Reclamación de personas con discapacidad contra establecimientos públicos
Reclamación, en caso de que a alguna persona le fuera negada la entrada en algún establecimiento de concurrencia pública por motivo de su discapacidad.
El cartel "Derecho de admisión", del cual disponen algunos establecimientos, nunca puede estar referido a las discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales del cliente.
¿Cómo se hace el trámite?
Llenar la hoja oficial de reclamaciones que obligatoriamente tienen todos los establecimientos y que deben facilitar a cualquier persona que la pida.
El interesado tiene que enviar una copia de la hoja de reclamación a la Dirección General de Turismo si se trata de un establecimiento hotelero o al Instituto Catalán de Consumo si se trata de otro tipo de local; otra copia quedará en la dirección del establecimiento y la tercera será para el interesado.
Si la Dirección General de Turismo o el Instituto Catalán de Consumo lo consideran necesario, en función del agravio infringido, pueden derivar el expediente al Departamento de Interior comunicándolo al interesado.
El Departamento que tramite el expediente hace una inspección sobre el establecimiento denunciado y puede sancionar su actuación.
Para que el departamento competente pueda actuar mejor, hay que aportar todas las pruebas objetivas de que se disponga (testigos presenciales, notificaciones de la Guardia Urbana...).
¿Dónde se puede hacer?
Organismo responsable
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Tel. 010
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Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona
Tel. 010
OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC
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Tel. 010
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Avenida Diagonal, 230, Barcelona
Tel. 010
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Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona
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BIBLIOTEQUES DE BARCELONA
Calle la Rambla, 99, Barcelona
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Calle Ramelleres, 17, Barcelona
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OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ
Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona
Tel. 010