Permiso para la colocación de banderolas en la vía pública
El trámite permite solicitar al Ayuntamiento de Barcelona permiso para la colocación en la vía pública de banderolas con el fin de promocionar prioritariamente acontecimientos, actos o actividades y servicios que tengan lugar en el municipio de Barcelona y se consideren de interés para la ciudad y para el ciudadano.
No se autorizarán banderolas para:
- Actos deportivos de una determinada marca o entidad informando, por ejemplo, del calendario de su equipo en la liga.
- Campañas convencionales de marcas comerciales que anuncien productos o servicios comerciales.
- Campañas electorales y/o de propaganda política o religiosa que no cumplan con los criterios establecidos y estén fuera de lo que establece la ley electoral vigente.
Puede consultar las especificaciones y requisitos en el siguiente enlace.
¿Qué puede hacer?
Puede finalizar el trámite por internet: rellene el formulario para generar la solicitud y presentarla en le registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
Antes de iniciar el trámite deberá descargar, rellenar y guardar en el ordenador el documento de Solicitud para la colocación de banderolas (disponible para versiones Acrobat Reader 7 o superiores) que deberá adjuntar al formulario como parte de la documentación de la solicitud.
El formulario solicitará que se identifique con un certificado digital y que haga uso de la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático.
Consulte la relación de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.
Rellene el formulario y confirme los datos
Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
Consulte las condiciones que deben cumplir los documentos electrónicos para ser aceptados en este portal y cómo generarlos.
Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.
Después
- La Comisión de Medios Exteriores estudiará la solicitud y la propuesta para otorgar el permiso. Se aceptará o denegará la petición en función del espacio disponible y del cumplimiento de los criterios establecidos así como de las prioridades de la ciudad. La citada comisión se reserva el derecho de solicitar información adicional de la campaña así como solicitar los cambios o las modificaciones necesarias en la creatividad o imagen.
- En el caso que haya propuesta de otorgamiento, el Ayuntamiento contactará por correo electrónico con el solicitante para requerirlo a que presente la imagen definitiva de las banderolas. Una vez presentada, se concederá el permiso para su colocación.
- Las banderolas las colocará y las retirará el titular de la autorización, en los lugares autorizados y en el plazo detallado en el permiso.
¿Quién lo puede pedir?
La entidad que desee instalar banderolas.
Documentación
Para efectuar la solicitud solo se ha de presentar:
- Impreso de solicitud para la colocación de banderolas en la vía pública: es necesario cumplimentar un impreso por cada solicitud efectuada.
Para finalizar la tramitación, y antes de la concesión del permiso deberá presentar:
- La imagen definitiva de las banderolas (archivo JPG o PDF en baja resolución, peso máximo 1Mb).
Fechas
La solicitud de permiso se ha de presentar con una antelación mínima de dos meses a la fecha de instalación de las banderolas.
La imagen definitiva de las banderolas se ha de presentar, a requerimiento del Ayuntamiento, y con una antelación mínima de 20 dias antes de la fecha de instalación.
Para actos de un día o de fin de semana, los permisos se otorgarán para dos semanas como máximo.
Para actos superiores a una semana, los permisos se otorgarán para 30 días como máximo.
No se aceptarán prórrogas y un mismo espectáculo, festival o campaña no podrá anunciarse más de una vez.
Precio
Trámite gratuito.
Se ha de tener en cuenta que:
-El titular de la autorización será responsable de reparar los desperfectos causados en la vía pública o en los elementos estructurales u otros, a indemnizar los daños y perjuicios que puedan producirse durante el período en que las banderolas estén colocadas, así como durante la instalación o retirada de las mismas.
-Los reversos de las banderolas (caras B) quedan reservados para las campañas del Ayuntamiento u otras acciones municipales. La Comisión de Medios Exteriores asignará estas caras B y las hará llegar al impresor.
Organismo responsable
Trámites relacionados
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