Aagrupación de actividades a efectos de liquidación del precio público del servicio de recogida de residuos comerciales e industriales

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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  • Los locales donde se ejercen conjuntamente varias actividades empresariales o profesionales pueden solicitar la agrupación de las mismas en el titular de la actividad que tenga un mayor coeficiente, debido a las fracciones residuales generadas, a efectos de una única liquidación del precio público.

  • Se deberá tener en cuenta que, respecto a las galerias comerciales y/o de alimentación, los centros privados de alimentación, centros comerciales o edificios de oficinas, cada actividad se considera como independiente, excepto que los servicios municipales consideran que el volumen y la cantidad de residuos generados a causa de la agrupación de actividades en un único espacio haga necesario un tratamiento conjunto.

  • Los centros de negocio podrán solicitar la agrupación de las actividades empresariales y/o profesionales ejercidas en sus instalaciones. En este caso la liquidación se girará al titular del centro de negocios, que deberá tributar por la totalidad de la superficie del local y por las fracciones residuales generadas.

¿Qué puede hacer?

  • Puede rellenar la solicitud de agrupación del precio público del servicio de recogida de residuos comerciales e industriales y después imprimir y firmar el documento para continuar el trámite de manera presencial o por correo postal, preferentemente certificado.

  • También puede presentar la solicitud, juntamente con las fotocopias del NIF de los miembros agrupados, en cualquier registro municipal de las Oficinas de Atención Ciudadana o en el Instituto Municipal de Hacienda.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

  1. Rellene el formulario, confirme los datos e imprima el documento resultante.

  2. Presente la solicitud en cualquier registro municipal de las oficinas de atención ciudadana o , si lo prefiere, envie la solicitud por correo postal, preferentemente certificado, al Instituto Municipal de Hacienda.

Después

Posteriormente, el Instituto Municipal de Hacienda enviará la liquidación al titular de la agrupación.

¿Quién lo puede pedir?

Cualquier persona.

Documentación

Fotocòpia del NIF de todos los miembros de la agrupación.

Fechas

Las agrupaciones pueden solicitarse antes del 1 de setiembre de cada año. Las agrupaciones solicitadas con posterioridad tendran efectos para el ejercício siguiente.

La comunicación de cambios sobre agrupaciones ya presentadas y aceptadas, a causa de la incorporación o baja de miembros, se deberán solicitar en el plazo establecido en el párrafo anterior y tendrán efecto para el ejercicio siguiente.

Precio

    Trámite gratuito.

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