Ayuntamiento de Barcelona

  • Para instalar en la vía pública grúas que pueden elevar más de 15 toneladas de peso, estacionar los vehículos que transportan los materiales para el montaje o desmontaje de un andamio o para ocupar con un vehículo parte o la totalidad de la calzada o acera de una calle al hacer una mudanza, se tiene que contar con un permiso de la Guardia Urbana.

    Si se prevé que estos trabajos pueden provocar una restricción importante del tráfico o, incluso, el corte de una calle, también hará falta pedir la intervención de agentes de la Guardia Urbana.

    Deberá tener en cuenta que:

    ¿Qué puede hacer?

    Previamente es necesario que efectúe la autoliquidación de tasas para la tramitación de solicitudes de ocupación de la vía pública (OVP) y realice su pago.

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario, adjuntar la documentación necesaria y presentar la solicitud por internet.

    Una vez presentada la solicitud por internet y, hasta que el Ayuntamiento no resuelva la concesión o denegación del permiso, puede enviar los archivos correspondientes a la documentación necesaria para el trámite, si no lo hizo en el momento de presentar la solicitud.

    Además, podrá pedir la anulación de la solicitud presentada por internet (una vez concedido el permiso o en plazo de resolución), siempre y cuando queden , como mínimo, 24 horas para la ocupación. De esta manera el trámite quedará sin efecto.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede iniciar este trámite deberá disponer de certificado digital-

    En el caso de disponer de Identidad Digital Móvil del Ayuntamiento de Barcelona (mobileID) de nivel acreditado, también podrá iniciar el trámite.

    Consulte los certificados admitidos en el Portal de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

    1. Seleccionar una opción:

      • Solicitud del permiso: para iniciar la tramitación del permiso.
      • Anexar documentos: para enviar los archivos de la documentación justificativa necesaria, si no se hizo en el momento de presentar la solicitud.
      • Petición de anulación: para pedir la anulación de una solicitud presentada por internet.

    2. Rellene el formulario y confirme los datos.

      Si el permiso requiere documentación justificativa, adjunte los archivos o ficheros con la documentación necesaria para el trámite y confirme los datos.

      Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    Después

    Una vez concedido, el permiso se envía por correo electrónico. En caso contrario recibirá la resolución correspondiente.

    El día de los trabajos deberá disponer del permiso en el lugar en que se lleven a cabo por si se lo solicitan.

    Además, si ha sido necesaria la intervención de agentes de la Guardia Urbana, también recibirá por correo postal el documento para el pago de las tasas correspondientes.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La empresa encargada de la realización de los trabajos o persona autorizada.

    Documentación

    Recuerde que si el permiso requiere documentación justificativa, deberá tenerla preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

    En todos los casos deberá aportar:

    • Copia del comprobante de la autoliquidación pagada o, si procede, copia del documento acreditativo de que la petición proviene de una administración pública para justificar la exención /no sujeción al pago de la tasa.
    • Documento con los datos y características técnicas de los vehículos que realizarán los trabajos e información sobre los trabajos a realizar.
    • Plano del lugar con determinación de la zona de ocupación.
    • En caso de ocupación de aceras de características especiales, deberá aportar informe técnico realizado por un arquitecto o técnico cualificado conforme la acera puede soportar el peso de los vehículos y de los materiales utilizados durante los trabajos.

    En caso de mudanzas deberá aportarse la documentación siguiente:

    • Póliza de seguro por un importe mínimo de 300.000 euros para cubrir cualquier desperfecto en la acera o poder responder ante un posible accidente.
    • Documentación del vehículo y de la maquinaria elevadora. Esta documentación deberá estar en el vehículo el día de la mudanza.

    Para el montaje de grúas de obra y el estacionamiento de vehículos con material para el montaje y/o desmontaje de andamios:

    • Documento o número de expediente de la licencia de obras del Distrito municipal correspondiente.

    Para la instalación de aparatos de aire acondicionado:

    • Documento o número de expediente de la licencia del Distrito municipal correspondiente (aparatos entre 2.000 y 20.000 Kcal/h)
    • Documento o número de expediente del certificado AEC aprobado por el Distrito municipal correspondiente (aparatos de más de 20.000 Kcal/h).

    Fechas

    Es necesario solicitar el permiso con una antelación mínima de 5 días laborables (de lunes a viernes).

    Precio

      -Autoliquidación de la tasa por tramitación de permiso de ocupación de espacio público (Ordenanza Fiscal núm. 3.1):

      Esta tasa, de importe 38,36 euros, es de aplicación en el momento que una persona física o jurídica solicita el trámite de ocupación de la vía pública.

      En caso de anulación o denegación de la solicitud, el importe de la autoliquidación no será devuelto.

      -Tasa por ocupación de la vía publica (Ordenanza Fiscal núm. 3.10):

      Se aplicará la fórmula de cuota tributaria que se indica al artículo 7 de dicha ordenanza. El precio variará según la superficie ocupada, el tiempo de ocupación y los coeficientes correctores que se apliquen.

      -Tasa por prestación de servicio de guardia Urbana (Ordenanza Fiscal núm. 3.8):

      Esta tasa se aplicará únicamente en caso de que la Guardia Urbana realice un servicio:

      • Por servicio, agente y hora diurna 45,39 euros
      • Por servicio, agente y hora nocturna o festiva 50,90 euros
      • Por servicio, cabo y hora diurna 54,37 euros
      • Por servicio, cabo y hora nocturna o festiva 59,73 euros
      • Por servicio, sargentos y hora diurna 57,41 euros
      • Por servicio, sargentos y hora nocturna o festiva 62,26 euros
      • Por cada servicio, motorista y hora diurna 56,74 euros
      • Por cada servicio, motorista y hora nocturna o festiva 62,09 euros
      • Por servicio, coche patrulla y 2 guardias/hora 105,52 euros

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Se tiene que pedir un permiso para hacer fotografías o filmaciones en la vía pública en caso de que haya que usar un trípode o alguna instalación de características especiales durante la realización de los trabajos audiovisuales.

    Dependiendo del tipo de ocupación se podrán obtener dos tipos de permiso:

    Autorización básica de ocupación del espacio público para filmaciones:

    • Este tipo de permiso debe solicitarse, como máximo, hasta 24 horas antes de la realización de los trabajos.
    • Los trabajos deberán realizarse entre las 8:00 y las 22:00 horas del día establecido en el permiso.
    • Se puede hacer servir un trípode como máximo.
    • Puede haber un total de 10 personas como máximo entre técnicos y actores.
    • No pueden utilizarse vehículos en la filmación o sesión fotográfica.
    • No puede cortarse el tráfico ni movilizar ningún elemento en la vía.

    Licencia de ocupación del espacio público para filmaciones:

    • En el caso de que los trabajos que deban realizarse tengan características diferentes a las expuestas anteriormente, deberá solicitarse una licencia e inscribirse en el Registro de Empresas de Filmaciones del Ayuntamiento de Barcelona.
    • La comunicación deberá efectuarse con una antelación mínima de 5 días hábiles.

    Deberá tener en cuenta que:

    Para filmar o fotografiar espacios cerrados o parques de la ciudad se debe consultar el trámite Permiso de filmación y fotografía en diversos parques y espacios cerrados de la ciudad.

    ¿Qué puede hacer?

    Antes de solicitar la Licencia de ocupación del espacio público para filmaciones es necesario que efectúe la autoliquidación de tasas de trámites gestionados por la Guardia Urbana y realize su pago.

    Puede finalizar el trámite por internet para solicitar la Licencia de Ocupación de espacio público para filmaciones: rellenar el formulario, adjuntar la documentación necesaria y presentar la solicitud por internet.

    Este tipo de licencia debe solicitarse con una antelación mínima de 5 días hábiles (contados de lunes a viernes).

    Una vez presentada la solicitud por internet, y hasta que el Ayuntamiento no haya resuelto la concesión o denegación de la licencia, se pueden enviar los archivos correspondientes a la documentación necesaria para el trámite, si no se hizo al presentar la solicitud.

    Además, se puede pedir la anulación de la solicitud presentada por internet (una vez concedido el permiso o en plazo de resolución), hasta el día anterior a la fecha que se indicó como la dedicada a las tareas de filmación o fotografía. De este modo el trámite quedará sin efecto.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Para solicitar la Licencia de Ocupación del espació público para filmaciones deberá hacerlo con Certificado Digital y estar inscrito previamente en el Registro Municipal de Empresas de Filmaciones.

    En caso de que los trabajos a realizar tengan características de la autorización básica, para solicitar el permiso por internet deberá seguir el procedimiento de este mismo trámite que se indica en cómo se tramita sin certificado digital.

    El formulario requiere la identificación con un certificado digital. Consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal.
    1. Seleccione una opción:

      • Solicitud de permiso: para tramitar la licencia de ocupación del espacio público para fotografía o filmación.
      • Adjuntar documentación: para enviar los archivos de la documentación justificativa necesaria, si no lo hizo en el momento de presentar la solicitud.
      • Petición de anulación: para solicitar la anulación de una solicitud presentada por internet.
    2. Rellene el formulario.

    3. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite y confirme los datos.

      Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    Después

    • Una vez se conceda la licencia la recibirá por correo electrónico. En caso contrario, recibirá la correspondiente resolución.
    • El día de los trabajos deberá tener el permiso en el lugar de las tareas, por si se le solicitara.
    • Posteriormente, el Ayuntamiento enviará por correo postal el documento para pagar la tasa por la utilización privativa del dominio público.
    • Además, si durante el rodaje o filmación ha sido necesaria la intervención de agentes de la Guardia Urbana, también se recibirá por correo postal el documento para realizar el pago de las tasas correspondientes.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Las empresas productoras de filmaciones y fotografías, o la persona que las represente, que estén inscritas en el Registro de Empresas de Filmacions del Ayuntamiento de Barcelona.

    Documentación

    Para la Autorización básica de ocupación solamente es necesario que la persona responsable se identifique con el NIF, dirección y teléfono de contacto.

    Para la Licencia de Ocupación del Espacio Público:

    • Documento que especifique los datos de identificación de la empresa.
    • Ficha de localización de rodaje facilitada por la Oficina de Información y Trámites de la Guardia Urbana o por Barcelona/Cataluña Film Comission.
    • Copia del comprobante de la autoliquidación pagada o, si procede, del justificante de la exención / no sujeción en el pago de la tasa.

    -En el caso de exención de pago deberá aportar copia del documento acreditativo de que la petición proviene de una administración pública.

    -En el caso de no sujeción al pago deberá aportar copia del escrito del centro de enseñanza reglado, debidamente firmado, donde conste que se pide el permiso como ejercicio académico y con el sello del centro.

    Fechas

    • La autorización básica de ocupación ha de solicitarse con una antelación mínima de 24 horas.
    • La Licencia de Ocupación ha de solicitarse con una antelación mínima de 5 días hábiles (contados de lunes a viernes).

    Precio

      Por la utilización privativa del dominio público municipal y la prestación de otros servicios:

      Rodajes de películas, vídeos y grabaciones televisivas de carácter publicitario o comercial con finalidad lucrativa, con independencia del pago de otros servicios que se requieran y con la autorización municipal previa:

      • Por cada día o fracción: 593,78 euros

      Realización de maquetas y sesiones fotográficas con finalidad lucrativa, independientemente del pago de otros servicios que requieran autorización municipal previa:

      • Por cada día o fracción: 332,72 euros

      Por la prestación de servicios de la Guardia Urbana con motivo de trabajos relacionados con la carga y descarga de materiales o de otros trabajos, cuando se ocupa la vía pública:

      • por agente y hora diurna: 45,39 euros
      • por agente y hora nocturna o festiva : 50,90 euros

    Organismo responsable

  • Para poder llevar y utilizar armas accionadas por aire o un gas comprimido, fuera del domicilio, será necesaria la obtención de una tarjeta de armas, que deberá acompañar el arma. Esta tarjeta es personal para un titular y un arma concreta.

    Tarjeta para uso y tenencia de armas de 4ª categoría:

    • Tarjeta de armas tipo A: Carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire o gas comprimido no asimiladas a escopetas (airsoft, paintball...). Tiene un periodo de vigencia de 5 años.

    • Tarjeta de armas tipo B: Carabines y pistolas, de alma lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire o gas comprimido no asimiladas a escopetas (airsoft, paintball...). El periodo de vigencia es permanente.

    Deberá tener en cuenta que:

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar permiso para portar y usar armas de aire o gas comprimido, la renovación del permiso -en caso de caducidad-, el duplicado -en caso de pérdida, robo o deterioro de la tarjeta-, la cesión -en el caso de compra venta del arma- o la baja -en caso de destrucción del arma-.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Después

    • Después de la comprobación de los antecedentes penales de la persona interesada, la tarjeta será entregada en el momento.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Las personas que soliciten el permiso deben tener más de 14 años y constar empadronadas en Barcelona.

    El trámite de solicitud puede hacerlo cualquier otra persona que no sea el interesado, siempre que aporte el DNI del solicitante y toda la documentación necesaria firmada por este.

    Documentación

    En todos los casos:

    ALTA PERMISO DE ARMAS:

    Para menores de edad, además:

    • Para menores de entre 14 y 18 años, el padre, madre, tutor o representante legal deberá rellenar el apartado correspondiente en el Impreso de solicitud de la tarjeta de armas.
    • Original del DNI del padre, madre, tutor o representante legal.

    No será necesaria la presencia del menor para tramitar el permiso, pero sí de su padre, madre, tutor o representante legal.

    RENOVACIÓN DEL PERMISO DE ARMAS tipo A (vigencia de 5 años)

    • Comprobante de la autoliquidación pagada.
    • Original de la tarjeta de armas tipo A.

    DUPLICADO DEL PERMISO DE ARMAS (por pérdida, robo o deterioro):

    El duplicado tendrá el mismo tiempo de vigencia que la tarjeta anterior.

    CESIÓN DEL PERMISO DE ARMAS:

    • Contrato de compra venta o de cesión donde deberán incluirse los datos del cedente y cesionario.

    En el caso de venderse el arma a una persona física o jurídica supone la cesión del arma y produce la baja del permiso de armas.

    BAJA DEL PERMISO DE ARMAS:

    • Documento de cesión o destrucción entregado por la Guardia Civil o por una armería.
    • Tarjeta de armas.

    Para personas autorizadas, en todos los casos, además:

    • Deberán rellenar el apartado correspondiente en el Impreso de solicitud de la tarjeta de armas.
    • Original del DNI de la persona autorizada.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Puede solicitarse en cualquier momento.

    Precio

      24,89 euros

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • el tràmite permite solicitar un permiso para hacer publicidad a través de contacto directo con el público y con el uso preferente de zonas o espacios de dominio público y de zonas privadas de concurrencia o utilización pública.

    El reparto debe realizarse a una distancia inferior a 100 m. de la ubicación de la actividad o local que se anuncia y a más de 50 m. de cualquier punto de acceso al transporte público.

    Se ha de tener en cuenta que está prohibido el uso publicitario en vehículos que circulen por la vía pública o que se encuentren estacionados en espacios públicos o en espacios visibles desde el dominio público.

    Todo el material publicitario impreso deber ser reciclado/reciclable.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar permiso para el reparto de publicidad en la calle.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede recoger una instancia de solicitud en cualquier oficina de atención ciudadana o bien, si lo prefiere, la puede descargar en el seiguiente enlace.

    • Rellene la instancia y fírmela.
    • Presente la petición en cualquier registro de las oficinas de atención ciudadana, indicando el lugar exacto del reparto y adjuntando el folleto que se quiere repartir.

    Después

    El departamento de Licencias contactará con el interesrado para informar de la autorización o denegación del permiso.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Toda persona que quiera repartir propaganda en la vía pública y que tenga una actividad dada de alta en la zona.

    Documentación

    Muestra del folleto que quiere repartirse.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Puede solicitarse en cualquier momento.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El trámite permite solicitar al Ayuntamiento de Barcelona permiso para la colocación en la vía pública de banderolas con el fin de promocionar prioritariamente acontecimientos, actos o actividades y servicios que tengan lugar en el municipio de Barcelona y se consideren de interés para la ciudad y para el ciudadano.

    No se autorizarán banderolas para:

    • Actos deportivos de una determinada marca o entidad informando, por ejemplo, del calendario de su equipo en la liga.
    • Campañas convencionales de marcas comerciales que anuncien productos o servicios comerciales.
    • Campañas electorales y/o de propaganda política o religiosa que no cumplan con los criterios establecidos y estén fuera de lo que establece la ley electoral vigente.

    Puede consultar las especificaciones y requisitos en el siguiente enlace.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellene el formulario para generar la solicitud y presentarla en le registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Antes de iniciar el trámite deberá descargar, rellenar y guardar en el ordenador el documento de Solicitud para la colocación de banderolas (disponible para versiones Acrobat Reader 7 o superiores) que deberá adjuntar al formulario como parte de la documentación de la solicitud.

    El formulario solicitará que se identifique con un certificado digital y que haga uso de la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático.

    Consulte la relación de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario y confirme los datos

    2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.

      Consulte las condiciones que deben cumplir los documentos electrónicos para ser aceptados en este portal y cómo generarlos.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    • La Comisión de Medios Exteriores estudiará la solicitud y la propuesta para otorgar el permiso. Se aceptará o denegará la petición en función del espacio disponible y del cumplimiento de los criterios establecidos así como de las prioridades de la ciudad. La citada comisión se reserva el derecho de solicitar información adicional de la campaña así como solicitar los cambios o las modificaciones necesarias en la creatividad o imagen.
    • En el caso que haya propuesta de otorgamiento, el Ayuntamiento contactará por correo electrónico con el solicitante para requerirlo a que presente la imagen definitiva de las banderolas. Una vez presentada, se concederá el permiso para su colocación.
    • Las banderolas las colocará y las retirará el titular de la autorización, en los lugares autorizados y en el plazo detallado en el permiso.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La entidad que desee instalar banderolas.

    Documentación

    Para efectuar la solicitud solo se ha de presentar:

    Para finalizar la tramitación, y antes de la concesión del permiso deberá presentar:

    • La imagen definitiva de las banderolas (archivo JPG o PDF en baja resolución, peso máximo 1Mb).

    Fechas

    La solicitud de permiso se ha de presentar con una antelación mínima de dos meses a la fecha de instalación de las banderolas.

    La imagen definitiva de las banderolas se ha de presentar, a requerimiento del Ayuntamiento, y con una antelación mínima de 20 dias antes de la fecha de instalación.

    Para actos de un día o de fin de semana, los permisos se otorgarán para dos semanas como máximo.

    Para actos superiores a una semana, los permisos se otorgarán para 30 días como máximo.

    No se aceptarán prórrogas y un mismo espectáculo, festival o campaña no podrá anunciarse más de una vez.

    Precio

      Trámite gratuito.

      Se ha de tener en cuenta que:

      -El titular de la autorización será responsable de reparar los desperfectos causados en la vía pública o en los elementos estructurales u otros, a indemnizar los daños y perjuicios que puedan producirse durante el período en que las banderolas estén colocadas, así como durante la instalación o retirada de las mismas.

      -Los reversos de las banderolas (caras B) quedan reservados para las campañas del Ayuntamiento u otras acciones municipales. La Comisión de Medios Exteriores asignará estas caras B y las hará llegar al impresor.

    Organismo responsable

  • Permiso para poder montar estructuras publicitarias temporales en la vía pública.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud y presentarla en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario.

      Es necesario detallar las fechas en las que se desea realizar el montaje, lugar de instalación de la estructura y cualquier otra especificación técnica.

    2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    Posteriormente, el Ayuntamiento comunica a la persona solicitante el resultado de su petición.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona o entidad que desee realizar un montaje.

    Documentación

    No hay que aportar documentación.

    Fechas

    Con un mínimo de un mes de antelación.

    Plazo de validez: durante el tiempo que dure el acto.

    Precio

      Depende de los servicios municipales que se tengan que usar (guardia urbana, vallas, etc...), que van todos a cargo del organizador.

    Organismo responsable

  • Autorización municipal necesaria para poder pintar un mural en la calle.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud y presentarla en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario. Indique el lugar dónde quiere pintarse, el día en que se hará, el tiempo necesario para su realización y el motivo del mural.

    2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    Contesta los de Departamento de Licencias e Inspección con la denegación o autorización pertinente por correo.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier entidad sin ánimo de lucro.

    Documentación

    Para hacer el trámite es necesario aportar esta documentación:

    • Consentimiento por escrito del propietario del muro y/o pared donde quiere pintar
    • Boceto del dibujo que quiere hacer

    Fechas

    Puede solicitarse en cualquier momento.

    Precio

      Trámite gratuito

    Organismo responsable

  • Solicitud de permiso para realizar fiestas infantiles, a nivel particular, en los parques municipales.

    Sólo se autorizará la colocación de una mesa plegable de 2 metros.

    Los autorizados serán responsables de la limpieza posterior del espacio al final de la fiesta y responderán de los daños que, por razón del acto, se ocasionara a las plantaciones, elementos ornamentales y/o arquitectónicos existentes en los jardines y a pagar los gastos que se pudieran derivar.

    Es obligatorio limpiar el espacio ocupado una vez finalizada la fiesta (globos, serpentinas y elementos decorativos del acto).

    En el caso de que el espacio esté con restos y desechos del acto, se pasará el cargo de la limpieza posterior.

    El uso natural de las zonas verdes públicas tiene unas limitaciones. Está prohibido:

    • Encender o mantener fuego.
    • Interrumpir el tráfico de peatones, vehículos de servicios y urgencias o los trabajos normales de mantenimiento y limpieza de los jardines.
    • Realizar cualquier instalación sobre los parterres de cesped, zonas ajardinadas o que puedan afectar a los elementos vegetales, arquitectónicos u ornamentales.
    • Utilizar los árboles como apoyo o soporte de cualquier tipo de elemento (pancartas, cables, cuadros eléctricos, etc).
    • Estacionamiento de vehículos en los jardines y zonas ajardinadas.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede hacer la solicitud del permiso o pedir un cambio de fecha de un permiso ya concedido.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Rellene el formulario y confirme los datos

    Después

    • Si ha solicitado el permiso, recibirá la respuesta, otorgando o denegando el permiso, por correo electrónico en un plazo máximo de 10 dias.
    • Si ha solicitado cambiar la fecha, recibirá la respuesta, otorgando o denegando el permiso, por correo electrónico en un plazo máximo de 3 dias.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona que organiza la actividad

    Documentación

    No es necesario aportar documentación.

    Fechas

    El permiso deberá solicitarse con una antelación mínima de 14 días y de 21 días durante el verano, de julio a setiembre.

    Las solicitudes de cambio de fecha con una antelación mínima de 7 dias.

    La autorización será valida mientras dure la actividad.

    Precio

      El permiso es gratuito.

      Todos los servicios que se requieran (Guardia Urbana, Bomberos, Servicios Técnicos, vallas), irán a cargo de la persona o entidad que solicite el permiso.

    Organismo responsable

  • Permiso del padre, madre o tutor para que un menor de 18 años pueda viajar al extranjero.

    El padre, madre o tutor legal es quien autoriza al menor y quien debe rellenar el documento de autorización, de quedará estar sellado y firmado por un agente de la Policía de la Generalitat - Mosso d'Esquadra para que tenga validez.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede tramitar el permiso paterno para la salida de menores al extranjero.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Debe ir a cualquier Oficina de Tramitación de DNI y pasaporte o a cualquier comisaria de los Mossos d'Esquadra y presentar la documentación requerida.

    ¿Quién lo puede pedir?

    El padre, la madre o el tutor del menor afectado por el tràmite.

    Documentación

    Para países que no forman parte del espacio Schengen el menor necesita pasaporte, la autorización y, en el caso de que el país de destino lo solicite, un visado.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Plazo de validez: caduca a los 90 días.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Para obtener cualquier permiso o licencia será necesario ser declarado apto en las pruebas teóricas y/o prácticas o de circulación que correspondan por parte de la Jefatura Provincial de Trafico.

    Las licencias de conducción se otorgan para vehículos agrícolas autopropulsados y conjuntos de estos y para vehículos destinados a personas con movilidad reducida.

    Los permisos de conducción se dividen en diferentes categorías:

    • AM Autoriza a conducir ciclomotores de 2 o 3 ruedas y cuatriciclos ligeros.
    • A1 Autoriza a conducir motocicletas con un máximo de 125 cc.
    • A2 Autoriza a conducir motocicletas de más de 125 cc.
    • A Autoriza a conducir motocicletas y triciclos de motor
    • B Autoriza a conducir automóviles de hasta 3500 Kg y 8 pasajeros y el conductor. Podrán llevar remolque de hasta 750 Kg
    • BTP Autoriza a conducir vehículos prioritarios en servicio de urgencias, transporte escolar en servicio y vehículos de transporte público con un peso máximo de 3.500 Kg y 8 pasajeros y el conductor.
    • C1 Autoriza a conducir automóviles diferentes a la clase D1 o D entre 3500 Kg y 7500 Kg para el transporte de hasta 8 pasajeros y el conductor.
    • C autoriza a conducir automóviles diferentes a la clase D1 o D que pasen de 3500 Kg para el transporte de hasta 8 pasajeros y el conductor.
    • D1 Autoriza a conducir automóviles de hasta 16 pasajeros y el conductor y hasta 8 metros de longitud. Podrán llevar remolque de hasta 750 Kg.
    • D Autoriza a conducir automóviles para el transporte de más de 8 pasajeros además del conductor. Podrán llevar remolque con peso superior a 750 Kg.

    Pueden prorrogarse o renovarse los permisos y licencias durante los tres meses anteriores a la fecha del final de vigencia en los centros de reconocimiento o en la Jefatura Provincial de Tráfico.

    Permiso internacional de conducir para viajar al extranjero: para paises de la Unión Europea y los que tengan convenio firmado con España no es necesario.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede tramitar la obtención del permiso o licencia de conducir, así como sus prórrogas.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Para obtener la licencia y el permiso de conducción podrá dirigirse a una autoescuela, para posteriormente examinarse en la Jefatura Provincial de Tráfico de la correspondiente prueba teórica, como de la práctica, si el tipo de permiso o licencia lo requiere.

    • Puede presentarse por libre a la prueba teórica, y en este caso deberá dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico (*) con toda la documentación requerida.
    • También podrá hacer por libre la prueba práctica y será necesario llevar un vehículo adaptado con dobles mandos de conducción e ir acompañado por el monitor con el que se hayan realizado las prácticas.

    Para obtener el permiso internacional de conducción deberá ir a la Jefatura Provincial de Tráfico (*) con la documentación requerida. Este trámite únicamente se hace en la Jefatura Provincial de Tráfico (antes se realizada en el RACC).

    Para obtener la prórroga del permiso de conducir o de la licencia de conducción puede dirigirse a los centros de reconocimiento para conductores o bien a la Jefatura Provincial de Tráfico (*) con la documentación requerida.

    (*) es necesario concertar cita previa, que puede solicitar a través de la web www.dgt.es

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona con residencia en España puede obtener el permiso o licencia de conducción, teniendo en cuenta los requisitos de edad para cada categoría:

    • Licencia para personas con movilidad reducida: 14 años.
    • Licencia para vehículos agrícolas: 16 años.
    • Permiso AM: 15 años.
    • Permiso A1: 16 años.
    • Permiso A2, B, BTP i C1: 18 años
    • Permiso A: 20 años y 2 años de posesión del A2.
    • Permiso C y D1: 21 años.
    • Permiso D: 24 años.
    • Permiso internacional: aquellas personas que teniendo un permiso de conducir español quieran viajar a algun país donde soliciten este tipo de permiso y quieran conducir dentro de su territorio.

    Documentación

    Para todos los casos deberá presentarse:

    -Impreso de solicitud

    -Tasa pagada

    -Acreditación de identidad y residencia:

    • DNI o pasaporte, original en vigor.
    • Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros, para extranjeros comunitarios, original y en vigor.
    • Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios, original y en vigor.

    -Fotografía original de 32x26 mm, en color. En caso de solicitar un duplicado por pérdida, sustracción o deterioro no será necesaria fotografía si el formato del permiso es tarjeta plástica.

    En caso de solicitar un duplicado por cambio de datos deberá aportar el documento que lo acredite.

    Para solicitar permiso internacional de conducción, además:

    • Fotocopia del permiso de conducción nacional, en vigor.

    Para solicitar licencias y prórrogas de licencias de conducción, además:

    • Informe de aptitud psicofísica telemático, anotado en el Registro de conductores por un centro de reconocimiento para conductores.

    Para solicitar permiso de conducción, además:

    • Informe de aptitud psicofísica telemático, anotado en el Registro de conductores por un centro de reconocimiento para conductores.
    • Talón foto, cumplimentado y firmado (únicamente se puede obtener en la Jefatura de Tráfico).
    • Permiso de conducción si lo posee (español o de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo) original y fotocopia.

    Para solicitar la prórroga del permiso de conducción, además:

    • Informe de aptitud psicofísica telemático, anotado en el Registro de conductores por un centro de reconocimiento para conductores.
    • Talón foto, cumplimentado y firmado (únicamente se puede obtener en la Jefatura de Tráfico).

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Plazo de validez para permisos y licencias: la caducidad depende de la edad del conductor.

    Plazo de validez para el permiso internacional de conducción: 1 año.

    Precio

      Año 2014

      • Tasa permiso de conducción: 90,30 euros para cada permiso (excepto BTP)
      • Tasa permiso de conducción: BTP: 27,70 euros
      • Tasa licencia de conducción: 42,70 euros
      • Tasa prórroga permiso de conducción: 23,50 euros
      • Tasa prórroga licencia de conducción: 23,50
      • Permíso internacional de conducción: 10 euros
      • Duplicado de permiso y licencia de conducción per pérdida, sustracción o deterioro: 20 euros **

      Atención: Las personas mayores de 70 años no pagan tasa por la tramitación de la prórroga del permiso o de la licencia de conducción.

      **En caso de cambio de domicilio, únicamente deberá comunicar este cambio.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

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