Solicitud de Aplazamientos y fraccionamientos de pagos | Ayuntamiento de Almería
Información Rápida
Objetivo
Permite solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas tributarias, tanto en periodo voluntario como ejecutivo.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona o entidad con deudas tributarias con el Ayuntamiento.
Requisitos principales
- Deudas de hasta 1.500€: máximo 12 meses para aplazamiento/fraccionamiento.
- Deudas entre 1.500€ y 18.000€: máximo 24 meses para aplazamiento/fraccionamiento.
- Deudas superiores a 18.000€: hasta 4 años con aval bancario; hasta 3 años con otra garantía.
- Importe mínimo de cada fracción: 20€.
Plazos
Debe presentarse dentro de los plazos establecidos para cada tipo de deuda (voluntario o ejecutivo).
Duración del trámite
Variable, dependiendo del importe y la garantía ofrecida.
Información adicional
La Delegación de Economía y Función Pública, a través del Órgano de Gestión Tributaria, es la unidad encargada de tramitar estas solicitudes.
Resumen
Este trámite permite solicitar un aplazamiento o fraccionamiento en el pago de deudas tributarias al Ayuntamiento. Se puede solicitar tanto si el pago está en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Quién puede usar este servicio:
Cualquier persona o entidad que tenga deudas tributarias con el Ayuntamiento.
Lo que necesitas
- Importe de la deuda: El plazo máximo de aplazamiento o fraccionamiento depende del importe de la deuda.
- Garantía (en algunos casos): Para deudas superiores a 18.000€, se puede requerir un aval bancario u otra garantía.
- Importe mínimo de las fracciones: Cada fracción debe ser de al menos 20€.
Cómo hacerlo
- Presentar la solicitud: La solicitud de aplazamiento/fraccionamiento debe presentarse ante el Órgano de Gestión Tributaria.
Información Adicional
La Delegación de Economía y Función Pública, a través de su Órgano de Gestión Tributaria, es la responsable de tramitar estas solicitudes.