Denuncia por exceso de ruido ambiental
El trámite permite denunciar el exceso de ruido en diversos ámbitos de la vida ciudadana como obras, locales, bares, centros de trabajo o industrias.
Se ha de tener en cuenta que, los niveles sonoros máximos permitidos varían según el ruido ambiental de la zona, la franja horaria en que se produzcan y la causa que los provoque.
En general, la franja horaria diurna va de 7:00 a 21:00 horas, de 21:00 a 23:00 horas es primera franja nocturna y segunda franja nocturna, de 23:00 a 7:00 horas.
Las obras se tienen que llevar a cabo de lunes a viernes, siempre que no sean festivos, en los siguientes horarios:
- Obras de servicios y canalizaciones, de 8:00 a 18:00 horas.
- Resto de obras, de 8:00 a 21:00 horas.
- Funcionamiento de maquinaria, de 8:00 a 20:00 horas.
Sólo de podrá variar este horario, previa solicitud al Ayuntamiento, en aquellos casos especiales los cuales, por su gravedad, complejidad o urgencia así lo requieran:
- Obras que se tengan que ejecutar con carácter de urgencia para el restablecimiento de servicios esenciales para los ciudadanos.
- Obras destinadas a evitar una situación de riesgo o peligro inminente para las personas o los bienes.
- Obras que, por sus características, no se pueden ejecutar durante el día o no se pueden hacer de lunes a viernes.
En caso de denuncias por molestias a causa de ruidos producidos por la vecindad, deberá consultar el trámite Denuncia por molestias provocadas por la convivencia diaria entre vecinos por ruido o sobreocupación de la vivienda.
¿Qué puede hacer?
Puede rellenar el formulario para generar la solicitud e imprimirla para continuar el trámite presencialmente, en caso de denuncia por exceso de ruido causado por obras, industrias, locales, bares o restaurantes.
En caso de denuncia por exceso de ruido en los centros de trabajo, deberá ir a la Delegación Territorial del Departamento de Trabajo de la Generalitat de Catalunya.
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
Rellene el formulario y confirme los datos.
Después
Presente la hoja de solicitud en cualquier Oficina de Atención Ciudadana.
El Ayuntamiento inspeccionará el lugar denunciado.
¿Quién lo puede pedir?
Cualquier persona que se sienta molesta por un exceso de ruido ambiental.
Documentación
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
- Número de documento identificativo del interesado, NIF, NIE o Pasaporte en caso de persona física o NIF en caso de persona jurídica.
Si se desea, se pueden presentar hojas de recogida de firmas en las que los vecinos afectados hagan constar estos datos: nombre y apellidos, NIF y dirección. No se necesita un número determinado de firmas, con la denuncia de una sola persona ya se genera una inspección.
Fechas
En cualquier momento se puede denunciar el exceso de ruido.
Precio
Gratuito.