Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • ¿Quién lo puede solicitar? Los titulares de las actividades recreativas, espectáculos públicos y otros establecimientos abiertos al público incluidos en el Catálogo de Espectáculos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e instalaciones aprobado por Decreto núm. 184/1998 de 22 de octubre
    Documentación a aportar

    La solicitud deberá contener nombre, apellido, D.N.I y domicilio a efecto de notificación del interesado y en su caso de la persona que lo represente; y , si se tratara de persona jurídica , el poder de representación.

    A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:

  • Copia de la licencia de funcionamiento, o resolución favorable para el ejercicio de la actividad, o Declaración responsable/comunicación previa, para el ejercicio de la actividad
  • Memoria justificativa de la solicitud
  • Justificante acreditativo de encontrarse vigentes las pólizas de seguros de incendios y de responsabilidad civil relativas al ejercicio de la actividad
  • Certificado emitido por empresa de control autorizada de la instalación eléctrica
  • Contrato de mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios.
  • EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ DESDE EL 21 NOVIEMBRE DE 2016 HASTA EL 5 DE DICIEMBRE 2016, AMBOS INCLUIDOS. NO SE ADMITIRÁ LAS SOLICITUDES QUE SE PRESENTEN FUERA DE PLAZO.

    ¿Quién tramita la solicitud? Sección Técnica Industrial
    Forma de iniciacion A petición del interesado
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares
    Observaciones
    • la ampliación de hora se entiende respecto a hora cierre local de las noches del 24 al 25 de diciembre 2016 (Noche Buena), 31 diciembre 2016 al 1 de enero 2017 (Noche Vieja) y 5 al 6 enero 2017 ( Noche de Reyes).
    • Se podrá autorizar la ampliación de horario de dos horas como máximo, sobre el horario de cierre del local ( horario máximo autorizado hasta las 07:00 horas)
    • El horario de apertura será el correspondiente a licencia municipal o resolución favorable.
    • Se denegaran las solicitudes que no aporten la documentación requerida y las que de realizarse inspección previa, se detecten deficiencias en instalaciones no subsanables de forma inmediata
    Más información

    La ampliación de horario NO SUPONE, la modificación de la actividad autorizada, así como las condiciones técnicas y aforo máximo permitido.

    Para el caso de celebración de espectáculos y actividades recreativas de carácter extraordinario distintas de las que se realizan habitualmente en los locales o establecimientos, se deberá tramitar la preceptiva autorización en el Servicio de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.

  • Descripción

    El programa "Abierto para Jugar en Verano" es una iniciativa municipal organizada por la Concejalía de Educación. Es una opción lúdica, en centros escolares, dirigida a niños y niñas de 4 a 12 años, que se desarrolla durante las vacaciones estivales. El programa se realiza en diferentes centros educativos municipales.

    Documentación a aportar
    ¿Quién tramita la solicitud? Educación
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    Toda ocupación de la vía u otro espacio público municipal con destino a la celebración de actos festivos, culturales, religiosos o de cualquier otra índole queda sometida a la obtención de la correspondiente autorización municipal.

    Las solicitudes de autorización para la realización de dichas actividades en zonas verdes y parques públicos serán tramitadas desde la Concejalía de Medio Ambiente. El resto de zonas se tramitará desde la Concejalía de Obras y Servicios.

    Documentación a aportar Impreso específico de solicitud.
    ¿Quién tramita la solicitud? Obras y Servicios
    Requisitos Las solicitudes de ocupación de espacios públicos deberán ser presentadas al menos con un mes de antelación respecto al inicio de dicha ocupación. Deberá contener, al menos, la identificación fiscal del organizador y responsable del acto, descripción del acto, lugar previsto, superficie de ocupación, fecha y horario de celebración.
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  • Descripción Servicio exclusivamente destinado a Gestores/Gestorías/Concesionarios para el pago telemático del IVTM para los casos de primera matriculación.
    Documentación a aportar
    • Impreso específico de solicitud
    • Fotocopia DNI/NIF/CIF del solicitante
    • DNI/NIF de la persona física que lo representa
    • Impreso de datos bancarios y datos del certificado digital
    ¿Quién tramita la solicitud? Nuevas Tecnologías
    Requisitos Las solicitudes de pago telemático del IVTM deberán contener, al menos, DNI/NIF/CIF, del solicitante y DNI/NIF de la persona física que lo representa, impreso de datos bancarios y datos del certificado digital (clase 2CA obligatorio para el uso de este servicio)
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    Una vez obtenida la licencia administrativa, el titular de la misma deberá solicitar la inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, dentro de los quince días siguientes a la fecha de obtención de la misma.

    Cualquier variación en las condiciones del animal o de su propietario deberá ser comunicada al Ayuntamiento en el plazo de quince días.

    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado.
    • Licencia administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
    • Cartilla sanitaria del animal.
    • Documento acreditativo de la identificación animal
    • Certificado sanitario, expedido en impreso oficial, en los términos que establece el Art. 6.7. de la Ley 50/99 sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
    • Declaración sobre condiciones de alojamiento y medidas de seguridad adoptadas en el lugar donde se custodia el animal (Se adjunta modelo)
    • Declaración del propietario indicando los incidentes protagonizados por el animal a lo largo de su vida.
    ¿Quién tramita la solicitud? Medio Ambiente
    Requisitos Es requisito imprescindible haber obtenido, con anterioridad, la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    La normativa aprobada sobre perros potencialmente peligrosos determina qué razas de la especie canina pueden calificarse como tales, cuáles son los requisitos para obtener la correspondiente licencia y la obligatoriedad de registrar dichos animales en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.

    Deben obtener esta Licencia los propietarios o poseedores ocasionales de perros pertenecientes a las siguientes razas:

    • Pit Bull Terrier
    • Staffordshire Bull Terrier
    • American Staffordshire Terrier
    • Rottweiler
    • Dogo Argentino
    • Fila Brasileiro
    • Tosa Inu
    • Akita Inu
    • O que tengan todas o la mayoría de las características siguientes:
    1. Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
    2. Marcado carácter y gran valor.
    3. Pelo corto.
    4. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms., altura a la cruz entre 50 y 70 cms. y peso superior a 20 kg.
    5. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
    6. Cuello ancho, musculoso y corto.
    7. Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
    8. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
    Documentación a aportar
    • Fotocopia del Documento de Identidad que acredite la mayoría de edad.
    • Acreditación de no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos. (A tal efecto el interesado suscribirá Declaración Jurada en este sentido, adjuntado a la solicitud)
    • Certificado de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias previstas en el apartado 3 del art. 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. Dicho certificado deberá ser expedido por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid, en la Ronda de Atocha, 17-6ª planta, Madrid, (Teléfono.: 91. 420.66.57), previa solicitud por escrito del interesado al Jefe del Área de Gestión y Coordinación Agraria de esa Dirección General (adjunto a la solicitud)
    • Certificado original de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por Centro de Reconocimiento debidamente autorizado.
    • Certificado de antecedentes penales, en los términos establecidos en la normativa vigente de aplicación en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Dicho certificado es expedido por el Ministerio de Justicia. Podrá solicitarlo presencialmente, por internet, por correo y a través de ventanilla única del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Deberá aportar modelo 790 cumplimentado, acreditación de la persona que lo solicita y abonar la tasa correspondiente. Para mayor información y obtención del modelo 790: https://goo.gl/1j5OjY
    • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por tenencia de animales de compañía con una cobertura no inferior a 120.000 euros. Adjuntar, además, copia del recibo de la anualidad vigente.

    En base a lo especificado en el RD 287/2002, Art. 3.1. apartado e) en el caso de que la identidad del interesado (solicitante de la licencia) no coincida con la del tomador del seguro, deberá aportar acreditación de la compañía aseguradora (o copia de las condiciones particulares de la póliza) que especifique que la póliza de seguro contratada incluye al solicitante como asegurado de la misma.

    ¿Quién tramita la solicitud? Medio Ambiente
    Requisitos

    Para obtener o renovar la licencia (con validez para cinco años) el propietario deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

      1. Ser mayor de edad
      2. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad sexual y la salud pública o de narcotráfico
      3. No estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
      4. No haber sido sancionado por infracciones 'graves' o 'muy graves' con alguna de las sanciones accesorias previstas en el apartado 3 del articulo 13 de la ley 50/1999, de 23 de diciembre
      5. Tener suficiente capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por Centro de Reconocimiento debidamente autorizado, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto 2272/1985, de 4 de diciembre, que determina las aptitudes psico-físicas que deben poseer los conductores de vehículos, y que regula los centros de reconocimientos destinados a verificarlas.
      6. Haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros.
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    El Programa de Transporte tiene como finalidad favorecer el transporte urbano e interurbano a las personas mayores de 65 años del Municipio, que no superen un determinado nivel de ingresos de un baremo económico establecido:

    Modalidad: Abono Transporte de la Tercera Edad de la Comunidad de Madrid para mayores de 65 años que cumplan los requisitos establecidos. La aportación del beneficiario será de 4 ?.

    Temporalidad: Concesión del abono de transporte durante un tiempo máximo de 2 años, a partir de los cuales el beneficiario deberá solicitar de nuevo la prestación.

    Serán beneficiarios las personas mayores de 65 años, que estén empadronados en el Municipio de Alcalá de Henares.

    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado
    • Volante de Empadronamiento
    • Fotocopia DNI
    • Fotografía tamaño carnet
    • Certificado de pensión y certificación negativa (en el caso del cónyuge), de no percibir ningún tipo de pensión
    • Fotocopia de la última Declaración de la Renta o justificante de no tener obligación de realizarla
    • Certificado de ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia
    ¿Quién tramita la solicitud? Mayores
    Requisitos

    Beneficiarios:

    El Programa de Transporte tiene como finalidad favorecer el transporte urbano e interurbano a las personas mayores de 65 años del Municipio, que no superen un determinado nivel de ingresos de un baremo económico establecido.

    Tiene una validez de 30 días, por un importe de 4 euros. Lo pueden solicitar personas mayores de 65 años, empadronadas en el municipio y que cumplan los requisitos eco nómicos fijados. La aportación económica se actualiza cada año.

    Cada mes se realizará la recarga de la tarjeta de transporte en la Concejalía de Mayores, en C/ Vitoria nº 10 en horario de 11:30 a 14:00 h.

    Requisitos:

    1. Acreditar la condición de Residente empadronado en el municipio
    2. Acreditar ingresos según el siguiente baremo:
      • Ingresos de una persona: igual o menor que el S.M.I. vigente cada año (707,70 ?)
      • Dos personas: igual o menor que el S.M.I. más un 25% del mismo (884,63 ?)
      • Tres personas: igual o menor que el S.M.I. más un 25%, añadiendo un 10% por la tercera persona (973,09 ?)
      • Cuatro personas: igual o menor que el S.M.I. más un 25%, añadiendo un 10% por la tercera persona y otro 10% por la cuarta persona, siendo éste el cómputo máximo económico del Baremo como límite de renta para la concesión (1.070,39 ?)
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares
    Observaciones La vigencia de la concesión del carnet será por un máximo de dos años, transcurridos los cuales se realizará una nueva solicitud.

  • Descripción Al fallecimiento del titular de una sepultura, los herederos deben solicitar el cambio de titularidad.
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado.
    • Título de la sepultura.
    • Certificado de defunción y libro de familia.
    • Certificado de Actos de Última Voluntad, si es positivo, último Testamento; si es negativo Declaración de herederos abintestato.
    • DNI de los herederos. En caso de herederos fallecidos, certificado de defunción y Certificado de Actos de Última Voluntad, si es positivo, último Testamento; si es negativo Declaración de herederos abintestato.
    • El Certificado de Actos de Última Voluntad es del documento que acredita si una persona ha testado y ante qué Notario. Lo expide el Registro de Actos de Últimas Voluntades perteneciente al Ministerio de Justicia.
    • La Declaración de Herederos abintestato se tramita en los supuestos de ausencia de testamento para determinar legalmente cuáles son las personas que tienen derecho a recibir los bienes del fallecido.
    ¿Quién tramita la solicitud? Obras y Servicios
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Trámite iniciado por el interesado para proceder a la reducción de restos
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado.
    • Título de la sepultura.
    • Certificado de defunción.
    • Acreditación de que se solicita por algún familiar (Libro de Familia y DNI)
    ¿Quién tramita la solicitud? Obras y Servicios
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Trámite iniciado a instancia del interesado por fallecimiento o traslado a otro municipio del animal del que es propietario.
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado indicando el motivo de la solicitud
    • En caso de defunción del animal, justificante del veterinario
    ¿Quién tramita la solicitud? Medio Ambiente
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