La teleasistencia domiciliaria es un servicio permanente que conecta al usuario con un centro de atención de alarmas donde se gestionan los servicios necesarios para atender la urgencia (localizar a los familiares o personas de contacto del usuario, Unidad Móvil del Servicio de Teleasistencia, 061, Bomberos, Guardia Urbana...).
El trámite se hace presencialmente, pero para ahorrar desplazamientos podrá imprimir la hoja de solicitud y del informe médico.
El servicio ofrece a personas solas o familias en situación de exclusión social una vivienda temporal y compartida, con apoyosocioeducativo, en el marco de un entorno normalizado. Con esta finalidad se hace un pacto/acuerdo con la persona o familia que incluye un plan de trabajo global y la estancia con un periodo de prueba de 1 mes, renovable por sucesivos periodos de 2 meses hasta un máximo de un año.
Presentar una solicitud dirigida a la Comisión de Acceso a las viviendas de inclusión, en el Servicio de Inserción Social o en los Centros de Servicios Sociales. En este último caso, es necesario solicitar cita previa en el teléfono de cita previa de Servicios Sociales.
Las viviendas pueden acoger tanto personas solas, hombres o mujeres, así como famílies de diversa tipologia, sin techo y/o en extrema situación de exclusión social, que no disponen de alojamiento ni de recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.
Servico gratuito.
Servicio de atención a la infancia y a la adolescencia y a sus familias. Este servicio se presta desde los equipos de atención a la infancia y adolescencia (EAIA), distribuidos territorialmente.
Se dedica a la valoración, actuación y atención de niños en situación o riesgo de desamparo y al seguimiento de sus familias: - Necesidades básicas del chico/a no vistas - Actuación negligente o agresiones de los padres hacia a los menores.
Un equipo de profesionales interdisciplinar (trabajo social, pedagogía, psicología, educadores sociales se hace cargo del/a menor y define las acciones educativas, de alojamiento, relación con sus familiares... más adecuados para garantizar su bienestar, mejorar su calidad de vida y su desarrollo.
Hay que estar siendo atendido por los Servicios Sociales de Atención Básica, la Dirección General de Atención al Menor de la Generalitat, la Fiscalía de Menores o otras entidades que se encargan de velar por el bienestar de los niños y niñas y adolescentes.
El servicio se dirige a niñas y niños y adolescentes, menores de 18 años y sus familias, en situación de riesgo social, en un entorno social y familiar muy desfavorable para su desarrollo (maltratos, negligencias, necesidades básicas no cubiertas ...).
Informe del Centro de Servicio Sociales o de un organismo competente en protección de menores.
Gratuito.
El SAIER es un servicio municipal que ofrece información y asesoramiento en materias de immigración, refugio, emigración y retorno voluntario a cualquier ciudadano que viva en Barcelona. Ofrece de manera personalizada y confidencial los siguientes servicios:
La prestación de estos servicios se hace en colaboración con las entidades: ACSAR, AMIGO, CITE, COLEGIO DE ABOGADOS, CPNL y Cruz Roja.
Puede obtener más información en la web de Nueva Ciudadania del Área de Calidad de Vida, Igualdad y Deportes,
Puede dirigirse al SAIER para solicitar los servicios de asesoria y de apoyo en materia de estranjería, asilo, emigración y retorno de immigrantes.
Dirigirse a las dependencias del Servicio de Atención a inmigrantes, emigrantes y refugiados (SAIER) para obtener información y orientación.
Solicitar cita con el sevicio de asesoramiento y atención.
Es aconsejable aportar la documentación de la que se disponga, relacionada con la gestión que quiera hacer y el documento de identificación personal (DNI, NIE, Pasaporte ...).
Gratuito.
Dentro de las actividades educativas que impulsa el Instituto Municipal de Educación de Barcelona, se encuentran los siguientes programas:
Puede llamar al Instituto Municipal de Educación de Barcelona para hacer la tramitación
Llamar al Punto de Atención del Instituto Municipal de Educación de Barcelona.
Talleres (por taller): 10,15 EUR.
Parques y Jardines de Barcelona, Instituto Municipal, realiza trabajos de jardinería en espacios gestionados por otras instituciones (universidades, hospitales, museos, institutos y otras entidades).
Los trabajos más habituales son:
Para efectuar esta tramitación es necesario pedir cita previa accediendo a Cita con el Ayuntamiento de Barcelona
Solicite presupuesto a Parques y Jardines de Barcelona, Instituto Municipal, mediante instancia, en la que será necesario detallar los trabajos a realizar y la ubicación del espacio. Puede descargar la instancia aquí.
Entregue la instancia en el registro de cualquier oficina de atención ciudadana de los distritos, con cita previa. También se puede presentar en el registro de la gerencia de Medio Ambiente, sin cita previa.
Después
Cualquier institución o entidad encargada de la gestión de los jardines.
Instancia donde deberá detallar el tipo de trabajos a realizar y la ubicación del espacio.
Se da respuesta, a la petición de presupuesto, en un periodo aproximado de 15 días.
El presupuesto varia según el tipo de trabajo y magnitud del jardín.
Las sesiones informativas de acogida pretenden ser una actividad que proporcione gratuitamente información sobre recursos y servicios de primera acogida para personas recién llegadas. Constan de:
Que se obtendra
Rellene el formulario y confirme los datos.
Después
Que se necesitaráDocumentacion
Puede solicitarse en cualquier momento.
Trámite gratuito.
El SIMAP (Sistema inteligente de monitorización de alertas personales es un dispositivo que permite la localización remota permanente de personas con deterioro cognitivo leve o moderado (sobrevenido).
La localización es posible a través de la red de telefonía móvil y de un dispositivo específico que incorpora GPS (sistema de posicionamiento global mediante una red de satélites), así como la detección de situaciones potencialmente peligrosas en relación con la posición geográfica de las personas usuarias.
Hay dos modalidades de servicio:
Servicio básico:
Servicio web:
Debe presentar la solicitud firmada en el centro de Servicios Sociales correspondiente o en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Pl Sant Miquel.
Posteriormente, la Cruz Roja contactará por telefono con el solicitante para concretar el tipo de servicio.
Dependiendo de la modalidad concedida:
Gratuito:
* Se considera cónyuge a cargo cuando este tiene ingresos inferiores a 790 euros mensuales.
Subvencionado:
En este caso el precio es:
Las personas con ingresos superiores a 1100 euros al mes (sin cónyuge a cargo) y 1700 euros al mes (con cónyuge a cargo) quedan excluidas de la subvención y de las ayudas y deberan pagar el 100% del coste. En este caso:
La mediación familiar es un método extrajudicial de resolución de conflictos que se caracteriza por la intervención de una tercera persona imparcial y experta y que tiene como finalidad ayudar a las partes a obtener para ellas un acuerdo satisfactorio cuando se presentan conflictos derivados de las situaciones de separación, divorcio, crisis de convivencia, hijos comunes...
La solicitud de mediación tiene que hacerse de mutuo acuerdo de las partes o por disposición de la autoridad judicial.
Para obtener una primera orientación, puede ir al Servicio de Orientación Jurídica y Mediadora de la Oficina de Atención Ciudadana de la Pl Sant Miquel. Para poder ser atendido en este servicio previamente debe solicitar cita en la misma oficina.
Posteriormente, la solicitud la deberá presentar en el Centro de Mediación del Derecho privado de la Generalitat de Cataluña.
Las personas unidas por vínculo de matrimonio, las que forman una unión estable de pareja y las que, sin formar una unión estable de pareja, tienen hijos comunes.
La mediación es gratuita para las personas que son beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita. La gratuidad de la mediación se establece para cada parte por separado. Las personas que no son beneficiarias tendrán que abonar las tarifas establecidas en los procedimientos de mediación familiar.
El Tributo Metropolitano (antes Tributo de la Movilidad) es un recargo seobre el imuesto de bienes inmuebles (IBI) que se establece para financiar la prestación de los servicios metropolitanos de transporte público de pasajeros en el Área Metropolitana de Barcelona, es decir, los autobuses, el metro y el tranvía.
El trámite permite solicitar la bonificación del 50% de la cuota íntegra del tributo aplicado en el caso de viviendas, que constituyan la residencia habitual de una familia numerosa, siempre que el sujeto pasivo ostente la condición de titular de dicha familia y que la suma de los ingresos anuales de todos los integrantes de la misma no superen los 30.000,00 euros.
Puede solicitar la bonificación del impuesto si cumple con los requisitos recogidos en la ordenanza fiscal vigente.
Será necesario solicitar la bonificación mediante la presentación de una instancia normalizada que puede descargarse desde el web del Área Metropolitana de Barcelona.
La solicitud se presentará, en las oficinas del Área Metropolitana de Barcelona, una vez efectuado el pago íntegro del impuesto de bienes inmuebles.
Después
Una vez efectuadas las comprovaciones necesarias se efectuará el ingreso en el número de cuenta consignado en la instancia normalizada.
Personas físicas sujetos pasivos del impuesto de bienes inmuebles y titulares reconocidos de familia numerosa por el Departament de Benestar Social de la Generalitat de Catalunya.
Se entenderá por residencia habitual de la familia numerosa, la que figure en el Padrón de Habitantes del municipio en la fecha de acreditación del impuesto, es decir, el primer día del año.
Ni el sujeto pasivo ni el resto de integrantes de la familia numerosa podrán tener deudas pendientes de pago del tributo de la movilidad en periodo ejecutivo.
La suma de los ingresos totales de los miembros de la familia numerosa no podrá superar el importe de 30.000.00 euros. Se entenderán por ingrasos totales, los obtenidos por la familia numerosa durante el ejercicio anterior al acreditamiento del tributo.
No es necesario aportar documentación alguna.
La bonificación se deberá solicitar, cada año, antes del 10 de Diciembre.
Trámite gratuito.
La bonificación es del 50% de la quota íntegra del tributo.