Solicitud de Informe de Vivienda para Reagrupación Familiar
Informe emitido por la Administracion Local del lugar de residencia de la persona extranjera que reside legalmente en el pais y que quiere traer a sus familiares, cónyuge, descendientes menores de edad, y ascendientes.
En el informe se tiene que hacer referencia a los siguientes extremos: Título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento.
A quién está dirigido
Puede reagrupar y por lo tanto solicitar el informe de vivienda:
La persona extranjera no comunitaria que haya residido legalmente en España durante un año y que tenga autorización para residir al menos por otro año.
Que tenga medios de subsistencia suficientes para atender las necesidades de su familia una vez reagrupada.
En el caso de reagrupación de ascendientes se requiere, que al menos durante el último año de residencia en España, se hayan transferido fondos de forma regular y en cantidad suficiente como para presumir una dependencia económica.
En el caso de reagrupación de menores Autorización del otro progenitor para que el menor resida en España.
Cómo hacerlo
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Por Internet
Puede solicitar la cita a través del correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org de la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.
Presencialmente
Solicitud de cita en la Oficina Municipal de Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.
Por teléfono
Solicitud cita: 986 442 356 ; 986 442 096
Documentación requerida
- Documento que acredite la ocupación de la vivienda
Título que habilite para la ocupación de la vivienda (contrato de alquiler, escritura de compraventa, declaración jurada de cesión, etc)
- Autorización de Residencia y Trabajo
Con una vigencia mínima de un año.
Observaciones
En el plazo máximo de 15 días desde la solicitud, la Administración deberá emitir el informe y notificarlo al interesado y, simultáneamente y por medios telemáticos cuando fuera posible, a la autoridad competente para resolver la autorización de reagrupación familiar.
Subsidiariamente, la persona extrajera reagrupante podrá justificar el requisito de disponibilidad de vivienda suficiente, presentando acta notarial mixta de presencia y manifestaciones, en caso de que la Corporación Local no proceda a emitir el informe de vivienda en el plazo indicado, lo que será acreditado con la copia de la solicitud realizada.
Preguntas Frecuentes:
Requisitos generales para la reagrupación familiar.
Requisitos de la vivienda.
Cómo legalizar los documentos del país de origen.
Familiares reagrupables.
Oficinas
- Oficina Municipal de Atención e Información a Inmigrantes y Emigrantes Retornados
Calle Martínez Garrido 21 interior
36205 Vigo
Teléfono: 986 442 356
Fax: 986 442 096
Email: ofi.inmigracion@vigo.orgHorario: De 9 a 14 horas de lunes a viernes
Legislación relacionada
- Directiva Europea: Derecho a la Reagrupación Familiar Directiva 2003/86/ce, de 22 de septiembre de 2003, del Consejo: Derecho a la Reagrupación Familiar. Directiva 2003/86/ce, de 22 de septiembre de 2003, del Consejo: Derecho a la Reagrupación Familiar.
Oficinas de la administración
Escola Municipal de Artes e Oficios
Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo