Solicitud de Informe de Vivienda para Reagrupación Familiar

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Informe emitido por la Administracion Local del lugar de residencia de la persona extranjera que reside legalmente en el pais y que quiere traer a sus familiares, cónyuge, descendientes menores de edad, y ascendientes.

En el informe se tiene que hacer referencia a los siguientes extremos: Título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento.

A quién está dirigido

Puede reagrupar y por lo tanto solicitar el informe de vivienda:

La persona extranjera no comunitaria que haya residido legalmente en España durante un año y que tenga autorización para residir al menos por otro año.

Que tenga medios de subsistencia suficientes para atender las necesidades de su familia una vez reagrupada.

En el caso de reagrupación de ascendientes se requiere, que al menos durante el último año de residencia en España, se hayan transferido fondos de forma regular y en cantidad suficiente como para presumir una dependencia económica.

En el caso de reagrupación de menores Autorización del otro progenitor para que el menor resida en España.

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Por Internet

Puede solicitar la cita a través del correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org de la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.

Tramitar por Internet >>


Presencialmente

Solicitud de cita en la Oficina Municipal de Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.

Por teléfono

Solicitud cita: 986 442 356 ; 986 442 096

Documentación requerida

  • Documento que acredite la ocupación de la vivienda
    Título que habilite para la ocupación de la vivienda (contrato de alquiler, escritura de compraventa, declaración jurada de cesión, etc)
  • Autorización de Residencia y Trabajo
    Con una vigencia mínima de un año.

Observaciones

En el plazo máximo de 15 días desde la solicitud, la Administración deberá emitir el informe y notificarlo al interesado y, simultáneamente y por medios telemáticos cuando fuera posible, a la autoridad competente para resolver la autorización de reagrupación familiar.

Subsidiariamente, la persona extrajera reagrupante podrá justificar el requisito de disponibilidad de vivienda suficiente, presentando acta notarial mixta de presencia y manifestaciones, en caso de que la Corporación Local no proceda a emitir el informe de vivienda en el plazo indicado, lo que será acreditado con la copia de la solicitud realizada.

Preguntas Frecuentes:

Requisitos generales para la reagrupación familiar.

Requisitos de la vivienda.

Cómo legalizar los documentos del país de origen.

Familiares reagrupables.

Oficinas

  • Oficina Municipal de Atención e Información a Inmigrantes y Emigrantes Retornados

    Calle Martínez Garrido 21 interior
    36205 Vigo
    Teléfono: 986 442 356
    Fax: 986 442 096
    Email: ofi.inmigracion@vigo.org

    Horario: De 9 a 14 horas de lunes a viernes

Legislación relacionada


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