Programa de ayudas de atención social para personas con discapacidad

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Ayuda de la Generalitat de Cataluña para mejorar la calidad de vida de las personas con disminución mediante el otorgamiento de una cantidad económica.

Las medidas compensatorias están vinculadas al tipo de ayuda: para servicios, para movilidad y transportes, para la autonomía personal y la comunicación.

¿Cómo se hace el trámite?

Hay que dirigirse al Centre d'Atenció a Discapacitats (CAD) o a cualquier Oficina de Acción Ciudadana para informarse y entregar toda la documentación. El impreso también se puede bajar de internet: www.gencat.cat/benestarsocialifamilia

¿Quién lo puede pedir?

  • Estar empadronado y residir legalmente en un municipio de Cataluña durante cinco años, dos de los cuales tienen que ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, salvo las personas que tienen reconocida la condición de personas catalanas devueltas, de acuerdo con lo que dispone la Ley 25/2002, de 25 de noviembre, de medidas de apoyoe al retorno de los catalanes emigrados y sus descendentes, y de segunda modificación de la Ley 18/1996, a las cuales no se exige el periodo mínimo de residencia. La residencia continuada se considerará interrumpida en ausencias superiores a 90 días el año. Las personas que no tengan nacionalidad española, o no sean ciudadanos nacionales de alguno de los otros de los estados miembros de la Unión Europea, tienen que acreditar la residencia mediante la autorización para residir expedida por la Administración General del Estado.

  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% o, en todo caso, haber presentado la solicitud de valoración o de revisión del grado de discapacidad antes de la publicación de la convocatoria de 2014. En caso de menores de cuatro años, hace falta que tengan retraso en el desarrollo maduratiu, cuya evolución pueda ocasionar una discapacidad residual según los criterios de los servicios de valoración y orientación. Si la persona beneficiaria tiene 65 años o más, hay que acreditar que la condición de persona con discapacidad se instauró antes de cumplir los 65 años. En el caso de prestación para transporte para asistir a atención precoz, este límite queda establecido en 6 años.

  • No poder beneficiarse de ayudas y prestaciones económicas de la misma naturaleza, alcance y finalidad provenientes de entidades públicas o privadas.

  • Encontrarse en situación de necesidad de acuerdo con lo que establecen las bases.

  • Cumplir las condiciones específicas de acceso y otras condiciones exigidas para cada tipo de prestación que se establece a las bases.
  • Es necesario residir legalmente en Cataluña.
  • Es necesario tener el certificado de reconocimiento de la discapacidad igual o superior al 33%.
  • Si el beneficiario tiene más de 65 años, acreditar que el reconocimiento del grado de discapacidad se produjo antes de cumplir los 65 años.
  • No recibir servicios similares por los cuales se solicita la ayuda en establecimientos públicos, concertados o subvencionados con cargo a fondos públicos.
  • No beneficiarse de ayudas económicas de la misma naturaleza.
  • Cumplir otras condiciones específicas para cada tipo de ayuda.

Documentación

  • Impreso oficial de solicitud de ayuda individual (lo facilitan en los Centres d'Atenció a Discapacitats (CAD) y en las Oficines de Benestar i Família).
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), NIE o pasaporte del beneficiario y del solicitante.
  • Volante de convivencia.
  • Documentación acreditativa de los ingresos (Renta, certificados empresa, etc.).
  • Otros documentos específicos que se establezca para cada tipo de ayuda.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Convocatoria anual.

Año 2016:

  • pendiente de convocatoria

Precio

    Las cantidades asignadas pueden variar según el tipo de ayuda.

Organismo responsable


Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

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