Subvenciones a las federaciones de asociaciones de alumnos, para gastos de gestión y mantenimiento y proyectos de actividades que favorezcan el asociacionismo,la mejora de la convivencia y la participación activa de los alumnos. (código 2026)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Colaborar económicamente en los gastos de gestión y mantenimiento, así como para desarrollar proyectos que contribuyan al fomento del asociacionismo de los alumnos y a su participación activa en la vida de los centros, y al desarrollo de actividades formativas e informativas.

1.- Ámbito.

El presupuesto contendrá los gastos previstos para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2012 y el 31 de agosto de 2013, ambos inclusive.

2.- Distribución.

A) Gestión y mantenimiento, conferencias y publicaciones, 50 %.

B) Desarrollo de proyectos de actividades, 50%.

3.- Instrucción del procedimiento y resolución.

Artículos 7 a 13 de la convocatoria.

4.- Justificación del gasto. (Artículo 14 de la convocatoria)

El plazo establecido para justificar será como máximo hasta el 30 de noviembre de 2013.

5.- Reintegro.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los casos y en la forma prevista en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Título II de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El incumplimiento total o parcial de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas en todo o en parte, más los intereses legales correspondientes, conforme a los siguientes criterios de proporcionalidad:

a) El incumplimiento del objeto para el que se concede la subvención supondrá el reintegro total de la ayuda concedida.

b) No presentar la documentación justificativa, supondrá el reintegro total de las cantidades percibidas.

c) Criterios para la graduación.

- Incumplimiento total de los fines para los que se otorgó la subvención: 100%.

- Inclumplimiento del plazo de ejecución de la actividad sin haberse autorizado la correspondiente prórroga: 20%.

- Demora en la presentación de la justificación: 10%.

- Justificación insuficiente o deficiente: 100%.

6.- Compatibilidad.

Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Destinatarios

Ciudadanía.

Federaciones de asociaciones de alumnos que desarrollan sus actuaciones en el ámbito de los centros docentes públicos y privados concertados, no universitarios y que imparten enseñanzas de régimen general y especial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS EDUCATIVOS E INFRAESTRUCTURAS (A14028757)

Requisitos de solicitud o iniciación

1) Que desarrollen sus actuaciones en el ámbito de los centros docentes públicos y privados concertados, no universitarios y que imparten enseñanzas de régimen general y especial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2) cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.

b) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

e) No estar incursas en el resto de circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La acreditación de los requisitos establecidos en las letras a), b) c) y d) se realizará mediante los certificados expedidos por los órganos competentes, que serán recabados de oficio por el órgano instructor con anterioridad a la propuesta de resolución.

La acreditación del requisito mencionado en la letra e) se realizará adjuntando la declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa (según modelo recogido en anexo IV) o notario público.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

Plazo de resolución: 1 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.