En la solicitud se hará constar la referencia catastral del inmueble .

Plazos de solicitud

El plazo de solicitud será a lo largo del ejercicio natural anterior a aquel en el que ha de surtir efecto.

Concedida la bonificación, ésta se mantendrá, de acuerdo con los tipos vigentes en cada ejercicio, sin necesidad de reiterar la solicitud, siempre y cuando se cumplan los requisitos de la Ordenanza vigente en cada momento, hasta el límite máximo de los períodos impositivos coincidentes con la fecha de validez del Título de Familia Numerosa vigente en el momento de la solicitud. La concesión de la bonificación no tendrá efectos retroactivos.

Datos de pago

Según Ordenanza fiscal nº 507 Reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 247, el día 30 de diciembre de 2016.

Los sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa en la fecha de devengo del impuesto, tendrán derecho a las siguientes bonificaciones sobre el bien inmueble que constituya su vivienda habitual, distinguiendo las siguientes categorías:

  • Categoría general: Tendrán derecho a una bonificación del 37% en la cuota íntegra del Impuesto.
  • Categoría especial: Tendrán derecho a una bonificación del 57% en la cuota íntegra del Impuesto.
  • Categoría especial con siete o más hijos: Dentro de esta categoría, en el supuesto de familias que tengan siete o más hijos la bonificación será del 80% de la cuota íntegra del Impuesto.

Normativa


Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles

Información adicional

Tipo tramitación

Presencial

Ficheros adjuntos

Modelo de Instancia General de IBI

Autorización al Ayuntamiento para solicitar datos fiscales a Hacienda


Oficinas de la administración

Delegacion Territorial De La Junta De Castilla Y Leon En Burgos

Pza. Bilbao, 3 , Burgos , 09004

Tel. 947281528

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Direccion Provincial De Sanidad Y Consumo En Burgos Msc

Avenida Conde Vallellan, 16 , Burgos , 09005

Tel. 947281564

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Consorcio Para La Gestion De La Variante Ferroviaria De Burgos

Pza. Mio Cid, 6 , Burgos , 09004

Tel. 947257422

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Ministerio De Justicia

Pza. Alonso Mart, 7 6, Burgos , 09071

Tel. 947273152

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Canal 54

Eduardo Martínez del Campo, 12, Burgos , 09004

Tel. 947257070

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor

Parq. Dr. Vara, 1, Burgos , 09003

Tel. 947288828

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Diputacion Provincial De Burgos

, Burgos

Tel. 947131767

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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