Ayuntamiento de Barcelona

  • El trámite permite formalizar la inscripción en el sorteo para participar en la Cabalgata de Reyes de 2017.

    Las modalidades de inscripción son las siguientes:

    Personas entre 8 y 10 años (cumplidos el 1 de enero de 2017 y con una altura máxima de 140 metros):

    • Pajes de carroza: saludarán al público desde encima de cualquiera de las carrozas

    Personas entre 11 y 13 años (cumplidos el 1 de enero de 2017):

    • Pajes Bienvenidos a Barcelona: saludaran al público durante la Cabalgata desde la carroza Bienvenidos a Barcelona.

    Personas entre 14 y 17 años (cumplidos el 1 de enero de 2017):

    • Asistentes del séquito: durante el recorrido a pie de la Cabalgata serán los encargados de empujar elementos artísticos o escenográficos.

    Persones entre 18 y 65 años (cumplidos el 1 de enero de 2017):

    • Colaboradores técnicos: bien como servicio de orden en torno al séquito o empujando elementos artísticos o en cualquier otra función de colaboración con la organización.

    Se ha de tener en cuenta que:

    • Se admitirá una sola inscripción por persona. En caso que una persona se inscriba en diferentes ocasiones, la organización admitirá únicamente la primera y eliminará las posteriores.
    • Para poder participar, los inscritos seleccionados están obligados a asistir a las sesiones informativas y a los ensayos que su modalidad exija. Estos encuentros tendrán lugar a partir del 11 de diciembre y serán entre uno y tres, según las exigencias artísticas y organizativas de la modalidad. Las fechas de cada ensayo o sesión informativa serán notificadas, por correo electrónico o por teléfono, con posterioridad al sorteo.
    • Los inscritos no seleccionados formarán parte de una reserva para bajas y nuevas necesidades y podrán ser avisados para participar en la Cabalgata siguiendo el orden de la lista.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede formalizar la inscripción al sorteo para participar en la Cabalgata de Reyes.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Llame al 010, Teléfono de información y trámites, de lunes a viernes, de 8,30 a 20.00 horas y facilite los datos de las personas que quiera inscribir.

    Después

    • Una vez formalizada la inscripción, la organización enviará al interesado un correo electrónico para que pueda comprobar los datos obtenidos. Este comunicado contendrá también el número de inscripción, asignado por orden estricto de inscripción.
    • Una vez realizado el sorteo, la organización se pondrá en contacto, por correo electrónico o por teléfono, con todos los agraciados. En caso de no poder contactar directamente con alguno de los participantes y en la medida de las posibilidades, en buzones de voz o correo electrónico, se dejaran mensajes de contacto. Si al cabo de 2 dias els interesado no se pone en contacto con la organización, se considerará rechazada la disponibilidad de participación.

    ¿Quién lo puede pedir?

    • Se pueden inscribir todas las personas que el 1 de enero de 2017 tengan 8 o más años de edad.
    • No es necesario estar empadronado en Barcelona.

    Documentación

    • No es necesario aportar documentación alguna.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Año 2016:

    • Fechas de inscripción: Desde las 12 horas del 28 de octubre hasta las 12 horas del 21 de noviembre
    • Fecha del sorteo: 22 de noviembre a las 18 horas en la sede del Instituto de Cultura. El acto es de libre acceso al público.
    • Resultados del sorteo: publicación de las listas en el web: www.bcn.cat/nadal a partir de las 12 horas del 23 de noviembre.

    Precio

      • Gratuito.

    Organismo responsable

  • Inscripción para poder encontrar o mejorar una ocupación a través de la Oficina de Trabajo de la Generalitat.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Dirigirse a la Oficina de Trabajo de la Generalitat que corresponda, según el código posta del domicilio, con toda la documentación.

    La Oficina de Trabajo formaliza la inscripción y facilita al solicitante una hoja donde aparece la fecha en que tiene que presentarse en la Oficina para sellar la renovación. En caso de no presentarse, la Oficina de Trabajo entiende que el demandante ya no está interesado y quiere causar baja.

    La renovación de la demanda de ocupación también se puede hacer a través del web del Servicio de Ocupación de Cataluña o a directamente en las oficinas.

    ¿Quién lo puede pedir?

    • Todas aquellas personas que quieren encontrar o mejorar una ocupación a través de la Oficina de Trabajo de la Generalitat de Catalunya.
    • Todas aquellas personas que deben formalizar un contrato (si tienen más de 45 años o son personas con alguna discapacidad).
    • Todas aquellas personas que tienen que formalizar un contrato con derecho a bonificación (si tienen menos de 30 años).

    Documentación

    • Documento de identificación personal (DNI, carnet conducir, pasaporte, permiso de trabajo y/o residencia en caso de estranjeros), siempre en vigor.
    • Al hacer la inscripción por primera vez mediante una entrevista se recogerán los datos personales, de formación, de experiencia laboral, estableciendo el perfil profesional (Currículum Vitae) por lo cual habrá que llevar los títulos formativos y los carnets profesionales en el caso que los tuviera.

    Si anteriormente ya ha estado inscrito como demandante de ocupación, sólo hace falta dirigirse a su Oficina de Trabajo con el documento de identificación personal, en vigor.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    A partir de los 16 años

    Plazo de validez: Debe renovarse cada tres meses, si no, se dará de baja la inscripción.

    Organismo responsable

  • Las asociaciones de voluntariado son organizaciones sociales sin ánimo de lucro que desarrollan sus actividades en diferentes ámbitos de actuación como el deporte, cultura, participación cívica, medio ambiente, cooperación internacional, educación, etc.

    El voluntario o voluntaria es la persona que se integra en una asociación para dedicar una parte de su tiempo libre a realizar una acción al servicio de otros o de la comunidad en general.

    En Barcelona ciudad hay diversas organizaciones que facilitan a las personas que quieren realizar una acción voluntaria la posibilidad de encontrar una asociación de voluntariado. Estas organizaciones son:

    • Torre Jussana Centro de Servicios a las Asociaciones.
    • Voluntaris per Barcelona
    • Centro de Recursos Juveniles de Barcelona
    • Federació Catalana de Voluntariat Social

    ¿Qué puede hacer?

    Puede contactar con las organizaciones que promueven actividades de voluntariado para hacer la inscripción.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Contactar directamente con las organizaciones.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

  • El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona.

    Existen diferentes modalidades:

    Certificados Positivos:

    • Extracto: Es un resumen de la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil.
    • Literal: Es una copia literal de la inscripción de defunción, contiene todos los datos relativos a la identidad del fallecido y al hecho del fallecimiento.

    Certificados Negativos: acreditan que no está inscrita la defunción de una persona en ese Registro Civil.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede inscribir una defunción o bien obtener un certificado.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Para inscribir una defunción deberá ir al Registro Civil del municipio donde se produzca la defunción.

    Para obtener un Certificado de defunción puede solicitarse:

    • Personalmente en el Registro Civil, por correo y por internet sin certificado digital.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Puede solicitarlo cualquier ciudadano que así lo requiera y tenga interés, salvo las excepciones legalmente previstas, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial.

    Documentación

    Para hacer la Inscripción de la defunción:

    • Certificado médico de la defunción.

    Para solicitar un Certificado de Defunción deberá facilitar los datos de la persona difunta (*):

    • Nombre y apellidos de la persona difunta y la fecha y lugar de defunción.
    • Para las defunciones anteriores a 1967, deberá facilitar: calle, hospital o distrito de defunción.

    (*) las peticiones realizadas por correo deberán incluir la dirección donde quiera recibirse, teléfono de contacto y tipo de certificado.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Para realizar la inscripción de la defunción:

    • Durante las 24 horas siguientes a la defunción y siempre antes del entierro.

    Tiempo de tramitación del Certificado de Defunción:

    • Defunciones anteriores a 1967: 10 días aproximadamente.
    • Defunciones entre 1968 y 29 de novembre de 2004: 3 días aproximadamente.
    • Defunciones posteriores al 29 de novembre de 2004: expedición inmediata a partir de que la defunción esté introducida en la base de datos.

    Si se necesita con urgencia es preciso decirlo en el momento de solicitarlo y se entregarán en 24 horas.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • La finalidad de esta inspección es instituir un sistema de control periódico del estado de los edificios de viviendas con el fin de verificar el deber que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus inmuebles.

    La Agencia de la Vivienda tomando como base el informe de la inspección técnica de edificios de viviendas otorgará un certificado de aptitud que notificará directamente a la propiedad. Según cuál sea el estado general del edificio, el certificado de aptitud puede ser de apto o no apto.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    La inspección técnica de los edificios de viviendas la tiene que llevar a cabo uno/a técnico/a con titulación de arquitecto, aparejador, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación.

    Los propietarios/as y las personas ocupantes de las viviendas han de facilitar el acceso a las viviendas y a las otras entidades del edificio en el momento de la inspección, para posibilitar el examen de los elementos comunes del edificio.

    La inspección consiste en examinar el edificio que lleva a cabo el/la técnico/a competente a quien haya sido encargada, y que da lugar al informe de la inspección técnica de edificios de viviendas.

    Esta inspección técnica es visual, y se hace respecto de aquellos elementos del edificio en los cuales se haya tenido acceso.

    Cuando los datos obtenidos en la inspección visual no fueran suficientes para la calificación de las deficiencias detectadas, el/a tècnico/a encargago/da de la inspección tiene que proponer a la propiedad del inmueble hacer un diagnóstico del elemento o elementos constructivos afectados, o cualquier otro tipo de pruebas que considere necesarias.

    Si en esta inspección el/la tècnic/a detecta alguna situación anómala con apariencia d'infravivienda, debe comunicarlo a la Agencia de la Vivienda. La existencia de esta situación anómala no condiciona la certificación de aptitud del edificio mientras no afecte la estabilidad o seguridad de los elementos comunes de la edificación.

    Según el tipo, la gravedad y la generalización de las deficiencias, el estado general de un edificio puede ser:

    • Muy grave
    • Con deficiencias graves
    • Con deficiencias leves
    • Sin deficiencias

    En aquellos casos en qué el/la tècnic/a detecte la existencia de deficiencias, sean generalizadas o no, que comporten riesgo para las personas, deberá comunicarlo de manera inmediata tanto a la propiedad como al ayuntamiento del municipio donde está el edificio.

    La Agencia de la Vivienda tomando como base el informe de la inspección técnica de edificios de viviendas otorgará un certificado de aptitud que notificará directamente a la propiedad. Según cuál sea el estado general del edificio, el certificado de aptitud puede ser de apto o no apto.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Se tienen que someter a inspección técnica obligatoria:

    • Los edificios plurifamiliares de viviendas en función de su antigüedad.
    • Si lo determinan los programas o las ordenanzas locales.
    • Si el edificio o las viviendas del edificio se tienen que acoger a programas públicos de fomento de la rehabilitación

    Restan excluidos de la obligación de inspección técnica aquellos edificios de viviendas que hayan sido declaradas inicialmente en ruina por el ente local competente y los edificios unifamiliares.

    La obligación de someter los edificios de viviendas a inspección técnica corresponde a:

    • Propiedad vertical: a los propietarios/propietarias.
    • Propiedad horizontal: a la comunidad de propietarios/propietarias.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Según la antigüedad del edificio, los plazos máximos previstos para pedir a la Agencia de la Vivienda de Cataluña el certificado de aptitud correspondiente, son los siguientes:

    Anteriores a 1930hasta el 31/12/2012
    Entre 1931 y 1950hasta el 31/12/2013
    Entre 1951 y 1960hasta el 31/12/2014
    Entre 1961 y 1970hasta el 31/12/2015
    A partir de 1971hasta año que el edificio cumpla 45 años de antiguedad

    Precio

      El coste económico derivado de la inspección técnica obligatoria es a cargo de las personas obligadas a la realización de la inspección (propietarios/as del inmueble o comunidades de propietarios según sea el caso).

    Organismo responsable

  • Revisión que tienen que pasar los vehículos matriculados en Tráfico para determinar si pueden circular con las condiciones suficientes de seguridad y de respeto por el medio ambiente.

    A partir del 21/2/09 la ITV es obligatoria en Cataluña para los Ciclomotores de menos de 50 cc de dos ruedas con más de 3 años de antigüedad.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Hay que pedir hora con anticipación y llevar el permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo. También el seguro del vehículo.

    Todos los titulares recibirán un aviso recordatorio de la fecha límite de la Inspección periódica. Una vez recibido este aviso, el titular se tiene que poner en contacto con la ITV que más le convenga, para poder reservar día y hora de la inspección, haciendo uso de los teléfonos indicados en el aviso o bien mediante la página web: http://gencat.cat/itv/ Si no disponen de una estación de ITV, habrán de adecuar su cumplimiento al calendario de desplazamiento de las unidades móviles.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Los usuarios o propietarios de vehículos: turismos, motocicletas, vehículos de mercancías (camionetas, furgonetas, camiones) que según la fecha de matriculación tengan que pasar la inspección técnica de vehículos.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Por primera vez:

    • Los turismos tienen que pasar la revisión al cuarto año de su matriculación.
    • Las motocicletas pasan la ITV en el cuarto año.
    • Vehículos mercancías menores o iguales a 3.500 Kg (camionetas, furgonetas) al segundo año de su matriculación.
    • Los ciclomotores pasan la ITV al tercer año de su matriculación.

    Renovaciones:

    • Turismos: Cada 2 años y cuando el vehículo tiene 10 años o más cada año.
    • Motocicletas: Cada 2 años.
    • Ciclomotores: Cada 2 años.
    • Vehículos mercancías de menos o igual a 3.500 Kg (camionetas, furgonetas): cada 2 años hasta el 6 año, hasta los 10 años anual, a partir de los 10 años cada 6 meses.

    El vehículo que deba pasar la ITV deberá hacerlo dentro del mes correspondiente al mes de su matriculación, que consta en el permiso de circulación.

    Precio

      (Tarifa con el IVA incluido) Algunas estaciones ITV pueden aplicar descuentos sobre la tarifa oficial vigente.

      Tipo de revisiónRevisión ordinaria**Segunda revisión
      Tacógrafos52,9531,55
      Vehículos pesados: autocares y camiones de más de 3.500 kg65,4537,13
      Remolques de más de 3.500 kg43,8524,10
      Vehículos ligeros derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables de carácter comercial o destinados al transporte de mercancías motor no catalizado42,6023,45
      Vehículos ligeros derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables de carácter comercial o destinados al transporte de mercancías motor catalizado46,8025,95
      Vehículos ligeros derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables de carácter comercial o destinados al transporte de mercancías motor diesel53,1529,75
      Remolques hasta 3.500 kg37,6520,45
      Turismos, taxis, autoescuelas, alquiler con conductor y sin, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables sin carácter comercial o no destinado al transporte de mercancías. Motor no catalizado38,1520,75
      Turismos, taxis, autoescuelas, alquiler con conductor y sin, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables sin carácter comercial o no destinado al transporte de mercancías. Motor catalizado39,1521,35
      Turismos, taxis, autoescuelas, alquiler con conductor y sin, derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables sin carácter comercial o no destinado al transporte de mercancías. Motor diesel44,0025,25
      Vehículos especiales38,1520,75
      Vehículos a motor hasta 3 ruedas20,3010,00
      Pesaje, por eje, de camiones con carga4,90
      Tarifa a aplicar por las anotaciones y por las rectificaciones a las tarjetas ITV y expedición de una nueva en caso de deterioro1,93

      **En caso que tenga que realizarse una segunda revisión o más, en función del resultado de las inspecciones realizadas, las tarifas a aplicar serán del 60% de las indicadas como de tipo ordinario, si el vehículo se presenta en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de la primera revisión

    Organismo responsable

  • Los ciudadanos y ciudadanas de Cataluña pueden elegir libremente médico de familia, pediatra i equipo de atención primaria en todo el territorio. Implica que el usuario puede elegir un EAP diferente al que le corresponde por asignación territorial y, dentro de este EAP, tambien pude elegir el médico de familia y el pediatre. La libre elección puede hacerse en todo el territorio de Cataluña.

    La asignación de un EAP por elección del usuario diferente del que le corresponde por dirección, conlleva que la atención domiciliaria (urgente y programada), la atención continuada y la atención social queden a cargo del EAP que le corresponde por asignación territorial. El resto de la atención, incluyendo las pruebas complementarias y las derivaciones a la atención especializada, quedan a cargo del nuevo EAP escogido.

    En algunos casos no será posible cambiar de médico.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Hay que ir a la unidad de atención al usuario del nuevo EAP o a las unidades de atención al usuario del Servei Català de la Salut con la targeta sanitaria.

    Para saber qué Centro de Atención Primaria corresponde a una zona determinada, puede llamarse al teléfono 061 CatSalut Respon.

    También puede tramitarse a través de la web del Instituto Catalán de la Salut.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Usuarios del sistema sanitario público.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Organismo responsable

  • En el libro de familia se inscriben el matrimonio, nacimientos, defunciones, separaciones y divorcios.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    • En el caso de matrimonio lo tramita el mismo funcionario que hace el expediente matrimonial, civil o canónico. Si es matrimonio canónico, debe presentar la hoja que da la parroquia para hacer la inscripción. Si es un matrimonio civil, se entrega en el momento en que se hace la inscripción del matrimonio.

    • Si es por nacimiento de un hijo, debe hacerlo en el momento de la inscripción del mismo.

    • En caso de pedir un duplicado, ya sea por pérdida, robo o deterioro, debe presentarse ante el Registre Civil y manifestar el hecho. Debe firmarse firmar la solicitud que proporciona el mismo Registre Civil y presentar declaración de pérdida o denuncia de robo segun el caso.

    • La entrega es, según los casos, entre 10 y 15 días para los matrimonios canónicos o duplicados. Para matrimonios en el mismo Registre Civil, se entrega en el mismo momento de la boda. En el caso de matrimonio en el Ayuntamiento el Registro Civil tarda 15 dias desde el momento en que el Ayuntamiento hace llegar al Registro las certificaciones de matrimonio.

    • Si el solicitante vive fuera de Barcelona se puede pedir el libro de familia a través del juzgado del Registro Civil de la localidad donde viva.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Tienen libro de familia las personas que están casadas, o bien las personas que, con cualquier estado civil, tienen hijos. Hay que tener presente que se tiene libro de familia para cada hijo de padres diferentes.

    Siempre debe recogerlo la persona interesada.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • La licencia de armas que debe solicitar está en función del tipo de arma y usuario (particular, guardias de seguridad, cazadores, etc).

    • Licencia tipo B (Pistolas y revólveres)
    • Licencia tipo C (Armas para vigilantes)
    • Licencia tipo D (Caza mayor)
    • Licencia tipo E (Escopetas de caza y tiro deportivo)
      • El número total de armas amparadas por esta licencia no puede ser superior a 12.
    • Licencia tipo F (Armas para uso en galerías de tiro)
      • 1ª clase: Un máximo de 10 armas de concurso.
      • 2ª clase: Un máximo de 6 armas de concurso.
      • 3ª clase: Un arma corta o un arma larga de concurso, con exclusión de las pistolas libres.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar la licencia de arma de fuego.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Las peticiones de licencia de armas pueden solicitarse en la Guardia Civil de forma presencial o por vía telemática en la Sede Electrónica de la Guardia Civil, aportando la documentación requerida en cada caso.

    Después

    Para las licencias del tipo C, D, E y F serán necesarias una seria de pruebas de capacitación.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Solamente podrán ser expedidas a personas de nacionalidad española y extranjeras con residencia en España, mayores de edad.

    Documentación

    Documentación a presentar para la licencia tipo B:

    • Certificado de aptitudes psicofísicas.
    • Certificado de antecedentes penales o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central de Penados y Rebeldes).
    • Certificado de antecedentes sobre violencia de género o, en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género).
    • Fotocopia del DNI o en su caso, autorización del interesado para la consulta de sus datos en los archivos de la Administración (Sistema de Verificación de Datos y Residencia).
    • Justificante de haber pagado la tasa correspondiente para la expedición de la licencia, modelo 790, pulse aquí para descargarlo.
    • Documentos que justifiquen la necesidad de la licencia.

    Documentación a presentar para la licencia tipo C (los mismos que para la licencia B y además):

    • Certificado o informe de su superior jerárquico o de la empresa, entidad u organismo en que preste sus servicios, en el que se haga constar que tiene asignado el cometido para el que solicita la licencia, y localidad donde lo ha de desempeñar.
    • Fotocopia del documento acreditativo de la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad.
    • En el caso de solicitar la licencia tipo C por primera vez:
      • Declaración del solicitante, con la conformidad del jefe, autoridad o superior de quien inmediatamente dependa, de no hallarse sujeto a procedimiento penal o a procedimiento disciplinario.
      • Carta de solicitud para tomar parte en las pruebas para la obtención de la licencia de armas tipo C.

    Documentación a presentar para la licencia tipo D (los mismos que para la licencia B y además):

    • Acreditar la dedicación al deporte cinegético o fotocopia de la licencia de caza.
    • Declaración jurada de la guarda de las armas en caja fuerte.
    • En el caso de solicitar la licencia tipo D por primera vez:
      • Certificado de haber superado las pruebas de capacitación para la obtención de la licencia de armas.

    Documentación a presentar para la licencia tipo E (los mismos que para la licencia B y además):

    • Acreditar la dedicación al deporte de la caza o fotocopia de la licencia de caza.
    • En el caso de solicitar la licencia tipo E por primera vez:
      • Certificado de haber superado las pruebas de capacitación para la obtención de la licencia de armas.

    Documentación a presentar para la licencia tipo F (los mismos que para la licencia B y además):

    • Certificado de la Federación o Delegación de Tiro Olímpico en el que conste su condición de tirador y categoría que ostenta.
    • Fotocopia de la licencia federativa de la Federación a que corresponda, en vigor.
    • Declaración jurada de guardar las armas y piezas fundamentales en caja fuerte.
    • En el caso de solicitar la licencia tipo F por primera vez:
      • Certificado de haber superado las pruebas de capacitación para la obtención de la licencia de armas.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Validez de las licencias:

    Licencias tipo B y F: 3 años

    Licencias tipo C: renovación de fotografía cada 5 años

    Licencias tipo D y E: 5 años

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Documento nominal y de obligada tenencia para la práctica de la caza dentro del territorio de Catalunya.

    Existen dos modalidades:

    • Caza con armas de fuego o asimilables.
    • Caza sin armas de fuego o assimilables.
    • Por tener jaurías.

    Para cazar, aparte de la licencia, hay que tener un permiso del titular del terreno en el caso de practicar la caza en las Áreas privadas de caza. También hay que tener un permiso específico para cazar en las Reservas nacionales de caza o en las Zonas de caza controlada.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar la licencia de caza.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Las licencias de caza de menores de 18 años y las de extranjeros que no tengan NIE deben solicitar presencialmente ante los Servicios Territoriales de Agricultura, Ramaderia, Pesca y Alimentación en Barcelona, puede descargarse el formulario de presentación en el siguiente enlace

    Para el resto de supuestos puede tramitarse por internet a través de la página web de la Generalitat de Cataluña.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Toda persona mayor de catorce años, si es menor de dieciocho años debe tener una autorización paterna.

    Documentación

    Documentación a presentar en todos los casos:

    • Impreso de solicitud
    • Fotocopia DNI del solicitante
    • En caso de la licencia con armas de fuego o asimilables deberá disponer de seguro de responsabilidad civil.

    Personas menores de edad:

    • DNI/NIF/NIE o Passaporte del padre, madre o tutor/a legal del menor.
    • Autorización para que el menor obtenga la licencia, firmada por el padre, madre o tutor/a legal.
    • Seguro de responsabilidad civil de cazador a nombre del menor.

    Documentación para extranjeros sin NIE:

    • Pasaporte

    • Seguro de responsabilidad civil de cazador.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    La licencia tiene validez por un año.

    Precio

      Tasas 2015:

      Licencia tipo A: Caza con armas de fuego y asimilables por un año: 27,10 euros

      • Licencia tipo JA: Caza con armas de fuego para mayores de 65 años: gratuita
      • Licencia tipo AT: Caza con armas de fuego y asimilables durante 15 días seguidos. 12,60 euros
      • Licencia tipo A3: Caza con armas de fuego y asimilables durante 3 años seguidos: 73,50 euros
      • Licencia tipo A5: Caza con armas de fuego y asimilables durante 5 años seguidos: 122,35 euros

      Licencia tipo B: Caza con otros procedimientos autorizados por un año: 13,60 euros

      • Licencia tipo JB: Caza sin armas de fuego para mayores de 65 años: gratuita

      Licencia tipo C: Para tener jaurías por un año: 50,30 euros

      Licencia tipo F: Captura en vivo pájaros fringílidos en Cataluña: 12,00 euros

      • Por cada anilla otorgada se sumará a la tasa de autorización 0,16 euros
      • Licencia tipo JF: Captura en vivo pájaros fringílidos en Cataluña para mayores de 65 años: gratuita

      Si se realiza el trámite por internet se aplica una bonificación del 10%.

    Organismo responsable

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