Cambio de titular del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El trámite permite comunicar al Ayuntamiento un cambio de titular del recibo del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). Es importante saber que:

  • Se considera un bien inmueble todo piso, local, plaza de aparcamiento, trastero, etc.
  • Se debe comunicar al Ayuntamiento el cambio de titular cuando se realice una transmisión de la propiedad por compraventa, una concesión administrativa, una constitución de usufructo o un derecho real sobre un bien inmueble.

Esta comunicación al Ayuntamiento no es obligatoria, por parte del comprador, siempre que la transmisión se haya formalizado delante de notario, aportando la referencia catastral del inmueble o se solicite inscripción en el Registro de la Propiedad en el plazo de dos meses desde la fecha de la transmisión.

¿Qué puede hacer?

Puede rellenar el formulario para generar la solicitud e imprimirla para continuar el trámite por correo postal o de manera presencial.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

  1. Rellene el formulario, confirme los datos e imprima el documento resultante.

Después

Tenga a mano

  • Identificador del inmueble
  • Código de números y ocasionalmente una letra que se encuentra en la parte superior derecha de un recibo del IBI en periodo de pago voluntario.

  • Datos bancarios
  • En caso que se hayan modificado y no se haya notificado al Ajuntament de Barcelona o bien sea la primera vez que solicita una subvención.

¿Quién lo puede pedir?

La persona propietaria del bien inmueble hasta la fecha de la transmisión, la nueva persona propietaria o la que las represente debidamente autorizada.

Documentación

Para hacer el trámite hay que aportar escritura notarial de propiedad o acta del Registro de la Propiedad donde conste la descripción completa del inmueble.

Hay que tener en cuenta que:

  • Si se envía la documentación por correo postal, habrá que entregar fotocopias de los documentos. Posteriormente, el Instituto Municipal de Hacienda le podrá pedir los originales de la documentación presentada.
  • Si se aporta la documentación presencialmente en las Oficinas de Atención Ciudadana, hará falta presentar los originales y entregar fotocopias de los documentos.

Fechas

No es obligatorio por parte del comprador comunicar los cambios de titularidad al Ayuntamiento siempre que los interesados hayan aportado la Referencia Catastral y se formalice ante notario o se solicite inscripción en el Registro de la Propiedad en el plazo de 2 meses desde la transmisión.

Recuerde que el obligado al pago es la persona propietaria del inmueble el día 1 de enero, aunque se produzca una transmisión posterior.

Precio

    Trámite gratuito.

Organismo responsable

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