Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    El programa "Abierto para Jugar en Verano" es una iniciativa municipal organizada por la Concejalía de Educación. Es una opción lúdica, en centros escolares, dirigida a niños y niñas de 4 a 12 años, que se desarrolla durante las vacaciones estivales. El programa se realiza en diferentes centros educativos municipales.

    Documentación a aportar
    ¿Quién tramita la solicitud? Educación
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Servicio exclusivamente destinado a Gestores/Gestorías/Concesionarios para el pago telemático del IVTM para los casos de primera matriculación.
    Documentación a aportar
    • Impreso específico de solicitud
    • Fotocopia DNI/NIF/CIF del solicitante
    • DNI/NIF de la persona física que lo representa
    • Impreso de datos bancarios y datos del certificado digital
    ¿Quién tramita la solicitud? Nuevas Tecnologías
    Requisitos Las solicitudes de pago telemático del IVTM deberán contener, al menos, DNI/NIF/CIF, del solicitante y DNI/NIF de la persona física que lo representa, impreso de datos bancarios y datos del certificado digital (clase 2CA obligatorio para el uso de este servicio)
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    Una vez obtenida la licencia administrativa, el titular de la misma deberá solicitar la inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, dentro de los quince días siguientes a la fecha de obtención de la misma.

    Cualquier variación en las condiciones del animal o de su propietario deberá ser comunicada al Ayuntamiento en el plazo de quince días.

    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado.
    • Licencia administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
    • Cartilla sanitaria del animal.
    • Documento acreditativo de la identificación animal
    • Certificado sanitario, expedido en impreso oficial, en los términos que establece el Art. 6.7. de la Ley 50/99 sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
    • Declaración sobre condiciones de alojamiento y medidas de seguridad adoptadas en el lugar donde se custodia el animal (Se adjunta modelo)
    • Declaración del propietario indicando los incidentes protagonizados por el animal a lo largo de su vida.
    ¿Quién tramita la solicitud? Medio Ambiente
    Requisitos Es requisito imprescindible haber obtenido, con anterioridad, la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    La normativa aprobada sobre perros potencialmente peligrosos determina qué razas de la especie canina pueden calificarse como tales, cuáles son los requisitos para obtener la correspondiente licencia y la obligatoriedad de registrar dichos animales en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.

    Deben obtener esta Licencia los propietarios o poseedores ocasionales de perros pertenecientes a las siguientes razas:

    • Pit Bull Terrier
    • Staffordshire Bull Terrier
    • American Staffordshire Terrier
    • Rottweiler
    • Dogo Argentino
    • Fila Brasileiro
    • Tosa Inu
    • Akita Inu
    • O que tengan todas o la mayoría de las características siguientes:
    1. Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
    2. Marcado carácter y gran valor.
    3. Pelo corto.
    4. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms., altura a la cruz entre 50 y 70 cms. y peso superior a 20 kg.
    5. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
    6. Cuello ancho, musculoso y corto.
    7. Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
    8. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
    Documentación a aportar
    • Fotocopia del Documento de Identidad que acredite la mayoría de edad.
    • Acreditación de no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos. (A tal efecto el interesado suscribirá Declaración Jurada en este sentido, adjuntado a la solicitud)
    • Certificado de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias previstas en el apartado 3 del art. 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. Dicho certificado deberá ser expedido por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid, en la Ronda de Atocha, 17-6ª planta, Madrid, (Teléfono.: 91. 420.66.57), previa solicitud por escrito del interesado al Jefe del Área de Gestión y Coordinación Agraria de esa Dirección General (adjunto a la solicitud)
    • Certificado original de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por Centro de Reconocimiento debidamente autorizado.
    • Certificado de antecedentes penales, en los términos establecidos en la normativa vigente de aplicación en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Dicho certificado es expedido por el Ministerio de Justicia. Podrá solicitarlo presencialmente, por internet, por correo y a través de ventanilla única del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Deberá aportar modelo 790 cumplimentado, acreditación de la persona que lo solicita y abonar la tasa correspondiente. Para mayor información y obtención del modelo 790: https://goo.gl/1j5OjY
    • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por tenencia de animales de compañía con una cobertura no inferior a 120.000 euros. Adjuntar, además, copia del recibo de la anualidad vigente.

    En base a lo especificado en el RD 287/2002, Art. 3.1. apartado e) en el caso de que la identidad del interesado (solicitante de la licencia) no coincida con la del tomador del seguro, deberá aportar acreditación de la compañía aseguradora (o copia de las condiciones particulares de la póliza) que especifique que la póliza de seguro contratada incluye al solicitante como asegurado de la misma.

    ¿Quién tramita la solicitud? Medio Ambiente
    Requisitos

    Para obtener o renovar la licencia (con validez para cinco años) el propietario deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

      1. Ser mayor de edad
      2. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad sexual y la salud pública o de narcotráfico
      3. No estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
      4. No haber sido sancionado por infracciones 'graves' o 'muy graves' con alguna de las sanciones accesorias previstas en el apartado 3 del articulo 13 de la ley 50/1999, de 23 de diciembre
      5. Tener suficiente capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por Centro de Reconocimiento debidamente autorizado, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 2272/1985, de 4 de diciembre, que determina las aptitudes psico-físicas que deben poseer los conductores de vehículos, y que regula los centros de reconocimientos destinados a verificarlas.
      6. Haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros.
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Al fallecimiento del titular de una sepultura, los herederos deben solicitar el cambio de titularidad.
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado.
    • Título de la sepultura.
    • Certificado de defunción y libro de familia.
    • Certificado de Actos de Última Voluntad, si es positivo, último Testamento; si es negativo Declaración de herederos abintestato.
    • DNI de los herederos. En caso de herederos fallecidos, certificado de defunción y Certificado de Actos de Última Voluntad, si es positivo, último Testamento; si es negativo Declaración de herederos abintestato.
    • El Certificado de Actos de Última Voluntad es del documento que acredita si una persona ha testado y ante qué Notario. Lo expide el Registro de Actos de Últimas Voluntades perteneciente al Ministerio de Justicia.
    • La Declaración de Herederos abintestato se tramita en los supuestos de ausencia de testamento para determinar legalmente cuáles son las personas que tienen derecho a recibir los bienes del fallecido.
    ¿Quién tramita la solicitud? Obras y Servicios
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Trámite iniciado por el interesado para proceder a la reducción de restos
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado.
    • Título de la sepultura.
    • Certificado de defunción.
    • Acreditación de que se solicita por algún familiar (Libro de Familia y DNI)
    ¿Quién tramita la solicitud? Obras y Servicios
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Trámite iniciado a instancia del interesado por fallecimiento o traslado a otro municipio del animal del que es propietario.
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado indicando el motivo de la solicitud
    • En caso de defunción del animal, justificante del veterinario
    ¿Quién tramita la solicitud? Medio Ambiente
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Los Centros para Mayores son centros no residenciales destinados a la organización de actividades para la ocupación del tiempo libre y el ocio. Cada Centro Municipal de Mayores dispone de servicios a precio reducido de Cafetería-Bar y Peluquería.
    Documentación a aportar

    NUEVOS SOCIOS

    • Solicitud en impreso normalizado
    • Fotocopia D.N.I.
    • Fotografía tamaño carnet
    • Certificado de empadronamiento
    • En su caso: Justificante de prejubilación expedido por el INEM; Certificado de IPA expedido por en INSS; Justificante de la Jubilación del cónyuge expedido por el INSS

    RENOVACIÓN-PÉRDIDA

    • Fotografía tamaño carnet

    TRASLADO

    • Fotografía tamaño carnet
    • Carnet del Centro Municipal del que es socio actualmente
    ¿Quién tramita la solicitud? Mayores
    Requisitos
    • Ser mayor de 60 años.
    • Menor de 60 años prejubilado.
    • Menor de 60 años con incapacidad permanente absoluta que haya desarrollado actividad laboral.
    • Cónyuge de jubilado menor de 60 años con dependencia económica.
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Aquellas actividades que transitoriamente precisen la realización de un transporte con vehículo superior a las 12 toneladas, en horas y lugares de prohíbición, deberán solicitar un permiso específico del Ayuntamiento.
    Documentación a aportar

    Se deberá presentar escrito indicando el destino del vehículo y la fecha en la que se quiere realizar el acceso junto con la siguiente documentación:

    • Permiso de circulación
    • DNI / CIF del titular del vehículo
    • Ficha técnica
    • I.T.V. en vigor
    • Justificante de pago en vigor.
    ¿Quién tramita la solicitud? Obras y Servicios
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Alcalá de Henares limitándose al respectivo término municipal. Existen dos tipos de tarjetas:

    • Tarjeta Tipo A: carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo cuyo sistema de disparo es automático (Reglamento de Armas RD 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden INT 2860/2012 de 27 de diciembre)

    Estas tarjetas tendrán una validez de 5 años (limitada al término municipal de Alcalá de Henares). El máximo de armas que se pueden registrar son 6.

    • Tarjeta Tipo B: carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire y otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo accionadas por muella o resorte (Reglamento de Armas, RD 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden INT /2860/2012 de 27 de diciembre).

    Estas tarjetas tienen validez permanente (limitada al término municipal de Alcalá de Henares).

    Documentación a aportar

    La documentación, junto con el arma, se presentarán en la Jefatura de Policía Local, Sección de Logística, Armamento, sito en Avda de Meco nº 1.

    Mayores de edad:

    - Fotocopia DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.

    - Certificado de aptitudes psicofísicas

    - Certificado de antecedentes penales.

    - Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma específicamente: marca, modelo categoría, tipo, calibre, número de serie.

    - Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento (Modelo 008)

    Menores de edad: Podrán solicitar la tarjeta de armas siempre y cuando sean mayores de 14 años. La validez de la tarjeta será hasta los 18 años y deberán acompañar a la solicitud los siguientes documentos:

    - Autorización de quien ostente la patria potestad y tutela.

    - Fotocopia del DNI, pasaporte o Tarjeta de Residencia.

    - Certificado de antecedentes penales, de quien tenga la patria potestad tutela.

    - Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma específicamente: marca, modelo, categoría, tipo, calibre y número de serie.

    - Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento (Modelo 018).

    Personal en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las Fuerzas Armadas: Quedarán exentos de presentar los certificados de antecedentes penales y actitudes psicofísicas, siempre y cuando se aporte certificación de la autoridad competente en el cuerpo correspondiente en el que se preste servicio, donde conste que el interesado se encuentra en situación activa y sin ningún tipo de restricción o limitación en cuanto a la tenencia y uso de armas.

    Normativa

    Fecha de publicación en el BOCM el 27 de mayo de 2013 (BOCM nº 124)

    ¿Quién tramita la solicitud? Seguridad Ciudadana
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