Premios de la Región de Murcia a la seguridad en empresas industriales (código 5261)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Reconocer públicamente el mérito de aquellas empresas, instituciones, organizaciones y colectivos de la Región que contribuyen a estimular la seguridad industrial en la Región de Murcia y que hayan realizado un importante esfuerzo para mejorar su competitividad a través de algunos de los factores que afectan a la seguridad de sus instalaciones y organización.

Se considerará como empresa perteneciente al sector industrial toda entidad, independientemente de su forma jurídica, incluida en el ámbito de aplicación del artículo 3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

A juicio del jurado, podrán considerarse como empresas pertenecientes al sector industrial aquellas que, aún no estando encuadradas en las actividades relacionadas en dicho artículo, justifiquen documentalmente mediante anexo a la memoria técnica la condición del solicitante de pertenencia a dicho sector.

Seguimiento de la tramitación:

Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del procedimiento, mediante certificado digital, debiendo para ello acceder al enlace denominado "Cómo va lo mío" en la Sede Electrónica de la CARM.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

a) Las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otros tipos de unidades económicas o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, pertenecientes al sector industrial o afines, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Las instituciones sin fines de lucro, pertenecientes al sector industrial o afines, que no estén incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Empresas pertenecientes al sector industrial, agrupaciones o asociaciones de las mismas.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCION GENERAL ENERGIA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14013868)

Requisitos de solicitud o iniciación

Las empresas que presenten candidatura deberán estar inscritas en el Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia, en caso de que así proceda reglamentariamente. En tal caso, y al efecto, se considerará como requisito para adquirir la condición de candidato la disposición de número de Registro Industrial actualizado, según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 47/2003, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia, y el Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial, o bien la existencia de expediente de inscripción y/o actualización en trámite a la fecha de la solicitud correspondiente.

En el caso de las empresas o entidades, estas deberán tener la sede social o al menos un establecimiento productivo o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Cuando se trate de agrupaciones de empresas, públicas o privadas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud. Cada una de ellas tendrá igualmente la consideración de candidatos. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como candidato, corresponden a la agrupación.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.