Termalismo social

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El Programa de termalismo social consiste en estancias de 12 días en régimen de pensión completa, para personas que por su estado de salud necesitan el tratamiento en un balneario.

Para valorar las solicitudes se tendrán en cuenta los conceptos siguientes:

  • Grado de necesidad de los tratamientos termales solicitados.
  • Situación económica de los solicitantes.
  • Edad de los solicitantes.
  • Que no hayan disfrutado de plaza los años anteriores.
  • Ser miembro de una familia numerosa
  • Otras circunstancias.

El precio de cada plaza, que está parcialmente financiado, dependerá de cada balneario e incluirá los servicios siguientes:

  • Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitación doble a compartir.
  • Reconocimiento médico al ingresar en el balneario.
  • Tratamiento termal que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.
  • Seguimiento médico del tratamiento, con informe final.
  • Póliza colectiva de seguro.

¿Cómo se hace el trámite?

Puede ir a la Subdelegación del Gobierno y recoger el impreso de solicitud y la información.

Entregue la solicitud en la misma oficina de la Subdelegación del Gobierno.

También puede descargarse el impreso y la información, así como tramitar la solicitud a través de la página web www.imserso.es

¿Quién lo puede pedir?

Pensionistas de la Seguridad Social (en las modalidades contributiva y no contributiva), en concepto de jubilación e invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones únicamente cuando el beneficiario haya cumplido los 60 años de edad, a més:

  • No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la convivencia normal en los establecimientos, ni enfermedades infecto-contagiosas.
  • Poder valerse por sí mismo.
  • Necesitar los tratamientos termales solicitados y no tener contraindicación médica para la recepción de los mismos.

También podrán ser beneficiarios el conyuge del pensionista, o de la persona con quien conviva en relación de pareja, para la que no se exige la obligación de percibir una pensión de la Seguridad Social.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Convocatoria anual. Año 2016:

Para los turnos de los meses de Febrero hasta Agosto, ambos incluidos: hasta el 11 de enero de 2016.

  • Para la inclusión en la lista de espera: hasta el 11 de mayo de 2016.

Para los turnos de los meses de Septiembre a Diciembre, ambos incluidos: hasta el 11 de mayo de 2016.

  • Para la inclusión en la lista de espera: hasta el 31 de octubre de 2016.

Organismo responsable

  • Administración General del Estado

Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

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