Ayuntamiento de Barcelona

  • Autorización para entrar en un país en los términos que se expresen.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Deben dirigirse al consulado o embajada del país que se desee visitar.

    También se puede buscar información en la página web del Miniserio de Asuntos Exteriores y Cooperación http://www.mae.es

    Documentación

    La documentación varía según el pais.

    Fechas

    Debe solicitarse con la suficiente antelación a la fecha del viaje.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • El derecho de superficie es una modalidad que el Ayuntamiento de Barcelona ha impulsado para facilitar el acceso a viviendas de protección oficial.

    Cuando se accede a una vivienda con Derecho a Superficie, se compra la vivienda por 75 años, aunque el suelo continua en manos de la administración. Transcurrido este período, la propiedad de la vivienda pasa a manos del Ayuntamiento.

    En el momento de adquirir el vivienda con Derecho a superficie deberá pagar una entrada y el IVA. Las cuotas mensuales se pagarán durante los primeros 30 años con un préstamo hipotecario (cuotas similares a un alquiler protegido). Cuando se acaba la amortización no habrá más pagos. Las cuotas dependerán de la superficie de la vivienda (de entre 40 y 88 m2) y de los ingresos del solicitante y se revisan según el tipo de interés del Plan de Vivienda

    ¿Qué puede hacer?

    Puede optar a una vivienda con derecho de superficie.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Para poder acceder deberá inscribirse en el Registro de solicitantes de vivienda protegida de Barcelona, indicando la opción correspondiente, a través del teléfono de información y trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

    Después

    En primer lugar todas la viviendas serán adjudicadas por el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial de Barcelona, a través de los procedimientos de adjudicación, tanto por sorteo como por baremación.

    De acuerdo con lo que se establece en el reglamento del Registro, una vez finalizado el procedimiento de adjudicación y agotados tanto las listas de favorecidos como las de reserva, las viviendas que queden vacantes (es decir, que no se hayan adjudicado) pasarán al promotor que hará la comercialización directamente siempre que las personas que lo soliciten consten inscritas en el Registro. Las personas interesadas en estas viviendas deberán dirigirse directamente al promotor que corresponda a cada promoción:

    • Para la ciudad de Barcelona pueden consultar aquí.
    • Para el área metropolitana pueden consultar aquí.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Las personas individuales y unidades de convivencia que cumplan los requisitos que establece el Reglamento de solicitantes de viviendas con protección oficial de Barcelona.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Cuando se hace una convocatoria de adjudicación se publican al mismo tiempo las bases de la convocatoria y el listado provisional de personas admitidas por esta tipología de viviendas, en base a su inscripción en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección de Barcelona.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Viviendas de protección oficial de alquiler destinadas a personas mayores, con servicios adaptados a sus necesidades respecto a la movilidad, accesibilidad y pagando un canon adaptado a los ingresos de cada usuario y con servicios (sanitarios, alimentación, etc), que en un momento determinado puedan necesitar en función de su situación y autonomía personal.

    Superficie de unos 40 m2, constan de un dormitorio, una sala de estar, una cocina y un baño adaptado. Tienen, también, diferentes espacios comunitarios como salas polivalentes, espacios, exteriores i/o soláriums.

    • Servicio de conserjeria.

    • Servicio de soporte social, mediante la figura de un profesional en trabajo social.
    • Servicio de soporte personal, mediante la figura de un profesional de trabajo familiar o auxiliar de geriatría.
    • Servicio de limpieza de espacios comunes y de los apartamentos.
    • Servicio de teleasistencía.

    Además:

    • Luz de emergencia para que el arrendatario se pueda orientar en caso de fallo del suministro eléctrico.
    • Alarma centralizada en el baño y en el dormitorio, que permite avisar en caso de accidente.
    • Cocinas equipadas con placas eléctricas.
    • Enchufes situados a una altura cómoda para evitar esfuerzos innecesarios.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Para acceder, deberá inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial de Barcelona, indicando la opción correspondiente, a través del teléfono de información y trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Quién lo puede pedir?

    • Personas a partir de 65 años.
    • Unidades familiares o de convivencia máximas de 2 miembros.
    • El precio del alquiler máximo será el que se fije en la calificación definitiva. La renta inicial será¡ la que determine la normativa vigente y se podrá¡ actualizar anualmente, en función de las variaciones del IPC.
    • Ingresos familiares máximos: Deberá¡ acreditar que los ingresos familiares anuales no superen los establecidos en la normativa aplicable. Los ingresos de la unidad de convivencia serán ponderados según el IPREM i la de acuerdo con lo que publica la Generalitat de Catalunya.
    • Ingresos familiares máximos: Los ingresos familiares máximos se establecen en las convocatorias específicas.
    • Residir y estar empadronado en Barcelona. Debe residir de manera continuada, durante el plazo que establezca cada convocatoria especifica. La residencia y el empadronamiento deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de las solicitudes. Además, los solicitantes que no tengan nacionalidad española o de un país de la Unión Europea deberán acreditar estar en posesión del permiso de residencia durante el plazo antes citado y en las mismas condiciones especificadas y que este vigente.
    • Los solicitantes no podrán ser titulares en pleno dominio de ninguna vivienda ni bien patrimonial, en los términos que especifica el Reglamento del Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial de Barcelona. En caso de ser titular de una vivienda no accesible y de que se trate de la residencia habitual y permanente del solicitante o el conviviente en el momento de formular la petición deberá formalizarse un documento por el que se compromete a ofrecer habitación en la Red de Mediación para el Alquiler Social (según las condiciones especificadas en el Decreto 244/2005, de 8 de Noviembre, o la normativa que lo sustituya).
    • Los contratos de alquiler se regirán por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y por la normativa de viviendas de protección oficial y, se formalizarán por un plazo de 5 años renovables, hasta el plazo máximo de duración del período previsto en la calificación definitiva, siempre que se mantengan las condiciones necesarias para acceder a una vivienda del mismo tipo.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Cuando se hace una convocatoria de adjudicación se publican al mismo tiempo las bases de la convocatoria y el listado provisional de personas admitidas por esta tipología de viviendas, en base a su inscripción en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección de Barcelona.

    Precio

      Trámite gratuito

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El volante de convivencia demuestra dónde y con quién está empadronada una persona en Barcelona.

    Hay dos tipos de volantes:

    • Volante de convivencia actual: consta con quién está empadronada una persona en un domicilio de Barcelona el día que se pide el volante.
    • Volante de convivencia padrón 1996: consta con quién ha estado empadronada una persone en un domicilio de Barcelona des de el 1 de mayo de 1996. Este trámite no permite demostrar el tiempo de convivencia antes de esta fecha.

    Si se necesitan datos más antiguos, se debe perdir un certificado de empadronamiento. Para más información, hay que consultar el trámite Certificado de empadronamiento.

    Atención

    Se informa de que, si se encuentra en uno de los casos siguientes, tiene que pedir un Certificado histórico de empadronamiento:

    • Necesita demostrar la convivencia en un domicilio donde hoy no está empadronado.

    ¿Qué puedes hacer?

    • Si tiene certificado digital o es usuario de Nivel 2 de la web del Ayuntamiento de Barcelona, por internet obtendrá directamente el volante de convivencia. Si necesita imprimir una copia en papel, puede hacerlo desde cualquier impresora.

  • El volante de convivencia demuestra dónde y con quién está empadronada una persona en Barcelona.

    Hay dos tipos de volantes:

    • Volante de convivencia actual: consta con quién está empadronada una persona en un domicilio de Barcelona el día que se pide el volante.
    • Volante de convivencia padrón 1996: consta con quién ha estado empadronada una persona en un domicilio de Barcelona desde el 1 de mayo de 1996. Este trámite no permite demostrar el tiempo de convivencia antes de esta fecha.

    Ha de tener en cuenta que deberá solicitar un Certificado histórico de empadronamiento en estos casos:

    • Si necesita hacer constar datos anteriores a 1996.
    • Si necesita demostrar la convivencia en un domicilio donde hoy no está empadronado.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede imprimir el volante de convivencia.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede iniciar este trámite si dispone de:

    -Certificado digital: consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal de trámites.

    -Identidad Digital Móvil del Ayuntamiento de Barcelona (mobileID) de nivel acreditado.

    1. Escoja el tipo de certificado y será redirigido a su Carpeta del Ciudadano.

    Después

    • Acceda a su carpeta para imprimir el volante.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona mayor de 18 años puede pedir su volante de convivencia.

    Documentación

    No hay que aportar documentación.

    Fechas

    El plazo de validez del volante de convivencia lo establece la administración que lo solicita y empieza a contar desde su fecha de expedición.

    Precio

      Tràmite gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Justificante emitido por el Ayuntamiento de Barcelona que acredita el empadronamiento de una persona tal como consta actualmente en el Padrón municipal de habitantes de Barcelona.

    Le informamos que, si se encuentra en uno de los siguientes casos, debe pedir un certificado histórico de empadronamiento.

    • Necesita demostrar que ha estado empadronado en un domicilio donde hoy ya no lo está.
    • Necesita demostrar que, con anterioridad al 1 de mayo de 1996, consta en el domicilio donde hoy está empadronado.

    ¿Qué puede hacer?

    Podrá imprimir el volante de residencia.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede iniciar este trámite si dispone de:

    -Certificado digital: consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal de trámites.

    -Identidad Digital Móvil del Ayuntamiento de Barcelona (mobileID) de nivel acreditado

    1. Escoja el tipo de certificado y será redirigido a su Carpeta del Ciudadano.

    Después

    • Acceda a su carpeta para imprimir el volante.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona mayor de 18 años puede pedir su volante de residencia.

    Documentación

    No hay que aportar documentación.

    Fechas

    El plazo de validez de este documento depende de la administración que lo solicita, y comienza a contar desde la fecha de expedición.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El Programa de Refuerzo Escolar del Centro de Servicios Sociales Nova Esquerra Eixample pretende prevenir el fracaso escolar, mejorar la integración conjunta entre la escuela y los servicios sociales y dar soporte en la educación de los hijos.P

    Para llevar a cabo el Proyecto busca voluntarios que quieran participar en él.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Las personas voluntarias en participar en éste proyecto deben llamar al Centro de Servicios Sociales Nova Esquerra Eixample y facilitar nombre y apellidos y un teléfono de contacto.

    Posteriormente el Centro de Servicios Sociales se pondrá en contacto con el solicitante.

    ¿Quién lo puede pedir?

    El proyecto va dirigido a niños y ñiñas de 3º a 6º de Primaria y de 1º y 2º de ESO.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Precio

      Trámite gratuito

    Organismo responsable

  • Información para solicitar y ejercer el derecho de voto por correo, dirigido a electores que o bien por enfermedad, discapacidad o por tener previsto estar ausente el día de las elecciones no podrán desplazarse a su mesa electoral.

    Los solicitantes del voto por correo no podrán, en ningún caso, votar personalmente en su mesa electoral.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar el voto por correo.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Ir personalmente con la documentación a cualquier oficina de Correos y rellenar la solicitud. En caso de personas discapacitadas el representante debe aportar la documentación necesaria.

    Unos días después, la delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (INE) envía por correo certificado y con aviso de recibo, la documentación necesaria para realizar el voto, que deberá devolver por correo certificado urgente (gratuito).

    ¿Quién lo puede pedir?

    • Electores que por enfermedad, discapacidad o por que tienen previsto estar ausentes el día de las elecciones, no podrán ir a su mesa electoral.
    • Un representante con autorización notarial.

    Documentación

    Para hacer la solicitud de voto por correo:

    • Documentación de identidad: DNI, pasaporte o carné de conducir.

    En caso de personas enfermas o incapacitadas que no puedan desplazarse, podrán autorizar a una persona mediante acta notarial que deberá presentar junto a un certificado médico oficial de la persona a la que representa.

    Documentación que envía la Oficina del Censo:

    • Hoja informativa
    • Certificado de inscripción al censo
    • Papeletas y sobres de votación
    • Sobre dirigido a la mesa electoral correspondiente.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Solicitud de documentación: del 3 de mayo al 16 de junio de 2016

    Envio de documentación de voto por parte de la Oficina del Censo: del 6 al 19 de junio de 2016

    Remisión del voto por correo: hasta el 22 de juny de 2016

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Información de solicitud para ejercer el derecho de voto en las elecciones, dirigido a los electores que residen en el extranjero o que se encuentran temporalmente en el extranjero.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar el voto por correo desde el extranjero.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Residentes en el extranjero:

    • La Oficina del Censo Electoral enviará de oficio, a su país de residencia toda la documentación para hacer el voto por correo
    • Unos días más tarde, la Oficina del Censo Electoral envía una carta con la documentación necesaria para emitir el voto, acompañada de una nota explicativa.
    • Una vez se dispone de la documentación, se debe enviar, por correo certificado a la oficina correspondiente.

    • Puede solicitarse por internet, con y sin certificado digital, a través de la web https://sede.ine.gob.es accediendo al apartado Solicitud de voto CERA (Censo de Electores Residentes Ausentes)

    Residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero:

    • Ir al Consulado o Embajada española, y hacer la petición de voto por correo.
    • La Oficina del Censo Electoral recibirá la petición y enviará al interesado, por correo certificado a la dirección que haya comunicado, la documentación necesaria para votar.
    • El elector hará llegar a su mesa electoral, por correo certificado, su voto.

    ¿Quién lo puede pedir?

    • Electores residentes en el extranjero.
    • Electores residentes en Espanya que se encuentran temporalmente en el extranjero, que figuren en el registro consular como no residentes.

    Documentación

    Para solicitar el voto por correo:

    • Fotocopia del DNI o pasaporte.

    La documentació que envia de oficio la Oficina del Censo Electoral, para emitir el voto por correo:

    • Certificado de inscripción en el censo.
    • Papeletas y sobres de votación.
    • Sobre con la dirección de la Junta Electoral Provincial.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Elecciones a las Cortes Generales de 26 de junio de 2016

    Electores residentes en el extranjero

    Electores temporalmente en el extranjero

    Solicitud de voto en la oficina del censodel 3 al 6 de juniodel 3 al 28 de mayo

    Envio documentación SIN IMPUGNACIÓN CANDIDATOS

    hasta el 6 de juniohasta el 6 de junio
    Envio documentación CON IMPUGNACIÓN CANDIDATOShasta el 14 de juniohasta el 14 de junio

    Remisión del voto por correu certificado

    hasta el 21 de juniohasta el 22 de junio

    Voto presencial en el extranjero

    22, 23 y 24 de junio

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Premio convocado por el Ayuntamiento de Barcelona dirigido a promover iniciativas que contribuyan a apoyar y a dar visibilidad a los procesos y prácticas de empoderamiento de las mujeres de la ciudad, en toda su diversidad.

    Se podrán presentar proyectos que tengan como objetivos:

    • Impulsar accionesque pongan de manifiesto el valor de la voz y la experiencia de las mujeres, en toda su diversidad, y que permitan buscar estrategias compartidas para la transformación social y política.
    • Facilitar la toma de conciencia individual y colectiva ante las múltiples situaciones de desigualdad, que afectan a las mujeres, en relación al género, la orientación sexual. la classe social, la edad, la religión, el origen nacional y/o étnico, la diversidad funcional etc
    • Promover, compartir y poner en común estratégias de empoderamiento para favorecer la participación y autoorganización política de las mujeres a través del trabajo colaborativo y redes de solidaridad.
    • Dar visibilidad y reconocimiento a la diversidad de procesos y prácticas colectivas de solidaridad impulsadas por grupos y movimientos de mjueres, tanto en la actualidad, como a lo largo de la historia.
    • Impulsar la capacitación, formación y creación cultural y de pensamiento, como instrumento para alcanzar mayores cotas de autonomia y libertad personal de las mujeres de la ciudad, en su divesidad.

    Los proyectos deberan concretarse en:

    Proyectos de aplicación práctica a escals de distrito y de ciudad

    Acciones que tengan en cuenta la diversidad de las mujeres de la ciudad y las desigualdades múltiples, que promuevan prácticas colaborativas y el trabajo en red; que promuevan y/o reconozcan el empoderamiento individual y/o colectivo y que tengan en cuenta la realidad de los diferentes barrios de la ciudad y de los diferentes colectivos.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede presentar la solicitud en el registro de cualquiera de las oficinas de atención al ciudadano de los distritos.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Las bases estan disponibles en el Centro de Información y Recursos para las Mujeres, y en internet en el web del Ayuntamiento de Barcelona www.bcn.cat/dones. También puede descargarse aquí la solicitud.

    La solicitud se presentará en cualquier registro del Ayuntamiento acompañada de la documentación.

    Los proyectos presentados deberán respetar los criterios de accesibilidad que sigue el Ayuntamiento de Barcelona.

    En el proceso de valoración de los proyectos el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:

    • Grado de adecuación a los objetivos de la convocatoria.
    • Viabilidad económica y técnica de la propuesta efectuada.
    • Aplicación de la perspectiva de género.
    • Replicabilidad
    • Innovación y originalidad
    • Sostenibilidad temporal de la actuación realizada.
    • Trabajo en red.
    • Pensado y diseñado por parte de mujeres o de equipos paritarios.

    Los proyectos y trabajos realizados con el apoyo de las ayudas de esta convocatoria seran propiedad de las personas autoras o realizadoras, las cuales tendrán que hacer constar la colaboración del Ayuntamiento de Barcelona en cualquier difusión o publicación del proyecto.

    El Ayuntamiento de Barcelona se reserva el derecho de publicar totalmente o parcialmente los proyectos y avisará previamente a las autoras sobre el ejercicio de este derecho.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Personas, grupos, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de la ciudad de Barcelona.

    En el caso de asociaciones o entidades deberan tener su sede en la ciudad de Barcelona.

    En el caso de grupos integrados únicamente por personas físicas, la persona representante del grupo deberá estar empadronada en Barcelona.

    Documentación

    • Fotocopia del DNI/NIF de la persona solicitante
    • Currículum de los grupos, asociaciones o entidades que presenten el proyecto. En el caso de asociaciones y entidades legalmente constituidas, será necesario aportar copia de los estatutos.
    • Descripción del proyecto (que no sobrepase quince páginas y en formato arial 12).
    • En el proyecto debe constar:
      • Título
      • Autoras/autores
      • Temática tratada.
      • Ámbito territorial
      • Objetivos
      • Población a quien va dirigido o se quiere beneficiar
      • Organización para llevar a cabo la acción propuesta
      • Plan de trabajo y calendario.
      • Instrumentos para valorar la consecución de los objetivos: indicadores
      • Previsión de los aspectos económicos:
        • Presupuesto marco para su realización
        • Descripción de la aportación del grupo promotor de la iniciativa
        • Otros fondos de financiación
      • Un resumen del proyecto, de extensión máxima de una hoja en formato digital (arial 12), que incluya: título, autor o autores, temática, población a quien va dirigido, objetivos y las principales acciones.

    El proyecto y el resumen se presentarán en papel y en soporte digital.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Convocatoria anual.

    Año 2016:

    • Presentación de solicitudes: del 6 al 15 de febrero.
    • Acto de entrega de premios: será alrededor del 5 de marzo. la fecha, hora y lugar se anunciaran oportunamente y se podrán consultar en la web: www.bcn.cat/dones

    Precio

      La dotación del premio es:

      • Premio de 15.000 euros al mejor proyecto según decisión del jurado
      • Premio de 1.000 euros al mejor proyecto según decisión del público asistente al acto de entrega del premio.

    Organismo responsable

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.