Escrito de alegaciones a una denuncia por infracción a la ordenanza reguladora de la venta, dispensación, suministro y consumo indebido de bebidas alcohólicas.
Plazo de presentación
Alegaciones: 15 días desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
Recurso: 1 mes desde la notificación de la Resolución Sancionadora.
Normativa relacionada con el trámite
Decreto Legislativo 1/2003, de 1 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
Ordenanza Reguladora de la Actuación Municipal en relación con la venta, dispensación, suministro y consumo indebido de bebidas alcohólicas.
Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del Procedimiento de la Potestad Sancionadora.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Documentación a presentar
Instancia y copia del boletín de denuncia o de la notificación recibida, y pruebas que se deseen aportar.
Escrito de alegaciones/recursos a una denuncia de tráfico.
Plazo de presentación
Alegaciones: 20 días naturales desde notificación de la denuncia (su presentación conlleva la pérdida de la bonificación del 50 %)
Recurso: 1 mes desde notificación de la Resolución Sancionadora
Normativa relacionada con el trámite
Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del Procedimiento de la Potestad Sancionadora.
Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Vehículos de la Ciudad de Alicante.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Documentación a presentar
Instancia y copia del boletín de denuncia o notificación recibida, así como las pruebas que se desee aportar.
Inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes (tanto procedentes de otro municipio como por primera vez), y cambios de domicilio de personas ya empadronadas en Alicante.
Para realizar el trámite debe solicitar CITA PREVIA llamando al Tel. 010/966 900 886 o a través de Internet accediendo AQUÍ.
Cuando el empadronamiento sea para varias personas en un mismo domicilio (de la misma unidad familiar o no), sólo es necesaria una única cita previa.
AVISO:
Cualquier trámite del Padrón Municipal de Habitantesdebe realizarlo la persona interesada de manera presencial en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC), salvo aquellos que puedan realizarse de manera telemática en Sede Electrónica. En caso de no poder asistir por causa de fuerza mayor, su representante deberá aportar modelo de autorización rellenado y firmado, justificante que acredite la ausencia, documento original de identidad del representante y documentación original de la persona interesada.
NO SE ATENDERÁ a aquellas personas cuyo documento de identificación no coincida con el que se solicitó la cita previa.
En caso de no poder asistir a la cita previa, por favor, anúlala, otra persona podrá beneficiarse.
Todos los trámites del Padrón Municipal de Habitantes son GRATUITOS.
Documentación a presentar
IMPORTANTE:
Todos los documentos a presentar tienen que estar en vigor y deben ser originales, salvo que se indique lo contrario.
En caso de documentación oficial extranjera, debe estar traducida juradamente al español.
Cuando existan indicios de duda, el Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones oportunas respecto a los datos aportados en cuanto a la identidad, el domicilio y/o la representación.
Documentación personal:
Mayores de edad:
Ciudadanos españoles: D.N.I., Permiso de Conducir español teniendo que acreditar el resto de datos obligatorios mediante otro documento, Pasaporte en vigor.
Ciudadanos comunitarios: Pasaporte en vigor o documento acreditativo de la identidad expedido por las autoridades del país de procedencia y Número de Identificación de Extranjero que consta en el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea residente en España.
Ciudadanos no comunitarios: Pasaporte o Tarjeta de Residente en vigor.
Menores de edad:
D.N.I/N.I.E./Pasaporte y Libro de Familia o Partida de Nacimiento. Los mayores de 14 años deberán presentar D.N.I.
Para poder empadronar a menores fuera del domicilio familiar, se necesita la autorización o consentimiento de ambos padres/tutores, así como que éstos justifiquen su identidad mediante fotocopia del D.N.I.
En caso de separación de los cónyuges, deberá presentarse la sentencia firme sobre la custodia de los menores.
Documentación del domicilio:
Cuando la vivienda es propiedad del interesado:
Acreditar la titularidad mediante última factura de teléfono fijo, aguas, gas, luz a su nombre, último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I), nota simple del Registro de la Propiedad del año en curso o Escritura de Propiedad de vivienda de adquisición del año en vigor.
*No se admitirán recibos bancarios, salvo del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I.).
Cuando la vivienda es de alquiler:
Contrato vigente de arrendamiento, que deberá ir a nombre del interesado, último recibo de alquiler y fotocopia del D.N.I. del propietario. Si el contrato ha finalizado y está prorrogado, se deberá justificar la prórroga, o aportar el último recibo de pago de alquiler de la vivienda junto con el recibí del propietario así como su fotocopia del DNI.
Cuando resida en casa de otra persona:
Es necesario presentar autorización firmada de la persona empadronada titular del contrato de arrendamiento o autorización del dueño de la vivienda, y además de la autorización, documentación sobre la vivienda según lo indicado para propietarios o arrendatarios, junto con documentación del mismo (D.N.I., Pasaporte, etc.).
Realización de trámites del Padrón Municipal de Habitantes por otra persona distinta del solicitante:
En caso de no poder asistir por causa de fuerza mayor, su representante deberá aportar modelo de autorización rellenado y firmado, justificante que acredite la ausencia, documento original de identidad del representante y documentación original de la persona interesada.
Anuncio de licitación de contrato menor para organización y realización del programa de actividades paralelas de la Feria del Libro.
En los proyectos que se presenten se valorará la originalidad de la propuesta, los autores invitados, la diversidad de público al que van dirigidas las actividades y la calidad de las mismas.
Los proyectos deben contener actividades en las dos lenguas oficiales de la Comunidad sin que el uso de ninguna de ellas sea inferior al 30% del total de la actividad.
Lugar y horario de presentación: Jefatura del Servicio de Cultura. Plaza Quijano 2, 4ª Planta, de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Fecha fin de presentación, hasta las 13 horas del día 8 de mayo de 2017.
Más información en el anuncio del licitación al pié de esta pagina
Objeto del contrato: Comisariado de un Ciclo de Arte Contemporáneo de artistas de Alicante.
El Ayuntamiento de Alicante, a través de la Concejalía de Cultura, abre esta convocatoria pública para el comisariado de un Ciclo de Arte Contamporáneo de artistas de Alicante, para la Sala C de la sala municipal de La Lonja del Pescado. Ver anuncio completo en información complementaria
Diseño, ejecución e instalación de la señalética del Centro Cultural Las Cigarreras, que incluirá los siguientes elementos:
Diseño y producción de elemento indicador de los diferentes espacios del Centro Cultural en el acceso por la calle Sevilla. Se valorará la innovación y originalidad en el diseño así como la incorporación de elementos acordes con la línea e identidad propia del Centro. (1 elemento)
Señalética exterior de cada una de las tres naves que integran el Centro, así como el acceso a la Caja Negra por el lateral de la nave junto al jardín. (4 elementos)
Placas indicadoras de aforos en los siguientes espacios: Caja Negra, Casa de la Música, Secadero. (3 elementos)
Elemento indicador de acceso al Secadero desde el acceso al Centro por la calle Sevilla. (1 elemento)
Elemento indicador aseos Secadero. (1 elemento)
Elemento indicador de prohibición acceso animales. (2 elementos)
Sistema para colocar publicidad de la programación e información del Centro en los accesos por las calles San Carlos y Sevilla. (2 elementos)
Elemento indicador de los diferentes espacios junto al pie de la escalera de acceso al Centro por la Calle San Carlos. (1 elemento)
Señalética de prohibición de determinadas actividades en el interior Caja Negra y Casa de la Música (2 elementos)
Fecha límite de la presentación: Hasta las 14 horas del día 25 de octubre de 2016.
Lugar y horario de presentación: Jefatura del Servicio de Cultura. Plaza Quijano 2, 4ª planta, en horario de 9 a 14 h.
Información completa de la convocatoria: ver documento completo al pié de esta página
La entrada al Centro Histórico de Alicante, se encuentra regulado al tráfico y sólo está autorizado a vehículos de residentes que han obtenido autorización.
Plazo de presentación
Incidencias: 10 días desde que se produce el acceso o incidencia.
Solicitud: Queda pendiente de la autorización del vehículo.
Antes de quemar leer siempre las condiciones al dorso del permiso de quema y conocer el nivel de alerta ( teléfonos 012 ó 96 515 08 10 )
Es obligatorio llevar consigo este permiso cuando se esté realizando la quema.
El interesado permanecerá vigilando la hoguera hasta que esta se encuentre completamente extinguida.
TODAS LAS QUEMAS Y AUTORIZACIONES QUEDARÁN AUTOMÁTICAMENTE PROHIBIDAS Y ANULADAS CUANDO SOPLE VIENTO FUERTE O DE PONIENTE, Ó LOS DÍAS SEAN DECLARADOS DE PELIGRO MÁXIMO POR LA CONSELLERÍA ( NIVEL 3 DE PRE EMERGENCIA)
El solicitante deberá formar un cortafuego alrededor de la zona que se va a quemar, que no será inferior a 2 m. y deberá disponer de los medios de apoyo necesarios para controlar cualquier alteración del fuego.
Las quemas de restos se efectuarán a más de 50 m. del monte o cuando no sea posible, en el lugar de la propiedad más alejado del mismo.
En las proximidades de autovías y carreteras nacionales, se tendrá en cuenta la dirección del viento, no pudiéndose llevar a cabo si los vientos trasladan los humos hacia las mismas. En esas circunstancias, habrá que mantener una distancia mínima de 500 m de la vía de circulación.
Sólo será válida esta autorización, para las fechas señaladas y en el horario que se ha indicado según el Plan Local de Quemas.
La responsabilidad por daños a terceros tanto civil como penal recaerá en el propio peticionario. Ante cualquier contradicción del presente cuadro ó de las autorizaciones de quema con el documento del Plan, prevalecerá lo que figure en éste último.
ESTA AUTORIZACIÓN DE QUEMAS QUEDARÁ REVOCADA EN EL SUPUESTO EN QUE NO SE REALICE SIGUIENDO LAS EXIGENCIAS INDICADAS EN ELLA.
Presentación de la solicitud:
Se puede presentar de 3 formas:
Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento.
Enviando por e-mail la solicitud, cumplimentada y firmada.
A través de Internet, siendo necesario el uso de un certificado digital de usuario.
Para la realización de un evento deportivo, junto a la solicitud de autorización del mismo, la entidad organizadora deberá presentar un proyecto del evento que contenga, al menos, la documentación que se detalla en el anexo I.