Solicitud del permiso y de la prestación de maternidad y/o paternidad

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Trámite para solicitar la prestación de maternidad y/o paternidad

La prestación es un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente que se concedí a todos los trabajadores que disfruten de los periodos de descanso laboral legalmente establecidos en los supuestos de maternidad, adopción, acogida familiar y tutela.

En caso de parto múltiple, de adopción o acogida de mas de un menor de forma simultánea se reconoce un subsidio especial para cada hijo, a partir del segundo.

En caso de parto, cuando ambos progenitores trabajen, la madre, al iniciarse el periodo de descanso por maternidad, tiene la opción de ceder una parte del descanso de maternidad por nacimiento a favor del otro progenitor.

En los casos de adopción o acogida, si ambos progenitores trabajan, el periodo del permiso se distribuye a opción de los interesados, que pueden utilizarlo de manera conjunta o sucesiva.

En el supuesto de adopción internacional, si es necesario el desplazamiento de los progenitores al país del adoptado, el permiso puede empezar a disfrutarse hasta cuatro semanas antes de la resolución de la adopción.

¿Qué puede hacer?

Puede ir a cualquier centro de atención e información de la Seguridad Social para hacer la solicitud.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Dirigirse a cualquier centro de atención e Información de la Seguridad Social para pedir información y la solicitud, que deberá presentarse con la documentación adecuada, según sea el caso.

¿Quién lo puede pedir?

Cualquier trabajador o trabajadora por cuenta propia o cuenta ajena, que esten afiliados y en situación de alta en la Seguridad Social y que tengan cubierto un periodo de cotización de 180 dias dentro de los 7 años immediatamente anteriores a la fecha del parto o del inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

Documentación

Documentación para todos los casos:

  • Solicitud
  • Documento de identidad: nif o nie
  • Acreditación de la cotización a la Seguridad Social

Permiso por maternidad:

Por nacimiento:

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud
  • Libro de familia o, si no se tiene, certificado de la inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil
  • Si la madre cede parte del descanso al otro progenitor, hay que presentar cumplimentada la hoja número 5 del formulario de solicitud.

Por adopción, acogida o tutela:

  • Resolución judicial por la cual se constituye la adopción o tutela o bien la resolución administrativa o judicial que concede la acogida familiar.
  • Si la adopción es de mayores de 6 años discapacitados habrá que presentar un certificado que acredite que el menor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%
  • Libro de familia, o si no tiene, certificado de la inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil

Por adopción o acogida internacional:

  • Si es necesario el desplazamiento de los progenitores al país de origen del adoptado, hay que aportar la documentación emitida por el órgano competente de la comunidad autónoma en que se justifica el inicio de los trámites de adopción o acogida.
  • Si la adopción ha sido inscrita en una oficina consular española, justificante de la inscripción registral o documento que acredite la constitución y registro de la adopción.

Permiso por paternidad:

Por nacimiento:

  • Libro de familia o, si no tiene, certificado de inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil.

Por adopción o acogida:

  • Libro de familia o, si no tiene, certificado de inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil.
  • Resolución judicial por la cual se constituye la adopción o tutela, o bien la resolución administrativa o judicial por la cual se concede la acogida familiar.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

  • El plazo máximo para resolver y notificar es de 30 días, contados desde la fecha de presentación de la solicitud en el registro del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • El derecho al reconocimiento de la prestación prescribe a los 5 años.

Precio

    Trámite gratuito

Organismo responsable

  • Administración General del Estado

Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

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Calle Aragó, 328, Barcelona

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BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

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Calle Ramelleres, 17, Barcelona

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OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

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OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010


Preguntas frecuentes

se puede presentar la solicitud de maternidad y paternidad conjuntamente?
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.