Baja por defunción | Ayuntamiento de Almería

Actualizado el 8 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes a una persona fallecida.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona que necesite registrar la baja por defunción de un residente en el municipio.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

El Instituto Nacional de Estadística (INE) envía periódicamente al Ayuntamiento de Almería boletines demográficos con los datos de defunciones inscritas en el Registro Civil.

Resumen

Este trámite permite dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes a una persona fallecida. El Instituto Nacional de Estadística (INE) envía periódicamente información al Ayuntamiento, pero también se puede realizar la baja presentando la documentación necesaria.

Quién puede usar este servicio

Cualquier persona que necesite registrar la baja por defunción de un residente en el municipio de Almería.

Cómo hacerlo

Para realizar la baja, se debe presentar el certificado de defunción en la Unidad de Recursos Demográficos del Ayuntamiento o realizar la solicitud a través de las Oficinas Periféricas Municipales u Oficina de Registro General.

Unidad tramitadora: Unidad de Recursos Demográficos

Lugar de solicitud: Unidad de Recursos Demográficos, Oficina de Registro General u Oficinas Periféricas Municipales.

Lo que necesitas

Documentación necesaria:

  • Partida de defunción.

Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.