Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte
Ayuda económica dirigida a atender los gastos originados por desplazamientos fuera de su domicilio de aquellas personas con discapacidad que, por su enfermedad, tienen graves dificultades para utilizar los transportes colectivos.
¿Cómo se hace el trámite?
Presentar la solicitud en las oficinas de bienestar y família.
Después
El organismo competente tiene un plazo de 6 meses para notificar la concesión de la prestación, a contar desde la presentación de la solicitud.
Si transcurre este plazo sin que se haya recibido ninguna notificación, se entiende que la solicitud ha sido desestimada.
Una vez concedida la prestación, la ayuda se abona desde el primer dia del mes siguiente al de la fecha del registro de entrada de la solicitud.
¿Quién lo puede pedir?
Requisitos:
- Ser mayor de 3 años.
- Debe tener una discapacidad valorada en porcentaje igual o superior al 33% y superar el baremo específico para determinar la existencia de dificultades de movilidad que impidan la utilización de los transportes colectivos.
- No tener unos ingresos superiores al 70% del sueldo mínimo interprofesional. Si se forma parte de una unidad familiar de la cual depende, se incrementará un 10% por cada miembro (el máximo es el 100% del sueldo mínimo interprofesional)
- No ser titular de la Seguridad social.
- No tener derecho a beneficiarse de otras ayudas análogas de igual o superior cuantía.
Documentación
Documentación a adjuntar a la solicitud:
- Fotocopia compulsada del DNI del solicitante.
- Fotocopia compulsada del DNI del representante y acreditación de la representación cuando firme la solicitud una persona que no sea el posible beneficiario.
- En el caso de extranjeros, debe presentar la fotocopia compulsada del pasaporte y de la tarjeta, permiso o justificante de residencia en el Estado Español.
- Certificado de convivencia vigente
Persona divorciada o separada:
- Fotocopia compulsada del convenio regulador de la separación y de la sentencia de divorcio o separación.
Persona con discapacidad:
- Fotocopia compulsada del certificado de cualificación de la discapacidad, únicamente en caso que la persona hubiera estado cualificada en una comunidad autónoma diferente de Cataluña.
Persona atendida en un centro en regimen de internado:
Certificado emitido por la dirección del centro donde se atiende a la persona con discapacidad que acredite que ésta sale más de 10 fines de semana al año.
- Certificado de ingresos de toda la unidad familiar
Documentación económica de la persona solicitante y de las personas que conviven con ella:
Trabajadores por cuenta ajena:
- Fotocopia compulsada de las hojas de salario del año actual , con declaración expresa del número de pagos anuales.
Trabajadores autónomos:
- Fotocopia compulsada de las declaraciones trimestrales de ingresos sobre la renta de las personas físicas correspondientes al año actual.
Parados:
- Fotocopia compulsada del certificado emitido por las oficinas de trabajo de la Generalitat en donde conste el importe que cobra mensualmente y la fecha prevista de fin alización.
Incapacidad temporal:
- Fotocopia compulsada del certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación de incapacidad temporal.
¿Dónde se puede hacer?
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *La Verneda
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *El Carmel
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies - Oficina d'Atenció Ciutadana
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Ciutat Vella
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Sants-Hostafrancs
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Sant Andreu
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Ciutat Meridiana
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *La Guineueta
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Gràcia
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Zona Franca
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Sants-Eixample
- Oficina de Benestar Social i Família de Barcelona *Camp de l'Arpa
Fechas
Se puede presentar durante todo el año.
Precio
La cuantia del subsidio para el año 2016 es de 63,30 euros por doce pagas (759,60 euros/anuales).