Alta en el padrón municipal | Ayuntamiento de Almería

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir a una persona o familia en el registro de habitantes del municipio de Almería cuando comienzan a residir en un domicilio dentro del término municipal.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona o núcleo familiar que inicie su convivencia en un domicilio del término municipal de Almería.

Requisitos principales

  • Presentar la solicitud de forma presencial o telemática.
  • Aportar la documentación requerida en original.
  • En caso de extranjeros, renovar/confirmar la inscripción padronal cada 2 o 5 años según el documento de identidad.

Plazos

Los ciudadanos extranjeros deben renovar su inscripción padronal cada 2 o 5 años, según su documento de identidad.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Los ciudadanos extranjeros deben renovar su inscripción padronal periódicamente.

Resumen

Este trámite permite a los ciudadanos inscribirse en el Padrón Municipal de Habitantes de Almería cuando establecen su residencia en el municipio. La inscripción es obligatoria y necesaria para acceder a diversos servicios municipales.

Quién puede usar este servicio:

Cualquier persona o familia que comience a vivir en un domicilio dentro del municipio de Almería.

Importante:

  • La solicitud debe ser firmada por todos los mayores de edad que se inscriben.
  • Los extranjeros deben renovar su inscripción periódicamente.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Documento de identidad (DNI, pasaporte, NIE, etc.).
  • Documento que acredite el uso de la vivienda (recibo de IBI, contrato de alquiler, escritura de propiedad, etc.).
  • Autorización del propietario si no eres el titular de la vivienda.
  • Autorización de alguna persona mayor de edad empadronada en la vivienda si ya hay otros inscritos.

Advertencia para extranjeros:

Los ciudadanos extranjeros deben renovar su inscripción padronal cada:

  • 2 años si tienen pasaporte no comunitario o Tarjeta de Residencia Temporal.
  • 5 años si son comunitarios o tienen Tarjeta de Residencia Permanente.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud en la Unidad de Recursos Demográficos, Oficinas Periféricas Municipales o a través de la Sede Electrónica.
  3. Espera a que se tramite tu solicitud.

Lugar de solicitud:

  • Unidad de Recursos Demográficos u Oficinas Periféricas Municipales.
  • Sede Electrónica.

Ayuda

Recursos adicionales:


Preguntas frecuentes

Cinco Días
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