Reconocimiento de los servicios de información y documentación juvenil de la Región de Murcia (código 868)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Regular las condiciones para el reconocimiento de los Servicios de Información y Documentación Juvenil de la Región de Murcia.

En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
“1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios”.

Destinatarios

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Personas físicas.
Personas jurídicas privadas.
Ente o Corporación Pública.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14028777)

No existen requisitos específicos

Reconocimiento de los servicios de información y documentación juvenil de la Región de Murcia

  • Acuerdo
    (Obligatorio / Original)
    Certificación del acuerdo del órgano competente, por el que se crea el Serviciode Información y Documentación Juvenil, para entes o corporaciones públicas quecontenga, como mínimo los siguientes datos:- Justificación razonada de la conveniencia de la existencia de un Servicio de Información y Documentación Juvenilen el ámbito territorial o área donde se va a desarrollar su actuación.- Descripción de la instalación así como del equipamiento y medios técnicos con los que cuenta.- Informe del volumen anual de consultas previsibles o real y si procede de los servicios y prestaciones que se ofrece a los jóvenes en el local.- Relación nominal, titulación, tipo y duración del contrato o relación laboral del personal del servicio.
  • Estatutos
    (Obligatorio / Original)
    Fotocopia compulsada de los estatutos, en el caso de persona jurídica privada oentes o corporaciones públicas, si procede.
  • Designación
    (Obligatorio / Original)
    que acredite la representatividad del solicitante o, si procede, certificación del órgano competente para la creación del Servicio de Información Juvenil. En el caso de persona jurídica privada.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    que acredite su inscripción en el Registro correspondiente, en el caso de persona jurídica privada.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    que acredite su inscripción en el Registro correspondiente, en el caso de persona jurídica privada.
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    que acredite la representatividad del solicitante o, si procede, certificación del órgano competente para la creación del Servicio de Información Juvenil. En el caso de persona jurídica privada.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.