Ayuda para mujeres trabajadoras con hijos menores de 3 años
Deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas para madres con hijos menores de 3 años, que trabajen fuera de casa.
Esta medida fiscal se basa en la deducción en la declaración de la renta de 1.200 euros anuales, como máximo, o en el cobro mensual de 100 euros por hijo. Los importes serán inferiores según las cotizaciones anuales.
¿Cómo se hace el trámite?
Hay dos opciones:
Hacer la deducción en la declaración anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas o, para las madres no obligadas a declarar, rellenar la solicitud de devolución rápida.
De forma anticipada, debe hacerse la solicitud presentando el modelo 140 en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, por correo, a través de la web www.agenciatributaria.es o llamando al telefono de información de la Agencia Tributaria.
Este sistema permite el cobro mensual de hasta 100 euros por hijo, a través de transferencia bancaria.
No es necesario reiterar la solicitud cada año, excepto en el caso que se deba comunicar el alta de nuevos hijos que den derecho a esta ayuda.
¿Quién lo puede pedir?
Mujeres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad que convivan con hijos menores de 3 años.
- El padre o tutor, en caso de tener la guardia y custodia o por fallecimiento de la madre.
En el caso de hijos adoptados o acogidos, la deducción se podrá aplicar durante los tres años posteriores a la fecha de la inscripción de la adopción o del acogimiento en el Registro Civil. Cuando no sea necesaria la inscripción, la deducción se podrá practicar a partir de la fecha de la resolución judicial o administrativa.
¿Dónde se puede hacer?
- Agència Tributària de Colom
- Agència Tributària de Letamendi
- Agència Tributària de Via Augusta
- Agència Tributària d'Horta
- Agència Tributària de Poblenou
- Delegació Especial de l'Agència Tributària a Catalunya - Telèfon d'Informació Tributària Bàsica de Renda i Patrimoni
Organismo responsable
- Administración General del Estado