Turismo Activo: altas, bajas y modificaciones (código 5522)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Obtener la clasificación turística para las empresas de turismo activo en la Región de Murcia (altas), así como comunicar la baja por cese en la actividad o cualquier cambio en el titular, denominación o modificación de las actividades o cualquier alteración sustancial que afecte a las condiciones en que se otorgó la clasificación turística.

La clasificación conlleva la inscripción de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Personas físicas o jurídicas que, mediante precio, de forma profesional y habitual, desarrollen en el ámbito territorial de la Región de Murcia, algunas de las actividades consideradas como turismo activo.
A los solos efectos y con finalidad únicamente orientativa se incluye un Anexo en el Decreto 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia, la relación de aquellas actividades que, entre otras, tienen la consideración de turismo activo.
De conformidad con el artículo 18 de la Ley 12/2013 de Turismo de la Región de Murcia, son empresas turísticas, las personas físicas o jurídicas que debidamente acreditadas, de manera habitual y mediante precio, se dedican a la realización de una actividad turística o la prestación de algún servicio turístico. Se presumirá la habitualidad cuando se realice publicidad de la prestación de los servicios turísticos por cualquier medio.
EXCLUSIONES: Quedan excluidos del ámbito de aplicación:

a) Los clubes, federaciones deportivas y asociaciones.
b) Los organizadores de las actividades reguladas por el Decreto 80/2013, de 26 de julio, por el que se regulan las actividades juveniles de ocio y tiempo libre en el territorio de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGION DE MURCIA (ITREM) (A14029657)

Requisitos de solicitud o iniciación

INICIO DE ACTIVIDAD Y CLASIFICACIÓN (Altas)

1.- Los titulares de las empresas de turismo activo, con carácter previo al inicio de la actividad turística, deberán presentar ante el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, una declaración responsable para la clasificación turística, según modelo normalizado, a los efectos que establece el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la que manifestarán que cumplen todos los requisitos establecidos en el Decreto 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia y que disponen de la documentación que así lo acredita y que se comprometen al mantenimiento de su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente al ejercicio de la actividad, por lo tanto disponen de la siguiente documentación:

a) Que, en su caso, disponen de local para la atención a los usuarios (art. 5).

b) Que tienen suscritos los seguros a que se refiere el artículo 9, según los casos y compromiso de mantenerlo en permanente vigencia (art. 9).

c) Que los responsables de la empresa y monitores, guías e instructores están en posesión de la titulación, en su caso, legalmente exigible para la actividad que se va a desarrollar (art. 14).

d) Que el material y equipos necesarios para la realización de la actividad se encuentran homologados y que reúnen las condiciones de seguridad y garantías para el uso a que estén destinados (art. 13).

e) Que existe un plan de emergencia adecuado a las actividades a realizar, para la prevención de accidentes y actuación en su caso (art 15).

f) Descripción de las actividades a realizar.

2.- Con la presentación de la declaración responsable se entenderá cumplida la obligación que el artículo 40.1 de la Ley 12/2013 de Turismo de la Región de Murcia atribuye a las empresas turísticas.

3.- Desde la presentación de la declaración responsable, se podrá ejercer la actividad turística, debiendo, no obstante, cumplir la normativa que les sea de aplicación y estar en posesión de otras licencias, autorizaciones u otros títulos de intervención que sean exigidas por otros Organismos en virtud de sus respectivas competencias. Dicha presentación dará lugar a su clasificación y a su inscripción de oficio en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, lo que será notificado a la empresa con el número de inscripción asignado.

MODIFICACIONES Y BAJAS DE EMPRESAS YA CLASIFICADAS

1.- Los titulares de las empresas de turismo activo deberán comunicar mediante declaración responsable, al Instituto de Turismo de la Región de Murcia, en el plazo de diez días desde que se produzca, cualquier cambio en la titularidad, denominación, modificación de las actividades o cualquier alteración sustancial que afecte a las condiciones en que se otorgó la clasificación turística.

Asimismo, deberán comunicar cualquier modificación que afecte a los datos que figuran en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

2.- La clasificación como empresa de turismo activo reconocida estará vigente mientras se mantengan las condiciones que fueron objeto de declaración responsable por parte del interesado.

SEGURO DE EMPRESA EXISTENTES

Las empresas de turismo activo que a la entrada en vigor del presente decreto se encuentren inscritas en el Registo de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, deberán contar con los seguros y con las condiciones a que se refiere el artículo 9 del decreto, según los casos, en el plazo de tres meses, debiendo comunicarlo al Instituto de Turismo de la Región de Murcia.

Transcurrido el plazo señalado y no habiendo realizado lo anteriormente expuesto se estará incurriendo en la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 49.1 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia.

Requisitos posteriores

DISTINTIVOS-PLACAS

Las empresas de turismo activo, en el caso de disponer de local abierto al público, deberán exhibir en el exterior del mismo el distintivo según modelo normalizado, que en todo caso contendrá el número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Esta obligación será exigible desde la notificación al interesado del número de registro asignado.

PUBLICIDAD DE PRECIOS

Los precios de los servicios prestados por las empresas objeto del presente decreto son libres.

Las empresas podrán fijar y modificar sus precios libremente debiendo informar de los mismos al usuario.

Los precios de los servicios o actividades ofertadas deberán exhibirse en lugar perfectamente visible, tanto en el interior de los locales, en caso de disponer de local abierto al público, como en su caso, en las páginas web o similares a través de las cuales las empresas operen.

HOJAS DE RELAMACIONES

Todas las empresas de turismo activo deberán tener a disposición y facilitar a los clientes las correspondientes hojas de reclamaciones.

Su existencia se anunciará mediante cartel expuesto al público de forma visible que permita su fácil lectura y expresada en español, inglés y en otros dos idiomas a elegir, de acuerdo con el artículo 40.6 de la Ley de Turismo de la Región de Murcia.

Declaración Responsable de Clasificación Turística

  • Memoria
    (Obligatorio / Original)
    De cada una de las actividades que van a realizar, tomando como base las escritas en el Anexo del Decreto nº 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia.
  • Memoria descriptiva
    (No obligatorio / No original)
    De cada una de las actividades que van a realizar, tomando como base las escritas en el Anexo del Decreto nº 11/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las empresas de turismo activo de la Región de Murcia.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL ENT.PUB.EMP.INSTIT. TURISMO

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.