Consulta de las ayudas a la rehabilitación

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El Consorcio de la Vivienda de Barcelona establece un programa de ayudas económicas para la rehabilitación de edificios de uso residencial y de viviendas para la ciudad de Barcelona dirigidas a las comunidades de propietarios y propietarios de edificios de viviendas de uso residencial para la rehabilitación de elementos comunes y viviendas derivadas del Programa de mediación entre propietarios y arrendatarios con el objetivo de fomentar la rehabilitación del parque existente de edificios de viviendas de Barcelona, con especial atención a las obras de rehabilitación energética.

Se han establecido unos programas prioritarios:

  • Rehabilitación energética: reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética de los edificios:
    • Fachadas, cubiertas, medianeras patios de luces.
    • Azoteas verdes.
    • Instalación de agua caliente sanitaria con energía solar.
    • Puesta en marcha de placas solares obsoletas.
    • Agua directa sanitaria.
    • Centralización de instalaciones y sustitución de servicios de suministro por otros más eficientes.
  • Accesibilidad: instalación de ascensores en edificios que no tengan y supresión de barreras arquitectónicas en escaleras y vestíbulos.
  • Patologías estructurales: obras para reparación de patologías estructurales en edificios.
  • Rehabilitación arquitectónica de elementos comunes. Escaleras y vestíbulos, patios de luces, instalaciones generales comunes como las redes: sanitaria (renovación de bajantes), agua, corriente eléctrica, gas; ordenación de antenas, aparatos de aire acondicionado, etc.
  • Habitabilidad en el interior de las viviendas
    • Obtención de la habitabilidad
    • Adecuación de instalaciones existentes en el interior de la vivienda
    • Sostenibilidad y rehabilitación energética del interior de la vivienda
    • Adaptación movilidad interior de la vivienda.

¿Qué puede hacer?

Puede hacer una simulación del tipo de ayuda vigente para la rehabilitación de la vivienda o inmueble, de acuerdo con la dirección de las obras.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

  1. Rellene el formulario con la dirección y el tipo de obra que quiera realizar.

Después

Obtendrá la simulación con las ayudas posibles así como los requisitos, documentación y formularios.

En el caso que quiera tramitar la ayuda deberá presentar la documentación en las Oficinas de la Vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa (*).
Personal técnico del Consorcio de la Vivienda contactará con la persona solicitante para concertar una visita técnica, previa al inicio de las obras de rehabilitación y mejora.

(*) puede solicitar cita previa por internet a través de la pàgina de trámites del Ayuntamiento o a través del Teléfono de Información y Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

¿Quién lo puede pedir?

Para optar a la subvención hay que cumplir los requisitos siguientes:

  • Edificios con fecha de de construcción anterior al año 1991, excepto para obras de mejora en la accesibilidad y para actuaciones de eficiencia energética.
  • El 70% del edificio, excluida la planta baja y la superficie debajo tiene que estar destinada a vivienda. En caso contrario, únicamente se podrán acoger a las ayudas las viviendas destinadas a residencia habitual y permanente.
  • Hay que acreditar un presupuesto mínimo de 750 euros por vivienda de edificio (o vivienda unifamiliar) objeto de la actuación excepto en el caso de actuaciones activas del programa de sostenibilidad y accesibilidad en que no hay presupuesto mínimo.
  • Ha de existir acuerdo de la comunidad de propietarios (en el caso de inmuebles de propiedad horizontal).
  • Las obras no se pueden empezar antes de recoger el informe técnico inicial que se entrega después de haber formalizado la solicitud de inscripción.
  • Se ha de aportar el comunicado de inicio de obras o licencia de obras; iniciarlas dentro de los 3 meses desde la emisión del informe técnico inicial.

Pueden solicitar las ayudas:

  • El presidente de la comunidad de propietarios, el administrador o el propietario del edificio.

Documentación

Dependiendo del tipo de actuación se pedirá documentación específica que podrá obtener a través del simulador.

Fechas

Convocatoria 2016

  • Publicación de la convocatoria en el BOPB: 29 de febrero de 2016

  • Presentación de solicitudes: del 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2016, ambos incluidos.

Precio

Organismo responsable

Trámites relacionados


Oficinas de la administración

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Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

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