Alta a terceros

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite al Ayuntamiento de Algeciras realizar pagos a través de transferencia bancaria a personas o entidades que tengan relación comercial o de acreedor con el ayuntamiento.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que sean acreedores del Ayuntamiento de Algeciras.

Requisitos principales

  • Ser persona física o jurídica con relación de acreedor con el Ayuntamiento.

Plazos

Permanente

Duración del trámite

No aplica

Información adicional

El uso de este formulario no garantiza su admisión si no cumple con los requisitos del art. 18 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras.

Resumen

Este trámite es necesario para que el Ayuntamiento de Algeciras pueda realizar pagos a personas o entidades a través de transferencia bancaria. Se requiere completar el formulario de “Alta de Tercero”.

Quién puede usar este servicio:

Personas físicas o jurídicas que tengan relación como acreedores del Ayuntamiento.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario de “Alta de Tercero” debidamente cumplimentado (documento original).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Obtener el formulario de “Alta de Tercero”. Puedes descargarlo desde la sección de descargas.
  2. Cumplimentar el formulario con la información requerida.
  3. Presentar el formulario original en el Registro General del Ayuntamiento de Algeciras o a través del Registro General de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras.

Área, Servicio u Organismo destinatario:

El trámite se recepciona en el Registro General Auxiliar de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras, dependiente de la Secretaría General, y se distribuye a la Delegación de Tesorería.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez presentado el formulario, el Ayuntamiento procederá a registrar la información para realizar los pagos correspondientes.

Plazos de resolución:

No procede efecto alguno del silencio administrativo.

Ayuda

  • Contacto
  • Normativa Reguladora:
    • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

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Preguntas frecuentes


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