Ficha de mantenimiento de terceros | Ayuntamiento de Almería
Información Rápida
Objetivo
Mantener actualizada la información de terceros (acreedores) en la base de datos del Ayuntamiento para garantizar pagos correctos.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física o jurídica que sea acreedor del Ayuntamiento de Almería.
Requisitos principales
- Cumplimentar la ficha de mantenimiento de terceros.
- Acreditar la identidad del titular y, en su caso, del representante.
- Acreditar la titularidad de la cuenta bancaria.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
La presentación de solicitudes, instancias, documentos y comunicaciones a la Administración se deberá realizar a través del registro electrónico si usted está entre los obligados a relacionarse con la Administración Pública a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el art. 14.2 de la Ley 39/2015.
Resumen
Este trámite permite mantener actualizada la información de terceros (acreedores) en la base de datos del Ayuntamiento de Almería para asegurar que los pagos se realicen correctamente.
Quién puede usar este servicio:
Cualquier persona física o jurídica que sea acreedor del Ayuntamiento de Almería.
Lo que necesitas
Documentación necesaria:
- Fotocopia del DNI, NIF, NIE o pasaporte del titular y, en su caso, del representante.
- Certificado de la entidad bancaria que acredite que la titularidad de la cuenta bancaria corresponde al acreedor declarado.
- Si está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, la ficha de terceros debe ir con firma electrónica.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descargue y complete la Ficha de mantenimiento de terceros 2022.
- Reúna la documentación necesaria.
- Presente la ficha y la documentación a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Almería.
Normativa legal
- Art. 14.2 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.