Registro de los contratos de alquiler ante la Administración
El Instituto Catalán del Suelo (INCASOL) tiene la competencia de recaptación y deósito de las fianzas de los contratos de alquiler de Cataluña correspondientes a fincas urbanas destinadas a locales y viviendas y su posterior devolución.
La fianza de los contratos deberá depositarse en el plazo de 2 meses, a contar desde la formaliación de este, en el INCASOL, mediente entidades gestoras (cámaras de la propiedad urbana o financieras).
También se depositarán en el INCASOL las fianzas que las empresas de suminitro y servicio exigen a los abonados para la formalización de los contratos que afectan a fincas urbanas.
Los rendimientos de los depósitos serán para inversiones destinadas al fomento de la vivienda y a la mejora del entorno urbano.
El importe de la fianza de arrendamientos urbanos será de 1 mensualidad de la renta en el caso de viviendas y de 2 mensualidades para otros usos.
¿Qué puede hacer?
Puede registrar el contrato y realizar el ingreso de la fianza ante la Administración.
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
La inscripción de los contratos de alquiler en el registro es obligatoria para el arrendador y se lleva a cabo de oficio por la administración cuando se efectua el preceptivo depósito de fianzas.
Así mismo, cuando se extingue el contrato, debe solicitarse la cancelación en el registro y tiene lugar de oficio en el momento de la devolución de la fianza.
Las partes contratantes podrán tener acceso a los datos contenidos en el registro, respecto a la existencia o las condiciones del contrato o del depósito de la fianza.
Puede realizarlo por internet rellenando el formulario que encontrará en el siguiente enlace o bien puede hacerlo presencialmente ante el Institut Català del Sòl.
¿Quién lo puede pedir?
El propietario o el inquilino con el contrato hecho.
Documentación
- Impreso de solicitud
- Fotocopia del contrato de alquiler con las clausulas
- Fotocopia de los DNI/CIF/NIE de las partes del contrato
- Certificación de eficiencia energética del edificio
Realizado el ingreso, la entidad receptora devolverá el orignal sellado al portador y el resto de la documentación será enviada al Registro de Fianzas del INCASOL para la inscripción. Posteriormente, el Area de Finanzas notificará el número de registro de la fianza y del contrato o bien cualquier incidencia que pudiese impedir la inscripción para poder realizar la subsanación.
¿Dónde se puede hacer?
Fechas
- Hay un plazo máximo de 2 meses a partir de la firma del contrato.
Precio
- Debe dejar una fianza igual al importe de una mensualidad del precio fijado en el contrato de alquiler en el caso de viviendas y de dos mensualidades en el caso de locales.
- Este importe será devuelto cuando se rescinda el contrato.