Información del perfil del contratante

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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¿Qué es?¿Para qué?

La información recogida en esta página tiene como finalidad difundir la actividad contractual del Ayuntamiento de Barakaldo, asegurando la transparencia y el acceso público a la información.

  • Perfil del contratante.

El artículo 42 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regula el denominado Perfil del Contratante, y dispone a este respecto que los órganos de contratación de cada Administración Pública han de difundir, a través de Internet, su perfil de contratante.

Este perfil ha de recogerse en su página web, y puede incluir cualquier dato e información referente a la actividad contractual del órgano de contratación, tales como los anuncios de información, las licitaciones abiertas o en curso y la documentación relativa a las mismas, las contrataciones programadas, los contratos adjudicados, los procedimientos anulados, y cualquier otra información útil de tipo general, como puntos de contacto y medios de comunicación que pueden utilizarse para relacionarse con el órgano de contratación.

Además en este perfil de contratante la Administración ha de publicar la adjudicación de sus contratos. También permite incluir, entre sus datos, una relación de las empresas que han concurrido a cada una de las licitaciones.

Su finalidad es asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad.

A partir del año 2017, el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Barakaldo se recoge en la Plataforma de Contratación Pública en Euskadi.

La información sobre los contratos tramitados por el Ayuntamiento de Barakaldo en el periodo comprendido entre los meses de mayo de 2008 y diciembre de 2016, ambos inclusive, permanecerá publicada en la Plataforma de Contratación del Sector Público, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace www.contrataciondelestado.es

  • Órganos de Contratación

A) Competencia del Alcalde-Presidente.

Corresponden al Alcalde-Presidente las competencias respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el diez por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Asimismo corresponde al Alcalde-Presidente la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el diez por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto, ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.

B) Competencia del Pleno de la Corporación.

Corresponde al Pleno las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos no mencionados en el apartado anterior que celebre el Ayuntamiento.

Asimismo corresponde al Pleno la adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Corporación y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, asï como la enajenación del patrimonio cuando no estén atribuidas al Alcalde-Presidente, y de los bienes declarados de valor histórico o artístico cualquiera que sea su valor.

  • Mesas de Contratación

La designación de la Mesas de Contratación se realizó, con carácter permanente, por la Norma Municipal de tramitación de los contratos de carácter patrimonial, así como los de carácter administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria nº 19/98, de 30 de octubre de 1998, mediante Acuerdo nº 211/19/98-5.

A) Procedimientos Abierto y Restringido

La Mesa de Contratación está integrada en todo caso por las siguientes personas:

  • Por el Alcade-Presidente del Ayuntamiento de Barakaldo, que actúa a título de Presidente, o, en su caso, Concejal en quien delegue.

  • Por el Sr. Secretario-General de la Corporación o persona que le sustituya.

  • Por el Sr. Interventor-General de la Corporación o persona que le sustituya.

Todos ellos tienen la consideración de vocales de pleno derecho.

Asimismo tienen la condicion de vocales de pleno derecho de la Mesa de Contratación:

  • El/La Concejal-Delegado/a del Área que promueve el contrato.

  • Un/a funcionario/a técnico designado por éste.

Ejerce las funciones de Secretario de la Mesa el Jefe del Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Barakaldo, o el/la Técnico/a Superior del referido servicio que le sustituya.

Todos los miembros de la Mesa tienen voz y voto, excepción hecha del Secretario de la Mesa, que sólo tendrá voz.

A las sesiones de la Mesa pueden incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, a solicitud de cualquiera de los vocales, actuando aquellos con voz pero sin voto.

B) En los procedimientos Negociados.

La Mesa de Contratación tiene la siguiente composición:

  • El/La Concejal-Delegado/a del Área que promueve el contrato, que actúa a título de Presidente.

  • Por el Sr. Secretario-General de la Corporación o persona que le sustituya.

  • Por el Sr. Interventor-General de la Corporación o persona que le sustituya.

Ejerce las funciones de Secretario de la Mesa el Jefe del Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Barakaldo, o el/la Técnico/a Superior del referido servicio que le sustituya.

Todos los miembros de la Mesa tienen voz y voto, excepción hecha del Secretario de la Mesa, que sólo tiene voz.

A las sesiones de la Mesa pueden incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, a solicitud de cualquiera de los vocales, actuando aquellos con voz pero sin voto.

Convocatoria

Actas

Información sobre contratos:

No obstante, para cualquier información o consulta estamos a tu disposición en el teléfono 944789433 y en el correo electrónico contratacion@barakaldo.org.


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Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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