Ayuntamiento de Barcelona

  • El trámite permite solicitar la reducción en el tipo impositivo del IVA, pasando del 21% al 4%, en la adquisición de un vehículo para transportar personas con discapacidad (en silla de ruedas o movilidad reducida).

    En este enlace podrá encontrar información complementaria de interés.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar la reducción del IVA en la adquisición de vehículos para transportar personas con dicapacidad.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    La solicitud se puede hacer de manera presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, rellenando el impreso modelo y adjuntando la documentación correspondiente.

    También se puede hacer por medio del web de la Agencia Tributaria, con certificado digital.

    ¿Quién lo puede pedir?

    • Personas que adquieren vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad (en silla de ruedas o con mobilidad reducida).
    • Si no es la primera vez que el solicitante se acoge a esta reducción, tienen que haber pasado cuatro años desde la anterior (a no ser que el vehículo adquirido entonces esté de baja definitiva).

    Documentación

    • Junto con la solicitud se deberá acompañar la documentación que acredite que el destino del vehículo es el transporte habitual de la persona con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    • Hay que presentar la solicitud antes de adquirir el vehículo.
    • El plazo de resolucion es de 6 meses.

    Precio

      • Trámite gratuïto

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • El trámite permite solicitar la reducción en el pago de este precio público a los titulares de actividades profesionales, clasificados como productores mínimos -con superficie de actividad igual o inferior a 25m2-, que desarrollan su actividad profesional en su domicilio de empadronamiento, a título individual y sin personal dependiente.
    Los profesionales que no reúnan las condiciones necesarias para solicitar la reducción de la tasa, deberán realizar el trámite "Autoliquidación del precio público de recogida de residuos comerciales e industriales para generadores mínimos, pequeños, medianos e importantes".

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar la redución del pago del precio público si es productor mínimo de residuos y cumple con los requisitos que establece la normativa fiscal reguladora.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    • Para efectuar la tramitación es necesario concertar cita previa accediendo al trámite Cita con el Ayuntamiento de Barcelona.

      El día de la cita, diríjase a las Oficinas de Atención Ciudadana y presente el impreso de declaración de alta de producción de residuos y el resto de documentación necesaria.

      Si prefiere evitar desplazamientos puede enviar la documentación, por correo certificado, a las dependencias del Instituto Municipal de Hacienda.

    Después

    • El Instituto Municipal de Hacienda verificará que la documentación presentada cumple con las condiciones requeridas y le incluirá en el censo del precio público de recogida de residuos, aplicando una reducción íntegra del importe a pagar.
    • En el caso de no reunir las condiciones necesarias para obtener la reducción, el Instituto Municipal de Hacienda le incluirá en el censo del precio público de recogida de residuos y le hará llegar la liquidación de la tasa a pagar.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Para solicitar la reducción deberá acreditar, íntegramente, los siguientes requisitos:

    • Actividades desarrolladas por profesionales, en una superficie igual o inferior a 25m2.
    • La actividad se desarrolla en el mismo domicilio donde consta empadronado el profesional.
    • La actividad se desarrolla a título individual y sin personal dependiente.

    Puede realizar el trámite:

    • La persona titular de la actividad generadora de residuos.
    • La persona que la represente, debidamente autorizada.

    Documentación

    En todos los casos será necesario aportar la documentación siguiente:

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    La solicitud se ha de efectuar durante el mes siguiente a la fecha de inicio de la actividad o del inicio de la utilización del servicio.

    Precio

      El trámite es gratuito.

      La reducción es del 100% del importe de la tasa a pagar.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Las motocicletas y ciclomotores a los que se les añadan accesorios o se les hagan reformas tendrán que pasar la correspondiente ITV.

    Los accesorios que no necesitan pasar la inspección son todos aquellos accesorios homologados y que respeten el ancho y alto máximo que marca la moto. Cumpliendo estas características NO necesitarán pasar la correspondiente ITV aquellos accesorios desmontables que incluyan el anclaje original del fabricante, tales como maletas, alforjas o portaequipajes. Tampoco se considerarán reformas los puños con calefactor, los interruptores para sistemas de alarma, los topes para evitar caídas y los elementos decorativos que cumplan las normas comentadas anteriormente. Las mamparas de protección que no sobrepasen la altura o anchura máxima del vehículo también podrán ser instaladas sin necesidad de otros requisitos.

    Las reformas de importancia de las que SI hay que pasar la correspondiente ITV son

    • Carrocería: carenado, parabrisas y mamparas que sobrepasen las dimensiones del vehículo
    • Sistema de escape: Instalación de silenciadores, catalizadores o tramos de salida, por ejemplo. El cambio de un silenciador por otro homologado de características similares no se considerará reforma de importancia.
    • Modificaciones en la potencia del vehículo: Todas las reformas que impliquen modificación de potencia que implique cambios en el recorrido del acelerador o a la programación de la centralita.
    • Suspensión: En caso de modificar la estructura básica del bastidor.
    • Asientos: Los que afecten al número de plazas de la motocicleta.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar una inspección técnica del vehículo en caso de haber realizado una reforma importante de la motocicleta o ciclomotor.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Dirigirse a una estación de ITV con el certificado del fabricante o importador del taller para que modifiquen la ficha técnica.

    El horario para este trámite es de lunes a viernes de 9 a 13 horas (no es necesario solicitar cita previa).

    Después

    Una vez pasada la Inspecicón Técnica del Vehículo obtendrá la ficha de características técnicas correspondiente.

    ¿Quién lo puede pedir?

    El titular del vehículo.

    Documentación

    • Ficha técnica del vehículo.
    • Certificado del fabricante o del importador.
    • Certificado del taller mecánico.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Puede solicitarse en cualquier momento.

    Precio

      • 41,55 euros

    Organismo responsable

  • Gaudir Més es un registro cultural y gratuito dirigido a las personas enamoradas de Barcelona que quieren disfrutar mas a fondo de la ciudad.

    El registro permite:

    • Recibir periódicamente un boletín electrónico con propuestas culturales diversas.
    • Obtener una entrada diaria para visitar gratis la zona monumental del Park Güell.
    • Obtener una entrada diaria para accedir gratis al Castillo de Montjuïc.
    • Obtener descuentos de entre un 10% y un 100% en diferentes museos de la ciudad: El Born Centro Cultural, MUHBA, Museo de Ciencias Naturales (Museo Blau y Jardín Botánico), Museo de Culturas del Mundo, Museo del Diseño, Museo Etnológico, Museo Frederic Marès, Museo de la Música, Real Monasterio de Santa M. de Pedralbes, la torre de Collserola, el teleférico de Montjuïc, tiqué del Tibidabo, tiqué TibiZoo, tiqué del Zoo y altas al Zooclub.

    Para obtener más información sobre las ventajas de Gaudir Més se puede consultar el web lameva.barcelona.cat/barcelovers

    La inscripción en este registro se puede pedir en las oficinas de atención ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona. Para registrarse es necesario concertar cita previa.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede dirigirse a cualquiera de las oficinas de atención ciudadana con cita previa, para registrarse.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    • Diríjase a cualquiera de las oficinas de atención ciudadana con cita previa. Puede solicitar la cita llamando al 010, Teléfono de Información y Trámites o bien de manera telemática accediendo al trámite Cita con el Ayuntamiento de Barcelona.

      El día de la cita deberá facilitar nombre, apellidos, DNI, NIE o pasaporte, la huella dactilar, un teléfono de contacto, correo electrónico, población de residencia y país de origen.

      Una vez finalizada el alta, le entregaran un documento impreso con todos los datos facilitados de su registro.

    Después

    • Pasados unos siete días recibirá un correo de bienvenida en la dirección de correo electrónico facilitado. En este correo encontrará el nombre de usuario y la contraseña para acceder a su zona de usuario del web.
    • A partir de este momento podrá retirar una entrada gratuita diaria para acceder a la zona monumental del Park Güell o para visitar el Castillo de Montjuïc. También obtendrá descuentos en otros museos y equipamientos de la ciudad.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona que esté interesada y sea mayor de 14 años.

    Padres, madres o tutores legales para los menores de 14 años.

    Documentación

    Documento de identidad (uno de los siguientes documentos)

    • NIF
    • Targeta del NIE con foto
    • Pasaporte
    • Carnet de conducir
    • Documento de identidad del país de origen, en caso de ciudadanos de la Unión Europea, del espacio económico europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) o Suiza.

    Libro de familia para acreditar la filiación en caso de menores de 14 años o certificado de nacimiento.

    Los documentos se aceptan en los idiomas oficiales: catalán y castellano. En caso contrario deberán aportar fotocopia compulsada del original y la traducción realizada por el consulado o un traductor jurado.

    En el caso de personas que quieran inscribir a un menor de edad en su registro también deberan aportar la autorización firmada del padre, madre o tutor legal, además del libro de familia donde está inscrito el menor y fotocopia del dni de la persona que autoriza.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    La inscripción en el registro tiene una validez de 4 años.

    Un mes antes de su caducidad se enviará un correo electrónico al titular indicando que debe renovar la inscripción.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Obligatoriedad de registrar cualquier documento que tenga difusión, independientemente de su contenido y soporte (impreso, sonoro, audiovisual, electrónico, etc.)

    Son objeto de depósito legal todos los escritos, imágenes y composiciones musicales producidos en Cataluña destinados a difusión: libros, folletos, hojas, impresos, anuarios, revistas, diarios, partituras musicales, grabados, estampas, cromos, anuncios artísticos, mapas, planos, carteles, postales, diapositivas, naipes, grabaciones sonoras (cassetes, discos, CD), videos, DVD, producciones cinematográficas, CD-ROM, disquetes y páginas web (en formato disquete o CD-ROM).

    Quedan excluidos los impresos de carácter social o particular (invitaciones, carné de identidad, títulos, diplomas...), sellos de correos, impresos de oficina, publicaciones de órdenes religiosas hechas para uso interno.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Para poder obtener números de depósito legal, hay que darse de alta en la Oficina de depósito legal.

    Después de darse de alta, la oficina facilita un número de código con el que pueden solicitarse números de depósito legal a través de los siguientes canales:

    Dirigiendose a la oficina del depósito legal y rellenando la solicitud.

    Llamando por teléfono a la oficina y facilitando el código.

    También puede solicitarse a través de la página web de la Biblioteca de Cataluña). En este caso, es necesario disponer de una contraseña que proporciona la oficina del depósito legal.

    Una vez acabada la obra, y antes de su distribución o venta, es necesario constituir el depósito de ejemplares. el número de ejemplares varia según el tipo de obra. Para más información debe consultarse la Oficina del Depósito Legal.

    Los ejemplares recogidos por el Depósito Legal se envian a la Biblioteca de Cataluña, a la Biblioteca Pública de la província donde radica el impresor o el productor en el caso de material audiovisual y a la Biblioteca Nacional en Madrid.

    El Depósito Legal asigna un número de identificación exclusivo para cada documento, que es obligatorio para poner en circulación una obra.

    ¿Quién lo puede pedir?

    • Para las obras impresas: el impresor, el editor o el autor cuando éste edita sin impresor o editor comercial.

    • Para las obras sonoras, cinematográficas, electrónicas, etc:el productor, el duplicador, el fabricante o el editor.

    Documentación

    Para darse de alta en la Oficina del Depósito Legal hay que presentar la documentación siguiente:

    Editoriales:

    • Modelo 036 de Declaración censal o recibo de pago del IAE
    • Tarjeta comercial donde figure la dirección completa
    • NIF de la empresa o entidad

    Entidades y associaciones:

    • Documento que demuestre la inscripción en el Registro de associaciones de la Generalitat de Cataluña
    • Documento donde conste la dirección completa de la entidad
    • NIF de la entidad
    • Nombre de la persona responsable de la empresa y nombre de la persona que se hará cargo del depósito legal (persona de contacto).

    Personas físicas:

    • DNI
    • Datos veraces de dirección, teléfono y correo electrónico

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Antes de la impresión de la obra.

    Organismo responsable

  • El Instituto Catalán del Suelo (INCASOL) tiene la competencia de recaptación y deósito de las fianzas de los contratos de alquiler de Cataluña correspondientes a fincas urbanas destinadas a locales y viviendas y su posterior devolución.
    La fianza de los contratos deberá depositarse en el plazo de 2 meses, a contar desde la formaliación de este, en el INCASOL, mediente entidades gestoras (cámaras de la propiedad urbana o financieras).

    También se depositarán en el INCASOL las fianzas que las empresas de suminitro y servicio exigen a los abonados para la formalización de los contratos que afectan a fincas urbanas.
    Los rendimientos de los depósitos serán para inversiones destinadas al fomento de la vivienda y a la mejora del entorno urbano.

    El importe de la fianza de arrendamientos urbanos será de 1 mensualidad de la renta en el caso de viviendas y de 2 mensualidades para otros usos.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede registrar el contrato y realizar el ingreso de la fianza ante la Administración.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    La inscripción de los contratos de alquiler en el registro es obligatoria para el arrendador y se lleva a cabo de oficio por la administración cuando se efectua el preceptivo depósito de fianzas.

    Así mismo, cuando se extingue el contrato, debe solicitarse la cancelación en el registro y tiene lugar de oficio en el momento de la devolución de la fianza.

    Las partes contratantes podrán tener acceso a los datos contenidos en el registro, respecto a la existencia o las condiciones del contrato o del depósito de la fianza.

    Puede realizarlo por internet rellenando el formulario que encontrará en el siguiente enlace o bien puede hacerlo presencialmente ante el Institut Català del Sòl.

    ¿Quién lo puede pedir?

    El propietario o el inquilino con el contrato hecho.

    Documentación

    • Impreso de solicitud
    • Fotocopia del contrato de alquiler con las clausulas
    • Fotocopia de los DNI/CIF/NIE de las partes del contrato
    • Certificación de eficiencia energética del edificio

    Realizado el ingreso, la entidad receptora devolverá el orignal sellado al portador y el resto de la documentación será enviada al Registro de Fianzas del INCASOL para la inscripción. Posteriormente, el Area de Finanzas notificará el número de registro de la fianza y del contrato o bien cualquier incidencia que pudiese impedir la inscripción para poder realizar la subsanación.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    • Hay un plazo máximo de 2 meses a partir de la firma del contrato.

    Precio

      • Debe dejar una fianza igual al importe de una mensualidad del precio fijado en el contrato de alquiler en el caso de viviendas y de dos mensualidades en el caso de locales.

      • Este importe será devuelto cuando se rescinda el contrato.

    Organismo responsable

  • Registro en Internet del nombre que las personas jurídicas o físicas tienen en la red.

    El dominio está formado por dos partes:

    • la primera corresponde a un nombre.
    • la segunda representa la actividad o la procedencia territorial.

    Hay dos clases de dominios:

    Dominios Genéricos:

    • .com: para usos empresariales y comerciales
    • .org: para organizaciones
    • .net: para empresas relacionadas con la informática
    • .cat: para institucions, entidades relacionadas con la promoción de la lengua y cultura catalanas.
    • .barcelona: para la promoción de la ciudad de Barcelona, sean empresas, entidades o particulares. El objetivo es convertir el .barcelona en el dominio de referencia para los barceloneses y, como requisito, se establece que los contenidos web con esta extensión deben estar ligados a Barcelona o a su área de influencia.

    Este nexo con la comunidad barcelonesa puede aplicarse a múltiples actividades de diversos sectores, como el cultural, turístico, comercial o el educativo. La gestión del dominio .barcelona ha sido adjudicada, por concurso público del Ayuntamiento de Barcelona, a la Fundación puntCAT. Esta entidad, sin ánimo de lucro se encargará del cumplimiento de los requisitos por parte de los demandantes.

    Dominios Territoriales:

    • .es (dominio territorial de España): para empresas u organizaciones que quieren proteger su identidad en un país concreto, pueden ser de segundo nivel o de tercer nivel.

    Los de segundo nivel estan formados por el nombre de la empresa u organización seguido de: .es (p.ej.: www.nombreempresa.es).

    Los de tercer nivel son los acabados en: .com.es, .nom.es, .org.es, .edu.es, .gob.es, (p.ej.: www.nombreempresa.com.es).

    • .com.es: Empresas, marcas, particulares, etc.
    • .nom.es: Nombres que identifiquen a personas físicas.
    • .org.es: Organizaciones sin ánimo de lucro.
    • .edu.es: Organizaciones educativas españolas.
    • .gob.es: Administraciones públicas y organizaciones gubernamentales.

    A partir del 12 de enero de 2015 se inicia el proceso para solicitar la extención del dominio .barcelona.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede registrar el nombre de su dominio en internet.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El registro se hace online.

    Para organismos oficiales de dominios genéricos pueden dirigirse al https://www.icann.org/es.

    Para dominios territoriales de organismos oficiales pueden dirigirse a www.dominios.es donde también encontrará a sus agentes de registro.

    Para el registro .CAT pueden dirigirse a Fundació PuntCat donde también contrará a sus agentes de registro

    ¿Quién lo puede pedir?

    Para los Dominios Genéricos las normas administrativas son mínimas y cualquier persona física (española o extranjera residente legalmente en España) o jurídica puede solicitarlo.

    Para los Dominios Territoriales las empresas u organizaciones tienen que estar legalmente constituidas en España y constar en el Registro Mercantil o en la Oficina de Patentes y Marcas.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Para el dominio .BARCELONA, a partir del 12 de enero de 2016, se inicia el proceso de reserva para solicitar el dominio.

    Del 12 de enero al 21 de marzo de 2016: Fase de lanzamiento

    • Podrá reservarse el dominio y si la solicitud es aprobada podrá utilizarlo a partir del 20 de marzo. Se podrán registrar nombres con los que el solicitante pueda acreditar algún tipo de vinculación: una marca, el nombre de tu tienda, tu apellido, etc.

    A partir del 22 de marzo de 2016: Fase abierta para todos

    • Podrá registrarse el dominio y utilizarse directamente a los pocos minutos, siempre que no se hubiese registrado durante la fase de lanzamiento. El registro de nombres será libre, siempre y cuando se cumplan las condiciones de uso y no se vulneren los derechos de terceros.

    Precio

      Para el dominio .BARCELONA

      • Hasta el 20 de marzo de 2016: la cuota de lanzamiento será de aproximadamente 100 euros anuales para el período inicial.
      • A partir del 21 de marzo de 2016: el precio se reducirá a unos 40 euros anuales.

      La previsión para la renovación anual del .barcelona sea de 40 euros.

      Para el resto de dominios

      Varía en función de la entidad registradora

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Inscripción en el Registro del Ministerio del Interior de asociaciones o partidos políticos.

    La inscripción es obligatoria para su legalización.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El trámite de la solicitud se puede realizar por correo ordinario y, si se dispone de certificado digital, a través de la sede electrónica del Ministerio.

    Después

    La resolución será en el plazo de 20 días, a contar desde la fecha de presentación de la documentación completa en el Registro de Partidos Políticos.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Los promotores tienen que ser cómo mínimo tres personas físicas.

    Cualquier persona promotora del partido.

    Documentación

    Solicitud de inscripción en el registro

    Acuerdo de constitución, formalizado mediante acta notarial, que contenga:

    • Nombre de los promotores: nombre, apellidos, dni, estado civil, domicilio, profesión
    • Integrantes de los órganos directivos provisionales
    • Domicilio social
    • Estatutos

    ¿Dónde se puede hacer?

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Trámite para matricular o cambiar el nombre del titular de una moto acuática.

    Con este procedimiento se obtiene la matrícula y la licencia de navegación que se debe llevar en la moto.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Debe dirigirse a la Capitanía Marítima aportando la documentación y rellenar la solicitud, según sea el caso, que tienen en la misma Capitanía.

    La matrícula debe pintarse en un lugar visible de la moto. Sus números serán primero 6 ó 7, según se destine la embarcación para alquiler o uso particular, seguido del grupo de letras de la provincia marítima donde ha sido inscrita y finalmente el número de folio y el año de inscripción.

    ¿Quién lo puede pedir?

    El propietario de la moto acuática.

    Documentación

    En caso de matriculación:

    • Ficha características técnicas de la moto (original).
    • Factura de compra (original y fotocopia).
    • DNI del propietario (original y fotocopia).

    En caso de cambio de titular:

    • DNI del comprador y del vendedor (original y fotocopia).
    • Contrato de compra-venta (original y fotocopia).
    • Documento de matriculación o licencia de navegación, que debe tener el vendedor (original).
    • Pago de la autoliquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.

    En caso de no llevar los originales se pueden sustituir éstos por fotocopias compulsadas.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Entrada en vigor: 13 de abril de 1999

    La asignación y entrega de la licencia de navegación se hace en 15 días.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Renovación del carné del Museo Picasso mediante el pago de la cuota anual correspondiente. Existe la posibilidad de domiciliar el pago.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede domiciliar el pago anual del carné.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Para domiciliar la renovación:

    Llame al 010 Teléfono de información y tramitación.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Las personas titulares del carné, ya sea en la modalidad individual o familiar.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    La renovación del carné debe tramitarse antes que se cumpla un año desde su adquisición o última renovación. Los titulares recibiran un recordatorio por email o correo postal.

    Precio

      Año 2016:

      • Carné individual: 12 euros
      • Carné familiar: 15 euros

    Organismo responsable

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