Informe de disponibilidad de vivienda adecuada para inmigrantes residentes legalmente en España que quieren solicitar el reagrupamiento familiar.
Se solicita para tramitar la reagrupación familiar y cada vez que se cambie de domicilio habitual y, en este último caso, deberán renovar la autorización de residencia por reagrupación familiar todos los familiares reagrupados que dependan del reagrupante.
Este informe acredita que el inmigrante reagrupante dispone de una vivienda de características y amplitud consideradas normales para los ciudadanos españoles de la zona de residencia del reagrupante.
Las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas están reguladas en el Decreto 141/2012 (DOGC de 2 de noviembre de 2012).
Puede solicitar el informe de vivienda por reagrupación familiar.
Puede ir a cualquier oficina de atención ciudadana a recoger el formulario de petición o también lo puede obtener en los siguientes enlaces:
Formulario de solicitud de adecuación de vivienda (por primera vez) o bien accediendo en el enlace siguiente http://benestar.gencat.cat/web/.content/02_tramits/formularis/99193.pdf
Formulario de solicitud de adecuación de vivienda por renovación de autorización de residencia por reagrupación familiar o bien accediento en el enlace siguiente http://benestar.gencat.cat/web/.content/02_tramits/formularis/99205.pdf
Una vez rellenado y firmado, deberá presentar la petición en cualquier oficina de atención ciudadana acompañada de la documentación necesaria.
Después
Recibida toda la documentación, el Ayuntamiento verificará los datos aportados y hará una o más visitas de inspección al domicilio para poder realizar el informe correspondiente, después de valorar el uso de la vivienda y el número real de personas que viven y evaluar las condiciones de habitabilidad.
Este informe será enviado, junto con la documentación y la solicitud, a la Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía de la Generalitat de Catalunya que, en un plazo de 30 días hábiles (a contar desde la entrada en su registro) resolverá y notificará al interesado la resolución vía SMS, indicando la Oficina de recogida de dicha resolución. En caso de no pasar a recogerla, se enviará por correo certificado en la dirección de notificación.
-Personas extranjeras extracomunitarias
-Personas mayores de edad con autorización de residencia renovada o en proceso de renovación.
Excepcionalmente, se podrá solicitar en los siguientes casos:
a) Si el solicitante no es persona extranjera extracomunitaria:
-Tener 3 años de matrimonio y 1 mínimo en el estado español.
-Tener otorgada la custodia de los hijos del ciudadano comunitario.
-Tener concedido el derecho de visita de los hijos del ciudadano comunitario.
b) Si el solicitante no dispone de autorización de residencia renovada o en proceso de renovación:
c) Casos excepcionales en los que el solicitante tiene la condición de reagrupado:
Todos los documentos deberán ser compulsados, por este motivo podrán presentar fotocopias compulsadas o bien originales i fotocopias para su compulsa, de los siguientes documentos:
-Documento d'identificación NIE.
-Pasaporte vigente (de las páginas donde figuren los datos personales y de caducidad) de la persona solicitante.
-Tasa de la Generalitat de Catalunya, pagada.
-Documentación que acredite la relación con la vivienda: debe constar a nombre de la persona solicitante, cónyuge o pareja de hecho, ascendientes o descendientes en primer grado y en línea directa).
a) Si es propietario:
b) Si es arrendatario:
El contrato debe tener una vigencia, como mínimo, de 12 meses desde la fecha de solicitud.
(*) En caso de no acreditar el registro del contrato en el INCASOL, el ayuntamiento lo hará constar en la propuesta pero no incidirá en el sentido de la misma y será la Dirección de Inmigración de la Generalitat de Catalunya quien tomará las medidas oportunas.
c) Otras situaciones: se trata de situaciones por tenencia de vivienda diferentes al alquiler y la propiedad, basados en relaciones contractuales o la titularidad de derechos reales que permitan el uso de la vivienda.
Plazo de validez del informe: 3 meses a partir de la fecha de la firma que figura en el informe.
Las solicitudes que no se acompañen de la fotocopia compulsada del justificante de pago no serán admitidas a trámite.
Es el informe que tendrán que solicitar los titulares de las obras de instalación de ascensores cuando los Colegios Oficiales, para confeccionar el Informe de Idoneidad Técnica, necesiten verificar que las obras se ajustan a la normativa de accesibilidad o si se cumplen los criterios de la instrucción Criterios Técnicos para la instalación de ascensores en edificios existentes (disponible en catalán).
Puede solicitar el informe previo para la instalación de ascensores en el edificio.
Para efectuar la tramitación es necesario concertar cita previa accediendo al trámite Cita con el Ayuntamiento de Barcelona.
El día de la cita diríjase a la Oficina de Atención Ciudadana para obtener la instancia específica. Si prefiere evitar desplazamientos innecesarios, puede descargar la instància accediendo al apartado Documentación de este trámite.
Rellene, firme y entregue la instancia, acompañada de dos ejemplares del proyecto de la obra, firmados por el técnico y la propiedad, en el registro municipal de la Oficina de Atención Ciudadana escogida.
Después
Los Servicios Técnicos del emplazamiento de la obra evaluarán los proyectos para emitir el informe pertinente que podrá ser: favorable, favorable con condiciones o desfavorable. Este resultado es vinculante:
Gratuito.
Informe necesario en caso de que se quiera solicitar licencia de obras mayores del tipo siguiente:
Es previo a la solicitud de la licencia y tiene por objeto verificar la adecuación urbanística del proyecto en la fase de redacción.
El trámite permite realizar las siguientes gestiones relacionadas con el informe urbanístico previo:
Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario para generar la solicitud y presentarla al registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.
El trámite también le permite aportar documentos a un expediente ya iniciado.
El formulario pedirá que se identifique con un certificado digital y que haga uso de la firma electrónica para presentar la solicitud al registro telemático. Consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.
Escoja entre las dos opciones:
Rellene el formulario y confirme los datos.
Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
Consulte las condiciones que han de cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y la manera de generarlos.
Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.
Después
Una vez revisada la documentación, el Ayuntamiento de Barcelona entregará el informe en un plazo máximo de quince días hábiles.
El incumplimiento del plazo habilita a la persona interesada para presentar la petición de licencia sin el informe.
Es el número formado por dos partes (ocho cifras, un guión y dos cifras (xxxxxxxx-xx)) que figura en la parte superior derecha de la hoja informativa de la consulta, obtenido al finalizar el trámite de "Consulta previa para la tramitación de permisos de obras".
Es el numero que se genera en el momento de solicitar el informe. Va precedido por las letras IN.
Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.
Para solicitar el informe ha de aportar la documentación siguiente:
Construcción y edificación de nueva planta
Gran rehabilitación y Reforma o rehabilitación con cambio del uso principal del edificio
-Planos de las plantas, secciones y fachadas, en su estado actual
-Definición del patios interiores existentes, dimensiones de los lados, superficie y altura
-Definición de las circulaciones verticales existentes
-Planos de plantas y secciones propuestas y de fachadas, si quedan definidas
-Planos de derribo/obra nueva
-Usos existentes y los previstos. Tipo de estructura existente y su estado y capacidad de acuerdo a los usos previstos
-Número de unidades independientes existentes
-Número total de unidades independientes resultantes
-Si se prevén o se conocen actuaciones sobre la estructura del inmueble
-Memoria sucinta de los conceptos básicos de la propuesta de intervención en virtud de lo que se deduzca de los apartados anteriores. En la memoria se explicará brevemente la actuación a realizar en todos los capítulos de obra motivo de la rehabilitación tales como: cimientos estructura vertical y horizontal, cierres cubierta, accesos, etc.
Las actuaciones que afecten fachadas tienen que incluir la documentación demostrativa de las catas o pruebas realizadas con fotografías y declaración responsable del técnico que ordene su realización.
Si se prevé excavar en el subsuelo, el solicitante tiene que indicar la profundidad prevista.
La petición del informe se ha de efectuar como máximo tres meses antes de la solicitud de licencia. Según las condiciones o su ubicación, el Ayuntamiento podrá requerir la aportación de documentación complementaria en el plazo de cinco días desde la presentación de la solicitud, con suspensión del plazo para la emisión del informe.
Se entregará el informe en un plazo máximo de quince días hábiles.
Trámite previo a la solicitud de comunicación (actividades de los anexos III.2 y III.3) de la Ordenanza Municipal de Actividades e Intervención Integral de la Administración Ambiental.
Este informe será necesario, en caso de que no se haya emitido en su correspondiente procedimiento de licencia de obras, en los siguientes supuestos:
Es necesario saber que, la condición de baja es exclusiva del Plan de usos de Ciutat Vella y que, a efectos de la emisión de este informe, previamente se deberá formalizar una declaración responsable mediante comparecencia. Consulte el trámite "Cita con el Distrito de Ciutat Vella: Comparecencia por condición de baja de una actividad".
Actualmente los Distritos que disponen de planes de usos vigentes son: Ciutat Vella, Eixample, Sants-Montjuïc, Les Corts, Sarrià-Sant Gervasi, Gràcia, Horta-Guinardó y Sant Martí.
Puede consultar el Plan Especial de establecimientos de concurrencia pública, hoteleros y otros servicios de los diferentes Distritos afectados accediendo a este enlace.
Únicamente es necesario aportar una declaración responsable en el momento de tramitar la comunicación de actividad en los siguientes supuestos:
Puede solicitar que el Ayuntamiento emita informe urbanístico previo a la comunicación de actividades en los siguientes casos:
Puede descargar el impreso de declaración responsable que, una vez rellenado, deberá aportar en el momento de tramitar la comunicación de actividades en los siguientes casos:
Después
El tramitador le entregará el comprobante de registro del trámite realizado.
Cualquier persona puede solicitar el informe.
Planes de Usos de Distritos:
- En caso de actividades no sometidas a condiciones de densidad, distancia o baja:
Únicamente será necesario aportar una declaración responsable en el momento de tramitar la comunicación previa al inicio de la actividad.
- En caso de actividades sometidas a condiciones de densidad, distancia o baja en todos los casos será necesario aportar:
- Autorización debidamente firmada por la persona que autoriza.
- Fotocòpia del NIF/NIE de la persona autorizada.
Si la actividad que se quiere iniciar se encuentra situada dentro del distrito de Ciutat Vella habrá que adjuntar adicionalmente:
Plan especial urbanístico para la ordenación territorial de los Clubes y Asociaciones de Consumidores de Cannabis:
- En caso de que la actividad de Club social privado de fumadores de cannabis se considere existente de acuerdo con la disposición adicional del Plan especial urbanístico para la ordenación territorial de los Clubes y Asociaciones de Consumidores de Cannabis:
- En caso de que la actividad de Club social privado de fumadores de cannabis sea de nueva implantación será necesario aportar:
- Autorización debidamente firmada por la persona que autoriza.
- Fotocòpia del NIF/NIE de la persona autorizada.
Previo a la solicitud de comunicado (anexos III.2 y III.3). Este documento, o el justificante de haberlo solicitado y no haberlo obtenido en el plazo de un mes de tramitación efectiva, es necesario para poder solicitar la comunicación de actividad.
Período de validez: 6 meses. Transcurrido este plazo, será necesario solicitar un nuevo informe.
Año 2016:
Un informe o un certificado urbanístico es un documento donde constan las condiciones y el volumen edificable permitido de una finca (número de plantas permitidas, profundidad, separación de umbrales de parcela, etc.), el aprovechamiento, las clases de uso permitido (vivienda, residencial, comercial, industrial, sanitaria, etc...) y las posibles afectaciones, regulaciones o ordenaciones urbanísticas.
El informe lo firma un técnico urbanístico y, normalmente, es suficiente para temas relacionados con compraventas de pisos ya existentes.
El certificado lo firma el Secretario General del Ayuntamiento y es conveniente pedirlo en caso de parcelas no edificadas o para ampliar una edificación existente.
Una alineación es la señalización que hace el Ayuntamiento sobre plano a los efectos de cálculo de superficie (normalmente para cesiones de vial u otros sistemas o por sobreras de vía pública), según bases corporativas.
El informe o plano de alineación lo firma un técnico urbanístico. Normalmente, se pide con motivo de un proyecto de obras y, en especial, y, en especial, cuando la finca está afectada por vial u otros sistemas (zona verde, parque forestal, etc.).
Puede rellenar el formulario para generar la solicitud y la autoliquidación calculada de la tasa por servicios urbanísticos, hacer el pago por internet e imprimirlo todo para continuar el trámite de manera presencial.
Si lo prefiere, una vez rellenada y calculada la tasa, puede imprimirla para hacer el pago de manera presencial.
Rellene el formulario y confirme los datos.
Después
Según la opción de pago que escoja, tendrá que continuar el trámite de alguna de las maneras siguientes:
Si paga por internet, imprima la hoja de solicitud y el justificante de pago de la tasa.
Si prefiere pagar en persona, imprima los documentos resultantes y lleve la hoja de autoliquidación de la tasa a una entidad bancaria colaboradora.
Una vez haya pagado la tasa, presente la hoja de solicitud y el justificante de pago en la Oficina de Información Urbanística o en cualquier Oficina de Atención al Ciudadano.
Posteriormente, le llamarán desde la Oficina de Información Urbanística para decirle cuándo puede pasar a recoger el informe o el certificado.
Cualquier persona física o jurídica o la persona que las represente debidamente autorizada.
Si la persona interesada no recoge el informe o certificado personalmente, la que lo haga en su nombre deberá aportar esta documentación:
Autorización firmada por la persona interesada.
Fotocopia del DNI, NIE o CIF de la persona interesada (no se admiten pasaportes).
Original del documento de identificación de la persona representante.
Plazos de entrega:
Año 2016:
Este trámite permite pedir un documento que certifique el cambio de nombre de una calle o de numeración de una finca.
Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario para generar la solicitud y presentarla en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.
El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático.
Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.
Rellene el formulario.
Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.
Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.
Después
Cualquier persona.
Puede adjuntar la documentación que considere conveniente. Recuerde que deberá tenerla preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.
En cualquier momento se puede solicitar un certificado de cambio de nombre de una calle o de numeración de una finca.
El informe o certificado se emite en el plazo aproximado de un mes desde la fecha de solicitud.
Trámite gratuito.
El servicio ofrece información sobre los acontecimientos deportivos de la ciudad y, si es posible, hacer la inscripción.
Puede hacer el trámite por internet mediante la página web de deportes.
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Acceder a la web de Deportes.
Después
El programa le facilitará la información sobre el evento deportivo o, si es el caso, la inscripción.
Cualquier persona
El precio varía en función del acontecimiento deportivo
Inscripción de la constitución de una asociación o de una fundación en el registro público correspondiente, gestionado por la Generalitat de Catalunya Quedan exluidas por tener registros específicos, las políticas, religiosas, deportivas de competición oficial, las profesionales y las que regulan derechos laborales (sindicatos y patronales).
El trámite se puede hacer de manera presencial o por internet.
Presencialmente:
Dirigirse con toda la documentación a cualquiera de las oficinas de tramitación.
Por internet:
Se puede hacer la tramitación y obtener los impresos a través de la Oficina virtual de trámites de la Generalitat.
Asociaciones:
Fundaciones:
Asociaciones:
Fundaciones:
Escritura pública de la carta fundacional (una copia auténtica), con el contenido mínimo siguiente:
Autoliquidación del impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Tasas 2016:
Asociaciones:
Fundaciones:
Si se tramita por internet hay una reducción del 50%
El trámite permite inscribirse como voluntario o monitor de personas discapacitadas para que puedan disfrutar de las instalaciones deportivas municipales.
Una vez formalizada la inscripción, también permite consultar y modificar los datos que constan en el registro de voluntarios y monitores, recordar la contraseña de acceso y pedir la baja del servicio.
Es importante saber que:
Puede ir a cualquier instalación deportiva municipal donde se realizan actividades para personas con discapacidad.
Rellenar la hoja de solicitud.
Para ser voluntario:
Para ser monitor:
No es necesario aportar documentación.
En cualquier momento puede solicitar la inscripción como voluntario o monitor, consultar los datos que constan en el registro, modificarlas, recordar la contraseña de acceso o solicitar la baja del servicio.
Gratuito.
Las personas propietarias de perros, gatos, hurones y otros animales salvajes en cautividad, están obligadas a inscribirlos en el Registro Censal de animales de compañía y animales salvajes en cautividad.
En el Registro también se puede inscribir cualquier otro tipo de animal, aunque no es obligatorio.
Es importante inscribir al animal porqué:
En el caso de perros, gatos y hurones, antes de darlos de alta en el censo, hay que identificarlos electrónicamente con un microchip homologado y obtener el documento sanitario que facilitan los veterinarios.
A los perros considerados potencialmente peligrosos también hay que identificarlos electrónicamente con un microchip homologado y obtener la licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos.
Las razas y las características físicas que hacen que un perro sea catalogado como potencialmente peligroso están descritas en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.
Encontrará más información en el trámite Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos
Podrá imprimir los documentos necesarios que haya rellenado para hacer la inscripción.
Rellene el formulario, confirme los datos e imprima el documento resultante.
Después
Si está exento del pago de la tasa:
Si no está exento del pago de la tasa:
En ambos casos, para evitar desplazamientos innecesarios, puede enviar por correo postal, el ejemplar para el Ayuntamiento de la hoja de autoliquidación y la documentación requerida a la Oficina de Protección de los Animales de Barcelona.
Se encuentra en una etiqueta adhesiva en la cartilla sanitaria del animal y en la "Hoja de identificación" que entrega el veterinario en el momento de poner el microchip.
Fecha en que el veterinario puso el microchip al animal. Está indicada en la "Hoja de identificación" que entrega el veterinario en el momento de poner el microchip.
La persona propietaria del animal.
La documentación a adjuntar es la siguiente:
En todos los casos:
Si presenta la solicitud una persona autorizada, hay que añadir:
Si la persona propietaria es menor de 16 años, hay que añadir:
Las personas con derecho a exención en el pago de la tasa deben añadir la documentación requerida según el caso:
A partir de la fecha de adquisición, dispone de un 1 mes de plazo para inscribir al animal en el censo y pagar la tasa correspondiente.
El abono de la tasa se hace una sola vez en la vida del animal y tiene un coste de 38 euros.
Están exentas del pago de la tasa: