Exención para vehículos matriculados como históricos o con antigüedad superior a 30 años | Ayuntamiento de Almería

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar la exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para vehículos con una antigüedad superior a 30 años o matriculados como históricos.

¿Quién puede solicitarlo?

El titular del vehículo que cumpla con los requisitos de antigüedad o matriculación como histórico.

Requisitos principales

  • El vehículo debe tener una antigüedad superior a 30 años o estar matriculado como histórico.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, depende del tiempo de tramitación del Ayuntamiento.

Información adicional

Una vez tramitada la exención, el Ayuntamiento notificará la resolución al solicitante en su domicilio.

Resumen

Este trámite permite solicitar la exención del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para aquellos vehículos que tengan una antigüedad superior a 30 años o que estén matriculados como históricos.

Quién puede usar este servicio

El titular del vehículo que cumpla con los requisitos de antigüedad o matriculación como histórico.

Lo que necesitas

Documentación requerida

  • Solicitud, según el formulario adjunto.
  • Fotocopia del DNI o NIF del solicitante.
  • Fotocopia del último recibo del impuesto de vehículos.
  • Copia de la ficha técnica y del permiso de circulación del vehículo.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Completa la solicitud.
  3. Presenta la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Almería, en las oficinas periféricas de gestión descentralizada, en las Oficinas del Órgano de Gestión Tributaria o en cualquier otro lugar admitido por la ley.

Después de hacerlo

Una vez tramitada la exención, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución de la solicitud (concediendo o denegando la solicitud formulada).

Ayuda

Contacto

Delegación de Economía y Función Pública. Órgano de Gestión Tributaria.

Normativa legal

Regulado por el artículo 95-6-c del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales y por la ordenanza fiscal número 4 del Excmo. Ayuntamiento de Almería (BOP 7/12/2004).


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